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Abogados bajo la lupa: los condenados y los sancionados por el Colegio, por diferentes irregularidades

Entre septiembre y octubre de este año, dos abogados entrerrianos volvieron a ser noticia por causas penales: Guillermo Smaldone, quien fue excluido de la matrícula tras ser condenado en la causa de las coimas, y Aixa Schnitman, detenida nuevamente en el marco de una investigación por narcomenudeo. Estos episodios se suman a una larga lista de profesionales del Derecho de Entre Ríos que enfrentaron procesos judiciales y sanciones disciplinarias por delitos que van desde la corrupción y la estafa hasta la violencia de género y la promoción de la prostitución.

A partir de estos casos recientes surgió una pregunta inevitable: ¿cómo actúa el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos (CAER) ante los comportamientos delictivos o antiéticos de sus matriculados?

Para conocer cómo funciona el régimen disciplinario y cuáles son los criterios que determinan la exclusión o suspensión de la matrícula, Cuestión de Fondo (Canal 9) dialogó con el presidente del Colegio de la Abogacía, Santiago Esquivel, quien explicó los mecanismos internos y los alcances de las sanciones previstas en la Ley 10.855 (Colegio de la Abogacía) que regula el ejercicio profesional en la provincia.

"Dentro de la Ley 10.855 tenemos aquellas exclusiones legales como en el caso de los condenados y después tenemos las exclusiones que derivan de sanciones disciplinarias por incumplimientos a las normas éticas. Son dos cosas distintas. La exclusión legal figura en el artículo 40 y tiene que ver con aquellos que son condenados judicialmente. Es una exclusión que deviene de la Ley", explicó.

Y agregó: "Las sanciones disciplinarias van por otro carril: hay primero una parte sumaria que las realiza las seccionales del CAER y eso luego se eleva al Consejo Directiva que luego decide si se eleva al Tribunal de Disciplina, un órgano horizontal sobre el cual el consejo no tienen incidencia, decide si hay algún incumplimiento. Las sanciones pueden ser el apercibimiento, multa, suspensión o exclusión".

Algunos de los casos más resonantes en los últimos años:

Guillermo Smladone

En agosto último, la Justicia homologó el acuerdo de juicio abreviado al que habían llegado el Ministerio Público Fiscal y el exministro de Trabajo del urribarrismo Guillermo Smaldone en el marco de la causa de las Coimas. Smaldone fue hallado culpable de los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública en calidad de autor, fraude a la Administración Pública en calidad de autor y cohecho pasivo, y se lo condenó a dos años y ocho meses de prisión de ejecución condicional, inhabilitación especial perpetua, y el pago de una multa por la suma de $90 mil.

El 3 de septiembre y a través de la resolución Nº 35.782 el consejo directivo del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos resolvió “excluir de la matrícula” a Smaldone “hasta el cumplimiento efectivo de las penas aplicadas”, La medida comenzó a regir a partir del 3 de septiembre último.

Humberto Baridon

En 2023, el CAER resolvió excluir de la matrícula a Humberto Federico Baridón, abogado que en noviembre de 2021 fue condenado a 15 años de cárcel por violar a su expareja.

En rigor, un jurado popular lo encontró culpable de los delitos de amenazas calificadas por el uso de arma de fuego; abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de arma de fuego; y abuso sexual con acceso carnal y amenazas coactivas. El ahora exletrado, de 47 años, había sido denunciado por su expareja a principios de enero de 2020. 

Gustavo Rivas

El 13 de febrero e 2023, el CAER le retiró la matrícula a Gustavo Rivas, el abogado de Gualeguaychú condenado a 23 años de prisión por promoción de la prostitución y corrupción de menores. Rivas fue juzgado por 13 hechos y condenado a una pena de 23 años de prisión al encontrarse culpable en ocho de los casos denunciados por promoción de la prostitución y corrupción de menores de edad. La revista Análisis dio a conocer el caso en julio de 2017.

