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Fumigaciones S.A.: un proyecto de ley para legalizar el envenenamiento

Asociación Argentina de Abogadas/dos Ambientalistas

En la Cámara de Diputados de la Nación se encuentra en tratamiento el Proyecto de Ley 5621-D-2025, que pretende establecer presupuestos mínimos de protección ambiental para la aplicación de agrotóxicos, este proyecto de ley es una muestra clara de cómo los intereses del agronegocio se imponen sobre la salud de la población, la integridad de los ecosistemas y los derechos de las comunidades afectadas. Bajo la apariencia de regular y ordenar el uso de estos venenos, esta iniciativa busca legalizar la exposición sistemática de las personas y los territorios a sustancias altamente tóxicas, ignorando de manera flagrante la evidencia científica, las alertas de salud pública acumuladas durante décadas y sin dudas incumple el mandato constitucional de preservar el ambiente sano y equilibrado.

La propuesta legislativa es criminal, no hay otra forma de calificarla, dado que el proyecto en cuestión autoriza la aplicación de venenos a 10 metros de áreas urbanas, centros poblados, grupos de viviendas permanentes, viviendas donde habiten trabajadores rurales y sus familias, establecimientos educativos, sanitarios, cuerpos de agua, sus márgenes, pozos para extracción de agua potable, en definitiva permite pulverizar agroquímicos a 10 metros de zonas sensibles, es decir de zonas de donde debería alejarse a distancia precautoria toda aplicación de estas sustancias por su alto potencial tóxico.El autor de este proyecto es el diputado Atilio Benedetti, un fiel representante del agronegocio: productor agropecuario, presidente de la Comisión de Agricultura de la Cámara de Diputados y con un largo historial de cargos en la Bolsa de Cereales y en centros de acopiadores de Entre Ríos. Benedetti impulsa una ley que beneficia directamente al sector que representa, incluyendo la agroindustria y las empresas exportadoras de granos. Su posición política y económica evidencia que el proyecto no surge de una preocupación por la salud ni por la protección del ambiente, sino como un instrumento para consolidar la impunidad del agronegocio frente a los daños que provoca.           

El proyecto de Benedetti se presenta como una ley de presupuestos mínimos, pero en realidad constituye un instrumento regresivo que normaliza el envenenamiento sistemático de personas y ecosistemas. Ignora cientos de leyes provinciales, ordenanzas locales y fallos judiciales que ya habían establecido límites concretos al uso de agrotóxicos, y pretende sustituir estos estándares de protección por normas mínimas que favorecen a la industria, exponiendo a toda la población a riesgos inaceptables. No se trata de una ley de protección ambiental, sino de una ley de impunidad corporativa.           

Es útil contrastar esta iniciativa con lo que habría sido una verdadera ley de presupuestos mínimos: el proyecto impulsado por Fernando “Pino” Solanas, diseñado con criterios ambientales, científicos y de justicia social. Ese proyecto reconocía que la protección de la salud y el ambiente no puede ser negociable y establecía reglas estrictas para la aplicación de agrotóxicos, garantizando zonas de resguardo amplias, prohibición de pulverizaciones aéreas, monitoreo ambiental obligatorio y mecanismos de participación ciudadana. La iniciativa de Solanas apuntaba a prevenir daños antes de que ocurran, cumpliendo con los principios de precaución y no regresión ambiental, y constituyendo un verdadero marco de protección mínimo acorde con el artículo 41 de la Constitución Nacional. Ese era un proyecto que defendía la vida, la biodiversidad y los territorios; el de Benedetti, en cambio, favorece la impunidad y blinda las ganancias corporativas a costa de la población y los ecosistemas.           

Argentina es hoy el país con mayor aplicación per cápita de agrotóxicos en el mundo, con más de 700 millones de litros aplicados por año, una cifra que sigue en ascenso. El modelo productivo del agronegocio, basado en soja transgénica, maíz y otros cultivos para exportación, genera concentración de tierras, desplazamiento de campesinos y campesinas, dependencia de insumos químicos y un efecto devastador sobre la salud de las comunidades rurales y urbanas. Las fumigaciones afectan la ruralidad, con escuelas pulverizadas, familias intoxicadas y territorios convertidos en zonas de riesgo sanitario, pero también la urbanidad, ya que estos venenos llegan a nuestras mesas a través de los alimentos que consumimos. Esta situación constituye una violación directa del derecho a la salud, a la alimentación segura y al ambiente sano, derechos consagrados en la Constitución Nacional y en tratados internacionales de derechos humanos.           

Los impactos sobre la salud están ampliamente documentados. Investigaciones del Dr. Andrés Carrasco, del Dr. Damián Marino y del equipo del INSSA de la Universidad Nacional de Rosario, entre otras, muestran que la exposición a estos venenos aumenta la incidencia de malformaciones congénitas, abortos espontáneos, alteraciones hormonales, cánceres sólidos y hematológicos, enfermedades neurodegenerativas como Parkinson y Alzheimer, y déficits en el neurodesarrollo de niños y niñas. Los grupos más vulnerables, especialmente infancias y adolescentes, sufren consecuencias irreversibles: déficits de atención, hiperactividad, trastornos de aprendizaje y autismo. Reducir drásticamente las distancias de seguridad como propone el proyecto 5621-D-2025 implica exponer directamente a estos grupos, en violación de los principios de prevención y precaución, que tienen jerarquía constitucional.            

