Etienot disertó sobre “el niño como sujeto de derechos, diferenciado de sus progenitores”

Etienot disertó ante estudiantes

Etienot disertó ante estudiantes.

La presidenta del Concejo Deliberante de Paraná, Josefina Etienot, disertó este martes en el recinto ante una delegación de estudiantes de la Universidad chilena “Bernardo O´Higgins” y de la Universidad Católica Argentina (Sede Paraná). En ese marco, abordó el tema de “la responsabilidad parental, la autonomía familiar y el interés superior del niño”.

Al respecto sostuvo que “una de las materias que más influencia ha recibido desde el Derecho Internacional de Derechos Humanos (el Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación) es el Derecho de Familia y la especial consideración que debe tenerse al momento de analizar e interpretar los derechos de los niños”.

Sobre el particular destacó que el nuevo Código “ha evidenciado este impacto directo dando respuesta expresa a un nuevo paradigma, que tanto en lo conceptual como en lo jurídico, erradica toda consideración del niño, niña o adolescente como un objeto de la relación entre sus padres, para ser reconocido en su condición de sujeto de derechos, diferenciado de sus progenitores”.

Etienot tomó como referencia en su charla un fenómeno internacional que se da en la actualidad, por el cual se advierte una marcada tendencia en los progenitores a decidir no vacunar a sus hijos menores, mencionando al respecto la opinión de la Organización Mundial de la Salud, organismo internacional que expresó que “la renuencia a la vacunación” es una de las mayores amenazas para la salud mundial en 2019.

Concretamente, analizó el contenido de una sentencia recaída en un caso judicializado en nuestro país, a través del planteo que efectuó un defensor de Menores, a raíz de la negativa expresada por los progenitores de un recién nacido, al que se le apliquen las vacunas obligatorias, “poniendo en evidencia -dijo- el conflicto de intereses y derechos diferenciados del niño y de sus representantes legales”.

En el caso aludido, el defensor de Menores interpuso demanda contra los padres del menor, peticionando se les requiera la judicial acreditación de la aplicación de las vacunas BCG y Hepatitis B, bajo apercibimiento de disponer su aplicación compulsiva en caso de omisión.

Remitidos los antecedentes al Juzgado Civil Nº 9 de turno en feria, la magistrada dictó sentencia haciendo lugar a lo solicitado por el Defensor de Menores, requiriendo a los progenitores del niño la acreditación del cumplimiento de la aplicación de dichas vacunas a su hijo, en el plazo perentorio de tres días, bajo apercibimiento de disponer su aplicación compulsiva en caso de omisión.

Los padres interpusieron un recurso, sosteniendo que el decisorio de la jueza vulneraba el debido proceso, pues no se habían realizado estudios adecuados de compatibilidad con la vacuna que se le intentaba aplicar a su hijo, como así también considerado el grave riesgo a su salud.

También argumentaron que la falta de vacunación de su hijo no derivaría en una pandemia o epidemia que ponga en riesgo la salud de la población, sosteniendo que en el caso “…debe primar su decisión individual en protección de las minorías por sobre los abusos del Estado”, añadiendo que el médico pediatra del chico asumía el compromiso de su seguimiento para garantizar su desarrollo sano, físico y mental, “…por lo que no era procedente la aplicación mecánica de la ley”.

Rechazada la revocatoria, la causa fue en apelación a la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, tribunal que rechazó la vías recursivas intentadas por los progenitores y confirmó el fallo de primera instancia.

Entre los argumentos jurídicos expresados por la Cámara en su decisorio, ésta afirmó que “el Estado no puede interferir en las decisiones médicas que los padres prefieran para sus hijos menores de edad, a menos que existan razones fundadas que así lo ameriten”.

Añadió que “la aplicación compulsiva del plan de vacunación obligatorio, tanto con la derogada ley Nº 22.909, como en la actual Nº 27.491, cumple adecuadamente esa exigencia constitucional, pues resguarda la salud del niño involucrado, entendida en su máxima expresión conforme los instrumentos internacionales ratificados por el país; protege la eficacia del propio sistema de salud, y con ello, los intereses de la comunidad en su conjunto y, ofrece una adecuada razonabilidad entre los beneficios que se obtienen para la salud individual y colectiva y la afectación que supone la medida para el ámbito de la autonomía de la decisión familiar”.

Analizar aspectos jurídicos relevantes en cuanto a la cuestión de fondo, Etienot citó el criterio establecido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el conocido caso de “Los Saladeristas de Podestá”, que ya en 1.887 reconoció la importancia del derecho a la salud como el deber que pesa sobre el Estado, de proteger la salud pública, contra la cual no hay derechos adquiridos”, considerando que “el sistema de vacunación resulta ser un interés nacional; el Plan Nacional de Vacunación es obligatorio; la salud pública prevalece por sobre el interés particular y que los padres son responsables de la vacunación de los hijos a su cargo”.

Como colofón de su conferencia, Etienot remarcó que “la vacunación de los hijos menores es uno de los deberes a cargo de los progenitores titulares de la responsabilidad parental; dicha obligación ostenta carácter de orden público y, en consecuencia, fuera del marco protegido de la autonomía familiar”, y agregó: “protegiendo efectivamente el derecho humano a la salud individual de los niños y de la comunidad en su conjunto”.

Visita de estudiantes de la Universidad Bernardo O´Higgins al HCD

Antes de la disertación de la viceintendenta Etienot, la delegación integrada por el Dr. Rodrigo Devinar, director de la Carrera de Derecho de la UCA Paraná, y seis estudiantes, cuatro chilenos y dos argentinos, que participan del intercambio entre la Universidad Católica Argentina y la Universidad Bernardo O´Higgins visitaron la Presidencia y el recinto de sesiones del Concejo Deliberante.

En este marco, la presidenta de la legislatura de la capital entrerriana hizo entrega al Dr. Devinar del Decreto Nº 265, mediante el cual se declaró de Interés la visita al Concejo Deliberante “por parte de participantes del intercambio entre la Universidad Católica Argentina (UCA) y la Universidad Bernardo O´Higgins (UBO) 2019”.

“Representa un honor para esta Presidencia recibir esta visita y ser parte del programa durante su estadía en nuestra ciudad”, se expresó a través del texto de la norma.

Carlos Cena, alumno de cuarto año de Derecho de la Universidad Bernardo O´Higgins, mostró su satisfacción de haber visitado el HCD de Paraná, y también se refirió a la charla de “la responsabilidad parental, la autonomía familiar y el interés superior del niño”, a cargo de Etienot.

Al respecto, sostuvo: “Me parece muy bien que el Estado argentino se preocupe de la vacunación de los niños, ya que afecta de manera importante en su vida futura”.

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