Airaldi continúa detenido en Ezeiza bajo el régimen de alto perfil. Aranguren encabezó el voto al que adhirieron Busaniche y Gómez, que rechazó la apelación.
La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto por la defensa de Leonardo Roberto Airaldi, y confirmó la validez de las medidas probatorias y los secuestros de los celulares realizados en el marco de una investigación por el presunto plan criminal que apuntaba contra funcionarios de alto nivel federal y provincial.
Tal como informó ANÁLISIS tras la audiencia realizada la semana pasada, la defensora de Airaldi, Mariana Barbitta, centró sus agravios en la supuesta falta de motivación de los dictámenes fiscales y las resoluciones judiciales que ordenaron allanamientos y secuestros en la Unidad Penal N° 9 de Gualeguaychú.
Cabe recordar que esas medidas fueron adoptadas tras la denuncia del condenado por narcotráfico Daniel “Tavi” Celis contra el productor agropecuario acerca de que planeó mandar a matar al juez Federal de Paraná, Leandro ríos, y al fiscal general José Ignacio Candioti, y del testimonio de otro condenado por tráfico de drogas, Nicolás Giarrizzo, quien amplió que también apuntaban contra el ministro de Seguridad de Entre Ríos, Néstor Roncaglia.
Barbitta alegó que se utilizaron canales "informales", como comunicaciones telefónicas, para solicitar el secuestro de un teléfono Samsung A04, y que la actividad investigativa se desarrolló "a espaldas de la defensa", impidiendo un control adecuado de la prueba. Asimismo, sostuvo que existían medidas menos gravosas y que la investigación resultaba desproporcionada e irrazonable.
Por su parte, el fiscal general subrogante, Leandro Ardoy, solicitó el rechazo de estos planteos, calificándolos como meras discrepancias con el criterio judicial. Ardoy defendió la validez de las actuaciones iniciales, señalando que la urgencia y la gravedad de los hechos justificaron el uso de medios electrónicos, conforme al Código Procesal Penal de la Nación. Además, enfatizó que la reserva de ciertas diligencias es necesaria por su propia naturaleza para no frustrar la finalidad de la investigación.
La resolución
Los camaristas Beatriz Aranguren, Mateo Busaniche y Cintia Gómez, sostuvieron, inicialmente, que en este caso no se advierte un “perjuicio concreto y real” como para anular la investigación. Consideraron que tanto los dictámenes del Ministerio Público Fiscal como las resoluciones del juez de grado (Hernán Viri) cumplieron con los requisitos de motivación. Específicamente, validaron el allanamiento basado en la denuncia de Daniel Celis, al no advertirse motivos para descalificarla en esta etapa.
Respecto al pedido telefónico de secuestro de un celular realizado entre secretarios del fiscal y del juez, el fallo señaló que, aun si se admitiera una eventual inobservancia formal, esto no conlleva la nulidad por sí solo si la solicitud está fundada y vinculada al objeto de la causa.
Asimismo, los jueces descartaron que se haya actuado a espaldas de los abogados, señalando que la defensa fue notificada debidamente de las medidas una vez que los letrados fueron formalmente designados y tenidos por tales en el expediente.
Por esto, la Cámara resolvió rechazar el recurso de apelación de la defensa y confirmar la resolución y, de esta manera, se continuará avanzando en las pericias a los celulares secuestrados donde se busca la información correspondiente para confirmar o descartar que Airaldi haya contratado a sicarios uruguayos para terminar con la vida de los funcionarios.






