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Comienza el juicio contra Ruiz Orrico por la muerte de 4 jóvenes en un siniestro vial por excesos al volante

De un lado las cuatro víctimas fatales; del otro, Juan Enrique Ruiz Orrico, y el auto conducido a una excesiva velocidad y con una alcoholemia de 1,59 gramos por litro de sangre.

La madrugada del 20 de junio de 2024 quedó inscripta como una herida abierta en la historia reciente de Entre Ríos. Sobre la Ruta Provincial número 39, en inmediaciones del kilómetro 123, cuatro jóvenes trabajadores avícolas (tres de Basavilbaso y uno de Rosario del Tala) perdieron la vida cuando el automóvil en el que se dirigían a cumplir con su jornada laboral fue embestido frontalmente por un vehículo oficial conducido por Juan Enrique Ruiz Orrico, entonces titular del Instituto Portuario de la Provincia. El impacto no sólo truncó vidas; también desencadenó uno de los procesos judiciales más sensibles de los últimos años, atravesado por debates jurídicos complejos, excusaciones, recusaciones, recursos extraordinarios, sospechas de privilegios y un profundo reclamo social de justicia.

A casi dos años del siniestro, la causa judicial ha alcanzado una instancia decisiva. Tras el rechazo de los planteos de la defensa por parte del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos, quedó firme la fecha del juicio oral y público, que se desarrollará entre el 18 y el 27 de febrero en Concepción del Uruguay. El proceso estará a cargo del juez Darío Crespo, integrante del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Gualeguay, quien asumió la competencia luego de que todos los magistrados naturales de La Histórica se excusaran por mantener vínculos personales con la esposa del imputado, Evangelina Bruzzo, integrante de la Cámara de Casación Penal de Concordia.

El hecho que motiva el juicio es de una gravedad inusual incluso para los estándares de la accidentología vial. Las pericias oficiales determinaron que Ruiz Orrico conducía con un nivel de alcoholemia de 1,59 gramos por litro de sangre (el análisis se realizó varias horas después del siniestro vial), superando ampliamente los límites legales vigentes y configurando un supuesto agravado conforme al artículo 84 bis del Código Penal. Según la reconstrucción técnica incorporada al expediente, el imputado realizó una maniobra imprudente, invadió el carril contrario y colisionó de frente contra el Chevrolet Corsa en el que viajaban Brian Izaguirre, Lucas Izaguirre, Leandro Almada y Axel Rossi. La muerte de los cuatro ocupantes fue instantánea.

En la elevación a juicio se sostuvo que el 20 de junio de 2024, alrededor de las 4:40, Juan Enrique Ruiz Orrico, conducía un vehículo marca Volkswagen, modelo Passat, dominio colocado IYU 009, con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre (el test dio 1,59 gramos), dirigiéndose por Ruta Provincial N° 39, a la altura del kilómetro 123, entre las localidades de Caseros y Herrera, con sentido de circulación Este-Oeste, realizó una maniobra imprudente invadiendo el carril contrario, impactando de frente con el vehículo marca Chevrolet, modelo Corsa, dominio colocado DTD 845, el cual era conducido por Brian Izaguirre, teniendo como acompañantes a los ciudadanos Leonardo Almada, Lucas Izaguirre (hermano del conductor) y Axel Rossi, vehículo que se dirigía por la misma arteria en dirección Oeste-Este, “resultando como consecuencia directa del siniestro la muerte de los cuatro ocupantes del segundo vehículo”.

Para la Fiscalía, tal conducta antes descripta encuadra en el delito de “homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas”, atribuible a Juan Enrique Ruiz Orrico en calidad de autor (Artículos 45 y 84 bis segundo párrafo del Código Penal).

Más allá de la calificación legal -homicidio culposo agravado por el nivel de alcoholemia y por la cantidad de víctimas-, el caso interpela al sistema judicial en un plano más amplio. No sólo se juzga la conducta individual de un alto funcionario público que conducía alcoholizado un vehículo oficial, sino también la respuesta institucional frente a un hecho que involucra responsabilidades estatales, privilegios procesales percibidos y la igualdad ante la ley.

El derrotero judicial previo al juicio estuvo marcado por una intensa actividad recursiva de la defensa. Los abogados Leopoldo Lambruschini y Félix Pérez promovieron distintos planteos orientados a apartar al querellante particular, Mario Arcusin, estrategia que fue desestimada tanto por la Cámara de Casación Penal como, en última instancia, por el Superior Tribunal de Justicia. El máximo órgano judicial provincial consideró que los argumentos defensivos ya habían sido debidamente tratados y resueltos, cerrando así una vía que había demorado la elevación definitiva a juicio.