Pedro De La Madrid

Pedro De la Madrid fue condenado en el marco de un juicio abreviado el 5 de julio de 2016, por el vocal del Tribunal de Juicio de Concordia, Alberto Funes Palacios. Se le impuso la pena de 2 años de prisión condicional y 4 años de inhabilitación para ejercer la profesión de abogado por el delito de uso de instrumento público falso y estafa en grado de tentativa en concurso ideal y destrucción de medios de prueba en concurso real. El 6 de agosto de 2020, Casación confirmó la sentencia. En 2021 quedó firme.

El año pasado, el 17 de diciembre de 2024, volvió a ser noticia al ser detenido en los Tribunales de calle Mitre 133, en Concordia, por personal de la División Criminalística e Investigaciones. La orden de aprehensión fue solicitada por la fiscal Daniela Montangie y fundamentada en el presunto delito de quebrantamiento de pena y ejercicio ilegal de la profesión.

La defensa de De La Madrid, encabezada por el abogado Jorge Esteban Romero, presentó en 2023 un pedido de extinción de la pena, argumentando que el plazo debía computarse desde la fecha original de la sentencia en 2016. Esta interpretación fue rechazada por el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Concordia, que determinó que el plazo comenzaba a contarse desde la firmeza de la sentencia en el 2021, con vencimiento en septiembre de 2025.

En 2021, mediante resolución 28.800, el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos resolvió excluirlo de la matrícula tras recibir oficio desde el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concordia, comunicando el rechazo de las apelaciones que había presentado el abogado, de manera tal que la sentencia en su contra quedó firme.

Los hermanos Franquelli

El Colegio de la Abogacía de Entre Ríos efectivizó la sanción de exclusión del ejercicio profesional a dos abogados de San José, en el departamento Colón, los hermanos Juan Manuel y José Luis Franquelli, involucrados en una causa por estafa procesal al truchar juicios laborales. La medida está contenida en la resolución Nº 30.328, del 4 de enero de 2023, aunque se relaciona con hechos que se ventilaron en Tribunales en 2018. La Sala del Trabajo rechazó un recurso de nulidad en 2020 contra la sanción del CAER.

Los letrados fueron condenados en un juicio abreviado en 2018 por promover 17 juicios laborales truchos contra Aseguradoras de Riesgo del Trabajo (ART) en base a documentación que, después, se probó que era apócrifa y fingiendo accidentes laborales que nunca ocurrieron. Las aseguradoras involucradas en esas maniobras fueron Liberty y Mapfre. En los juicios laborales que promovían los hermanos Franquelli, el abogado defensor de los supuestos damnificados en juicios laborales siempre era el mismo: Carlos Almeyra.

La primera sanción, en 2019, fue aplicada por el Tribunal de Disciplina de Disciplina del Colegio de la Abogacía a partir de la apertura de la investigación penal preparatoria por parte de la Unidad Fiscal de Colón que devino en la apertura de la causa «Baez Adrián Edgardo y ots. s/Estafa procesal» y su acumulado «Almeyra Carlos Osvaldo y ots. s/Prevaricato», que concluyó con el dictado de una condena en juicio abreviado, que dictó la jueza de Garantías subrogante Melia María Rios, a los hermanos Franquelli.

A Juan Manuel Franquelli lo hallaron culpable “coautor materialmente responsable de los delitos de estafa procesal y prevaricato en grado de tentativa y lo condenaron a dos años de prisión de ejecución condicional y un año de inhabilitación especial para ejercer la abogacía en el territorio nacional.

En tanto, José Luis Franquelli fue hallado culpable del delito de estafa procesal en grado de tentativa reiterada y prevaricato en grado de tentativa, y recibió la condena a seis meses de prisión condicional y ocho meses de inhabilitación especial para ejercer la abogacía en el territorio nacional.

