
Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, los tres jueces de la Corte Suprema que deben analizar estos planteos.
La Corte Suprema de la Nación tiene en sus manos una decisión clave que impactará en el futuro de miles de litigios laborales. Actualmente, más de 1.200 expedientes esperan resolución en el máximo tribunal. Los casos cuestionan la validez de las tasas de interés fijadas por la Cámara Nacional del Trabajo, una controversia que abrió un extenso debate jurídico y generó incertidumbre para trabajadores, empleadores y el sistema judicial.
Estos recursos fueron presentados entre agosto y diciembre de 2024, luego del fallo “Lacuadra” (que sentó un criterio de la Corte sobre la cuestión) y antes del fallo “Levinas”, de diciembre pasado, que modificó la instancia de revisión en estos juicios.
Desde este último fallo, las decisiones sobre intereses de las cámaras laborales del fuero nacional comenzaron a ser revisadas por el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires (TSJ). Esto genera una situación excepcional: mientras todos los expedientes iniciados antes del 27 de diciembre de 2024 dependen de la resolución de la Corte, los posteriores se dirigen primero al TSJ porteño.
La falta de uniformidad entre el criterio que pueda sostener la Corte Suprema y el que adopte el TSJ de CABA incrementa el riesgo de contradicciones y provoca inseguridad jurídica. Esta disparidad afecta especialmente a quienes aguardan definiciones en sus causas, mayoritariamente trabajadores que enfrentan demoras en el cobro de créditos laborales.
El impacto de lo que resuelva la Corte posee un alcance amplio y directo. Empresarios, sindicatos, compañías aseguradoras, el Estado y, fundamentalmente, los propios trabajadores aguardan una definición que brinde previsibilidad a cientos de miles de operaciones regidas por la legislación laboral.
Una particularidad de estos casos es que la Cámara Nacional del Trabajo, en varios casos, declaró la inconstitucionalidad de la prohibición legal de indexar deudas (prevista en las leyes 23.928 y 25.561), contradiciendo lo sostenido históricamente por la Corte en precedentes como “Chiara Díaz”, “Massolo” y “Puente Olivera”. Además, la Cámara falló en sentido contrario al criterio establecido en “Lacuadra”, generando aún mayor incertidumbre legal.
La Corte Suprema no puede transferir estos 1.200 recursos al TSJ porteño, ya que corresponden a un período previo al cambio introducido por el fallo “Levinas”. De este modo, se encuentra ante planteos de alta complejidad en los que se cuestiona la validez de normas federales y se confronta la decisión de un tribunal inferior.
La primera alternativa sería esperar una definición del TSJ de CABA y posponer el análisis de los expedientes en trámite. Esta opción implica demoras significativas para un conjunto de actores que en su mayoría se encuentran en situación vulnerable, como los trabajadores que reclaman créditos laborales. Por otra parte, al no tener certeza de cuándo el Tribunal de la Ciudad resolvería los planteos, debería esperar a que ingrese algún recurso de apelación para poder dar una respuesta final sobre la cuestión.
Otra posibilidad es que la Corte Suprema se pronuncie y establezca un criterio definitivo sobre el tema, considerando razonable alguno de los métodos de actualización aplicados. Pero si el TSJ resuelve en sentido diferente, la coexistencia de posturas opuestas derivaría en mayor confusión y en la generación de una avalancha de reclamos debido a pronunciamientos contradictorios.
Finalmente, queda la chance de desestimar los planteos y dejar al TSJ la responsabilidad inicial. Sin embargo, la existencia de agravios federales (como la declaración de inconstitucionalidad de leyes federales y el apartamiento de la doctrina de la Corte) obliga a una intervención directa. Pero esta decisión terminaría afectado las garantías constitucionales de quienes acuden a la justicia.
En este contexto complejo, lo que no hay dudas es que la decisión de la Corte Suprema quedará -tarde o temprano- como la última palabra para fijar los criterios de aplicación de intereses en los juicios laborales.
Lo que el tribunal determine marcará la pauta para miles de casos pendientes y ofrecerá una base clara para la administración de justicia en el fuero laboral. La expectativa se concentra ahora en los próximos fallos que darán cierre definitivo a esta discusión judicial y sentarán un precedente para todo el país.
Infobae