La impunidad tiene rostro

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Un informe médico determinó que Trimarco no está en condiciones de ser sometido a un proceso judicial

Juan Cruz Varela

Una pericia plagada de irregularidades realizada por el Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación determinó que el represor Juan Carlos Ricardo Trimarco está imposibilitado de declarar como imputado en la causa por robo de bebés nacidos en el Hospital Militar de Paraná y esa situación podría extenderse a las otras investigaciones por los crímenes cometidos durante la dictadura en Entre Ríos. Sin embargo, el informe, al que accedió ANALISIS, fue impugnado por la querella porque el perito de parte no fue notificado aunque su nombre fue incluido falsamente en el documento remitido a la Justicia Federal.

Supo ser el hombre fuerte en la provincia. Era quien ponía o sacaba gobernadores, pero sobre todo era quien decidía sobre la vida o la muerte de las personas. Y hacía gala de ello. Juan Carlos Ricardo Trimarco habrá esbozado una sonrisa. A los 83 años, se burló de los médicos y ha vuelto a eludir a la justicia. El hombre que durante la larga noche de la dictadura atendía y se burlaba, revolver en mano, de los familiares de sus víctimas, hoy se esconde cobardemente en su departamento y dice no recordar –o tal vez prefiera no hacerlo– nombres ni fechas de todo el terror infundido en los años de plomo.

Un informe del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial de la Nación determinó que no podrá ser investigado en la causa por el robo de bebés, que se inició en mayo de 2005, a partir de la denuncia presentada en el Juzgado Federal de Paraná por Sebastián Álvarez, hijo de Raquel Negro, con el patrocinio de los abogados Marina Barbagelata, Marcelo Baridón y Gamal Taleb. Negro estaba secuestrada en el centro clandestino de detención Quinta de Funes, en Rosario, y en los primeros meses de 1978 fue trasladada al Hospital Militar de Paraná, donde dio a luz a mellizos. A Trimarco se le imputan dos delitos: sustitución de identidad prevista en el artículo 139 inciso 2 del Código Penal, que establece una pena de 1 a 4 años de prisión; y sustracción de menores de edad del artículo 146, que establece una pena de 3 a 10 años.

El informe médico dice: “Al momento del examen, Juan Carlos Ricardo Trimarco se encuentra clínicamente compensado en su estado de salud física aparente”; del examen neurológico se desprende que presenta una patología “compatible con encefalopatía vascular y deterioro cerebral cognitivo de patrón mixto (córtico subcortical), en correlación con los cambios vasculares cerebrales observados en RMN”, que en términos coloquiales, significa que está disminuido en sus capacidades físicas y psíquicas tanto por su avanzada edad como por un problema circulatorio que hace que no tenga buena irrigación al cerebro; por lo que se concluye que “los hallazgos imposibilitan al demandado para declarar”.

Sin embargo, la abogada Marina Barbagelata ya presentó un escrito solicitando que se declare la nulidad del estudio médico porque el perito de parte no fue notificado, como sí lo fue el experto designado por la defensa de Trimarco. Más aun, la letrada advirtió que en el informe presentado al juez se consignó falsamente la presencia del perito en el examen efectuado el 23 de abril.

Trimarco había sido citado a prestar declaración indagatoria para el 30 de noviembre del año pasado en la causa en la que se investiga el destino de una pareja de mellizos nacidos en el Hospital Militar en los primeros meses de 1978, pero en aquel momento sus abogados presentaron un certificado médico emitido por un profesional de la Clínica Fleni de Capital Federal en el que se consignaba que el ex interventor militar en la provincia padecía “una enfermedad neurológica grave” que le impedía hacerlo.

La jueza Myriam Galizzi ordenó que se le practique un examen médico “específicamente orientado a determinar si padece de afecciones cardíacas y/o neurológicas, y en lo específico si se encuentra bajo tratamiento con el diagnóstico de Alzheimer, indicando, en caso afirmativo, estado de la mencionada enfermedad y tratamiento prescripto a la fecha”; y a pedido de la querella, dispuso que Trimarco sea examinado por peritos del Cuerpo Médico Forense, aunque presentó como perito de parte al presidente de la Asociación de Psiquiatras de Entre Ríos, Luis María Pirro. Sin embargo, el perito de parte nunca fue convocado.

Las conclusiones del informe de los peritos del Cuerpo Médico Forense consignan que “los hallazgos imposibilitan al demandado (Trimarco) para declarar”. La médica forense Noemí Ruth Ghirardi expresó que “el interrogatorio es realizado en forma indirecta ya que el reconocido no recuerda nombres ni fechas. Fue intervenido a los 76 años, con cirugía de revascularización miocárdica, aneurisma de aorta con controles periódicos”. Respecto del examen físico, se indica que “el paciente se presenta deambulando por sus medios, con marcha con aumento de la base de sustentación (…) Realiza los movimientos que involucran las acciones de vestirse y desvestirse con dificultad; temblor fino con los movimientos”. También se consigna que está “hemodinámicamente compensado”, que tiene presión arterial y ritmo cardíaco normales y no presenta problemas respiratorios. El neurólogo Osvaldo Fustinoni consignó que Trimarco no estaba en condiciones de declarar ante un juez. Planteó que padece una enfermedad coronaria; “hipofonía; leve hipokinesia lingual; funciones craneales restantes preservadas; marcha espontánea con aumento de la base de sustentación, marcha sensibilizada inestable; reflejos osteotendinosos levemente exacerbados; temblor de actitud; leve rigidez extrapiramidal, predominante en miembro superior derecho (brazo); taxia y sensibilidad preservadas”. En tanto, la psicóloga María Isabel Díaz señala que Trimarco “se presentó al examen complementario mostrando disposición y colaboración para el mismo –en un principio–, por lo que se comienza la entrevista con los datos de filiación a los que responde en forma clara y correcta, para luego negarse a efectuar el psicodiagnóstico, y dejar por escrito dicha negativa”. Sin embargo, en el informe final se indica que “el interrogatorio es realizado en forma indirecta ya que el reconocido no recuerda nombres ni fechas”, lo cual parece una contradicción.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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