Marfil precisó que un matrimonio residente en Buenos Aires se presentó en el Juzgado Civil y Comercial de Federación, con patrocinio de un abogado del foro de esa ciudad y solicitó la guarda preadoptiva de una beba nacida en una Clínica de Concordia. La menor había sido entregada en forma directa por la madre, es decir, sin intervención de autoridad judicial o administrativa.
En ese contexto, el magistrado dio intervención al Copnaf y al Equipo Interdisciplinario Forense, para que realizaran los informes de rigor; e hizo lo propio con el defensor de Pobres y Menores, Juan José María Giorgio, quien se opuso a la solicitud.
El 20 de mayo, Marfil resolvió rechazar el pedido de la pareja, ordenó la inmediata restitución de la niña y citó a los interesados para definir su entrega provisoria. De la reunión participaron la madre, los abuelos maternos de la beba y el matrimonio de Buenos Aires. Tras escuchar a las partes, el juez dispuso que la beba permanezca en el domicilio donde reside su abuelo materno, determinando además que allí permanezca la madre de la niña.
Además, fijó un amplio régimen de visitas en favor de la abuela de la menor y de los demás familiares de la criatura, según publicó el Servicio de Información del Superior Tribunal de Justicia (STJ).