 

Cuando el dolor familiar es una voz pública

En paralelo al lento avance procesal, el dolor de las familias se transformó en una voz pública que aún en la actualidad interpela. En las semanas previas al inicio del debate oral, la defensa de Ruiz Orrico presentó una oferta de reparación económica por un monto total de 150 millones de pesos, dirigida a los familiares de las víctimas. La propuesta fue rechazada de plano. Nélida Lorena Dubini, madre de Brian y Lucas Izaguirre, expresó con crudeza una verdad que excede cualquier expediente judicial: “La vida de mis hijos no tiene precio”.

El rechazo no fue sólo económico, sino simbólico. Para los familiares, la oferta apareció como una maniobra procesal destinada a atenuar responsabilidades más que como un gesto genuino de reparación. En sus declaraciones públicas, Dubini cuestionó tanto al imputado como al funcionamiento de la Justicia, señalando lo que considera un trato diferencial desde el inicio de la causa. “Hace un año y siete meses que le vienen dando muchos privilegios”, afirmó, sintetizando un sentimiento compartido por buena parte de la comunidad.

Las historias personales de las víctimas ocupan un lugar central en el expediente y serán parte sustancial del juicio. No como un recurso emotivo, sino como un componente esencial para dimensionar el daño causado. Brian (padre de tres hijos) y Lucas (padre de un hijo) Izaguirre, hermanos, tenían 32 y 26 años, respectivamente. Leandro Almada tenía 33 y era padre de tres criaturas. Axel Rossi, con apenas 23 años, trabajaba para terminar de pagar su casa y su auto. Todos viajaban de madrugada para cumplir con sus obligaciones laborales en el Frigorífico Fadel de Pronunciamiento y en un contexto económico adverso, cuando sus pares celebraban un feriado.

La acusación fiscal, a cargo del doctor Eduardo Santo, se apoya en un voluminoso cuerpo probatorio que da cuenta de la solidez del caso. Más de 40 testigos, pericias accidentológicas, informes médicos, estudios toxicológicos, planimetrías, relevamientos de cámaras de seguridad y evidencia digital conforman el andamiaje sobre el que se desarrollará el debate. La querella particular ha adherido íntegramente a esta prueba, reforzando la hipótesis acusatoria.

Desde el punto de vista jurídico, uno de los debates más relevantes gira en torno a la calificación legal. Mientras la Fiscalía sostiene el encuadre de homicidio culposo agravado, la querella impulsó —sin éxito en esta etapa— la figura de homicidio simple con dolo eventual. La discusión no es meramente técnica: remite a la valoración social y penal de la conducta de conducir alcoholizado a alta velocidad, en un vehículo oficial, durante la madrugada, en una ruta provincial.

El juez de Garantías, al resolver la remisión a juicio, consideró que la acusación fiscal cumple con todos los requisitos formales y materiales exigidos por la normativa procesal, y que existen elementos suficientes para someter el caso al escrutinio del tribunal oral. En su resolución, subrayó la necesidad de que el juicio recupere su centralidad como espacio de producción de verdad judicial, evitando una instrucción excesivamente dilatada que vacíe de contenido el debate público.

Privilegios

Actualmente, Ruiz Orrico transita el proceso en libertad, sujeto a medidas de coerción que incluyen la prohibición de conducir vehículos, la obligación de presentarse periódicamente ante el Ministerio Público Fiscal y la restricción para salir del Departamento Uruguay sin autorización judicial. Estas medidas, vigentes hasta mayo de 2025, también han sido objeto de observación pública, en un contexto de fuerte sensibilidad social frente a los delitos viales.

El juicio que se avecina no sólo definirá la responsabilidad penal del imputado. También pondrá a prueba la capacidad del sistema judicial entrerriano para responder con transparencia, celeridad y equidad ante un caso que involucra a un exfuncionario de alto rango y a víctimas pertenecientes al mundo del trabajo. En una provincia atravesada por debates sobre seguridad vial, uso de bienes públicos y confianza en las instituciones, el proceso Ruiz Orrico se erige como un caso testigo.

Para las familias, el horizonte es claro: no esperan reparación posible, pero sí una sentencia que reconozca la gravedad del daño y siente un precedente. “Mis hijos van a tener la Justicia que se merecen”, sentenció Dubini. En esa frase se condensa el sentido último de un juicio que excede largamente a las partes: la reafirmación de que ninguna investidura, ningún cargo y ninguna estrategia procesal puede colocarse por encima del valor irreemplazable de la vida humana.

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