El caso llegó con un recurso de nulidad y apelación a la Sala Laboral del Superior Tribunal de Justicia, que rechazó los reproches de los dos abogados, que en su defensa dijeron que la resolución del Colegio de la Abogacía “es nula por incurrir en violación de los principios de legalidad y reserva, reiterando su alegación sobre inconstitucionalidad las normas disciplinarias, regulatorias y Código de Ética; la garantía de juez imparcial descalificando el funcionamiento del Colegio al que considera como un club de amigos, en el que sólo algunas voces son escuchadas, y señalando que el Tribunal de Disciplina es ‘juez y parte’, por lo que no se garantiza el Juez imparcial, lo que conlleva la violación de la garantía del debido proceso”.

El 4 de marzo de 2021, la misma Sala Laboral del STJ rechazó el recurso extraordinario federal para llegar ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Entonces, los abogados sancionados fueron en queja a la Corte, que el 6 de septiembre de 2022 lo declaró “inadmisible”. Desde entonces, sus matrículas no están vigentes.

Julio Larrocca

Julio Larrocca, exdirigente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), que fue condenado en 2018 en el marco de la causa de los terrenos fiscales de Puerto Yerúa, departamento Concordia. Se trata del caso en el que se juzgó a funcionarios, familiares y allegados que se repartieron tierras fiscales a través de maniobras fraudulentas. La causa tuvo como principal acusado al exintendente Hugo Cevey, quien en marzo de 2018 aceptó su culpabilidad –en el marco de un juicio abreviado- por los delitos de peculado y fraude a la Administración Pública.  Entre quienes no aceptaron la instancia del juicio abreviado estuvieron Julio Larrocca, asesor legal del municipio de Puerto Yeruá, presidente de la Liga Concordiense de Fútbol y exvicepresidente Primero del Consejo Federal de la Asociación del Fútbol Argentino.

El 4 de mayo de 2018, el Tribunal conformado por los jueces Ivés Bastián, Carolina López Bernis y Silvina Gallo, declaró a Larroca autor responsable de los delitos de peculado y fraude a la administración pública. Lo condenó a la pena de 5 años de prisión; inhabilitación perpetua para ejercer cargos en la función pública; 5 años de suspensión de la matrícula y el pago de una multa de 90 mil pesos.

La Sala Penal del STJ dispuso el 24 de mayo de 2024 que el Tribunal de Juicio de Concordia dicte nuevo pronunciamiento ajustado a derecho en relación a la pena impuesta a Julio César Larrocca. Explicaron que la pena luce desproporcionada en comparación con la que recibieron otros imputados en la misma causa y que de ese modo se afectó el principio constitucional de igualdad. En octubre, el STJ habilitó la vía a la Corte Suprema.

Aixa Schnitman

La joven abogada, quien supo trabajar en la Municipalidad de Santa Elena como asesora del área de Mujeres, Género y Diversidad, fue detenida en un megaoperativo que se realizó el sábado 15 de junio de 2024. Schnitman estuvo detenida hasta el 17 de julio de ese año en la Jefatura de Policía del Departamento La Paz junto con su madre, Lourdes Ramírez, conocida como "La Paraguaya”. 

El fiscal Facundo Barbosa, en una audiencia realizada el año pasado, dijo: "Lo cierto es que los hallazgos en los domicilios de Aixa Maillén Schnitman y la señora Lourdes Ramírez, sumado al contenido de las intervenciones telefónicas, otorgan a ellas precisamente un rol preponderante en la organización de la actividad delictiva. Es decir, en ninguno de los otros domicilios se encontró más de un kilo de cocaína de alta pureza y 6.100.000 pesos; o en el caso de el domicilio de Ramírez, 280 gramos de cocaína, o 280.000 pesos”. El 20 de septiembre del año pasado, el juez Mauricio Mayer revocó el arresto domiciliario

El sábado 18 de octubre de este año, la letrada fue nuevamente detenida en un operativo por narcomenudeo. Pero en esta causa, según se pudo averiguar, no prosperará en su contra dado que no hay pruebas en su contra. Quienes sí están comprometidos son su madre y su hermano Sergio Nicolás.