Los impactos ecológicos son igualmente graves. Las cuencas hidrográficas presentan sedimentos contaminados, afectando la calidad del agua y la fauna acuática. Numerosos estudios evidencian la mortalidad de peces como el sábalo y otras especies en ríos del Paraná, Salado y otros afluentes, así como alteraciones en ecosistemas terrestres y pérdida de biodiversidad. Los agrotóxicos se dispersan por aire, agua y suelo, convirtiéndose en un problema sistémico que amenaza la sostenibilidad de los ecosistemas y la vida misma.           

La jurisprudencia argentina ha establecido precedentes claros en defensa de la salud y del ambiente. Casos emblemáticos como San Jorge, Sastre y Ortiz, y Piamonte (Pcia de Santa Fe), fijaron zonas buffer de hasta 1.000 metros para fumigaciones terrestres y acreditaron mediante evidencia científica la relación entre la exposición a estos venenos y los daños a la salud y al ambiente. Ignorar estos fallos, como hace el proyecto del diputado Benedetti, constituye un retroceso jurídico, sanitario, ambiental y un incumplimiento de los estándares de protección de normativa internacional que el Estado tiene la obligación de garantizar.            

El proyecto refleja un negacionismo ecológico y científico alarmante. Niega décadas de evidencia sobre los efectos negativos de los agrotóxicos, ignora recomendaciones internacionales y locales, y reduce de manera arbitraria los mecanismos de protección de la salud y el ambiente. La inclusión de drones en las prácticas de pulverización agrava aún más los riesgos, haciendo incontrolable la deriva de los venenos y ampliando la exposición de personas y ecosistemas a niveles intolerables. Frente a este escenario, la única verdadera buena práctica agrícola es el NO uso de venenos.           

La agroecología, la permacultura y otros sistemas de producción sustentable ofrecen alternativas reales y verificables, basadas en la reducción de insumos tóxicos, la diversificación de cultivos, la conservación del suelo y la soberanía alimentaria. Estas prácticas no solo protegen la salud humana y la biodiversidad, sino que fortalecen la resiliencia de los territorios y la justicia socioambiental. Experiencias locales y regionales en Argentina y América Latina demuestran que es posible producir alimentos seguros, sanos y de cercanía sin depender de venenos químicos, contribuyendo a la construcción de comunidades sostenibles y equitativas.           

Por todo esto, el Proyecto de Ley 5621-D-2025, lejos de ser una herramienta para proteger al ambiente del uso de estos venenos, constituye en realidad un instrumento de impunidad para el agronegocio, su único y verdadero objetivo es reducir a la mínima expresión la distancia de precaución llevándola a tan solo a 10 metros las fumigaciones terrestres y 45 metros las aéreas intentando legalizar la exposición de personas y ecosistemas a sustancias altamente tóxicas, ignora la evidencia científica, desoye la jurisprudencia y vulnera derechos constitucionales fundamentales.Debemos recordar que la ciencia determinó que recién a los 1095 metros se alcanza una distancia precautoria para reducir los efectos perjudiciales de los plaguicidas, sin embargo el proyecto en cuestión, sin el más mínimo fundamento científico, pretende llevarlo a la distancia irrisoria de 10 metros. También es ineludible considerar otro dato central: nuestros ríos y sus lagunas se encuentran masivamente contaminados con plaguicidas, así lo determinan numerosos trabajos científicos y, recientemente, fue expresamente reconocido por la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires, también el Instituto Nacional del Agua cuenta con informes que alertan sobre la presencia de plaguicidas en agua y en el ámbito regional, la Comisión Administradora del Río Uruguay en su informe sobre “Residuos de Contaminantes en Peces del Río Uruguay - 2021”, detectó plaguicidas en el tejido muscular de peces (boga, dorado, surubí y sábalo). Sin embargo el proyecto de ley con sus distancias absurdas de protección -10 metros-  ignora esa información científica que publica el propio Estado y así, en caso de aprobarse, habilitará a profundizar el enorme daño ambiental que estas sustancias causan en nuestros ríos y en la salud pública.           

Es imperativo que nuestros legisladores rechacen este proyecto. El camino correcto es establecer regulaciones que reduzcan progresivamente el uso de agrotóxicos, promoviendo la transición hacia sistemas agroecológicos que fortalezcan la soberanía alimentaria y garanticen la salud y el bienestar de las comunidades.           

Desde nuestra experiencia como abogados ambientalistas de pueblos fumigados, exigimos a nuestros legisladores el rechazo absoluto del proyecto 5621-D-2025 y la apertura de un debate genuino sobre el modelo agroalimentario que queremos para nuestro país. Se trata de garantizar una legislación que respete la salud pública, la integridad de los ecosistemas y los derechos de las comunidades, fundada en evidencia científica y principios constitucionales. En el marco de un contexto político caracterizado por graves retrocesos ecosociales (ver primer informe de regresiones ambientales 2024-2025), es inaceptable que se intente disfrazar con el eufemismo de las “buenas prácticas” lo que no es otra cosa que la legalización del drama de los pueblos fumigados de nuestro país. No podemos permitir que los intereses corporativos conviertan en política pública la impunidad de un modelo productivo ecocida.

Autores: Lucas Micheloud y Fabian Maggi

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