
El abogado de Yanina Lescano, Patricio Cozzi, explicó la implicancia de la resolución de la Sala Penal del STJ que denegó la concesión del recurso extraordinario interpuesto por el Ministerio Público Fiscal, para presentarse ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la resolución que dispuso la absolución de culpa y cargo de Yanina Soledad Lescano.
En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza), Cozzi sostuvo que “el Ministerio Público Fiscal manifiesta una disconformidad con la decisión de la Sala porque mantiene su pretensión original, pero eso no habilita la salida extraordinaria que es excepcional y que es la vía a la Corte Suprema”. “Además la Sala le remarca una cuestión formal pero que es la procedencia para habilitar la vía que es que nunca se mantuvo la reserva federal. La Fiscalía llegada la instancia de la Sala no mantiene la reserva del caso federal, que es lo que inhabilita formalmente a ir a la Corte”, explicitó.
Agregó que “aun así la Sala Penal analiza el recurso y advierte que hay una disconformidad porque no puede agraviarse justificando una causa federal. Otro motivo que podría ser una vía para llegar a la Corte Suprema es la doctrina de la arbitrariedad, que se da cuando la decisión es infundada o el fundamento escapa a la lógica racional de la solución que propone la norma. Y en este caso, tampoco puede agraviarse en ese sentido el Ministerio Público Fiscal ya que la Sala no solamente que explica los hechos y el derecho sino que también utiliza los propios argumentos del Tribunal de Juicio”.
Al respecto, explicó que “para que actúe la Sala Penal del Superior también tiene que haber una causa federal, también es extraordinario. Nosotros en su momento lo habilitamos con muchos argumentos y además justificamos la doctrina de la arbitrariedad y ahí la Sala lo tomo y lo analiza en clave constitucional, metiéndose de lleno en el juicio, porque así se lo pedimos porque la Casación no había dado respuesta. O sea que ya hay un control constitucional hecho por la Sala”.
“Ahora la Fiscalía mantiene su misma postura del inicio, lo que manifiesta es una disconformidad y no justifica ni dice que acá hay un agravio concreto constitucional que me habilite la vía. Por eso se lo rechazaron quedando firme la sentencia de marzo de este año de la Sala”, señaló.
En cuanto a futuros recursos que pueda presentar el Ministerio Público Fiscal, Cozzi indicó que “queda una herramienta más que es llegar en queja, que es un recurso directo ante la Corte donde hay que presentarse con todo el proceso, con todo lo que pasó y justificar por qué la Sala te denegó mal el recurso. Para poder fundamentar eso, la Sala tiene que haber expresado una resolución infundada. Por eso, más allá de que el Ministerio Público Fiscal lo puede hacer, se dificulta que el día de mañana la Corte Suprema habilite esta vía de queja ya que en la propia presentación del recurso se refleja que su fundamentación no habilita la vía”.
Acotó que “es muy pocos casos la Fiscalía va en queja ante la Corte, pero si la Corte llegaría a tomarlo –lo que es muy difícil que suceda- se podría revisar esta resolución de absolución. Es muy difícil que eso pase porque no está fundado, porque generalmente el Ministerio Público Fiscal no va en queja, y de ir, lo tiene que habilitar la Corte Suprema que es donde veo la mayor dificultad. De todos modos, esto adquiere firmeza, hace cosa juzgada y hoy podemos decir que Yanina es inocente, eso se ratifica con la resolución de la Sala”.