Julio Gamarci, investigado

El 16 de octubre del año pasado, la División Investigaciones de la Policía de Entre Ríos allanó el Estudio Gamarci -jurídico, contable y notarial-, ubicado en calle 9 de Julio 326 de la ciudad de Paraná, en el marco de la causa conocida como “mesa de dinero”. En dicha causa está siendo investigado el abogado Julio Gamarci como coautor o bien como partícipe de la maniobra defraudatoria. El principal investigado es Matías Santa María.

Carlos Reggiardo

El abogado de la Municipalidad de Santa Elena, Guillermo Reggiardo, fue suspendido esta semana por el término de 60 días por el Tribunal de Ética del CAER por conflicto con jueces en Gualeguay. Además, en la faz penal, en septiembre se supo que la Unidad Fiscal de Gualeguay solicitó la elevación a juicio de dos causas acumuladas. Él dice que es víctima de una persecusión política-judicial. Las investigaciones penales preparatorias le imputan los delitos de desobediencia judicial en un caso, y coacciones agravadas contra una funcionaria pública, perturbación de audiencia y desobediencia judicial en el otro, ambos en un contexto de violencia de género.

A ese proceso, se le suma un proceso disciplinario ante el Tribunal de Ética del Colegio de la Abogacía. El proceso se inició por una denuncia formalizada el 7 de agosto de 2024 y la segunda en febrero de 2025 por parte de la abogada santaelenense Valeria Burckhard, quien afirmó que el letrado intervino en un proceso de familia y penal sin darle aviso y haber utilizado “supuestos dichos que la letrada denunciante habría tenido en el marco de confianza con su cliente, como audios”. El Caer de La Paz consideró que el letrado efectuó “una serie de maniobras que sin dudas causaron agravio a la colega denunciada siendo el problema ventilado en medios de comunicación, lo que sin dudas afectó la imagen pública de la letrada denunciada”. La seccional La Paz de Caer remitió el 30 de mayo el expediente al Tribunal de Ética provincial, que deberá resolver. Se le endilga que su conducta encuadra en el artículo 39 inciso E y C y el artículo 46, incisos a, b y c del Reglamento de Normas de Ética Profesional.

Mario Izaguirre Ibañez

El Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná otorgó la libertad condicional al abogado Roberto Mario Izaguirre Ibáñez y al contador Salvador Luis Morelli, ambos condenados en 2023 por el delito de asociación ilícita fiscal en perjuicio de la ex AFIP (actual ARCA).

Izaguirre Ibáñez fue condenado como autor material de la asociación ilícita fiscal a cinco años y tres meses de prisión y multa de $90.000, aunque la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal redujo luego la pena a tres años y seis meses. 

Los condenados llegaron al TOF en 2023 investigados por delitos de cuello blanco, simulaciones de pago a la entidad recaudatoria ofrecidas a distintas empresas y una defraudación que superó los 10 millones de pesos durante 2011, cuyo cálculo a la actualidad equivaldría al millón de dólares.

Juan José Canosa, investigado

El extitular de Sidecreer, la tarjeta del Estado provincial, Juan José Canosa (condenado en 2018 por negociaciones incompatibles) y su esposa, Paula Montefiori, continuarán procesados por enriquecimiento ilícito. Así lo definió el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, en un fallo firmado por los vocales Miguel Ángel Giorgio, Claudia Mizawak y Daniel Carubia. Cabe recordar que en abril de 2024, el Ministerio Público Fiscal (MPF) pidió la remisión a juicio de esta causa. 

En el marco del legajo, la pericia contable oficial se completó el 22 de noviembre de 2022. “La conclusión es que hubo enriquecimiento. Tanto del perito de parte como de la perito del STJ. Ellos plantean dos escenarios de acuerdo a la documentación de la causa”, alegó el fiscal Gonzalo Badano en una audiencia y puntualizó: “En un escenario se determinó un enriquecimiento de más de 200 mil dólares y en otro escenario uno de más de 500 mil dólares. Es decir, hay enriquecimiento apreciable en los dos escenarios”.

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