Causa coimas: audiencia de apelación a sobreseimeintos y escrache en Tribunales

Varias personas estuvieron en la audiencia y cuando concluyó, hicieron un escrache en la sala, los pasillos y las inmediaciones de tribunales.

N.B. de ANÁLISIS

Fiscales y defensores expusieron argumentos en torno de la apelación al sobreseimiento del exgobernador Sergio Urribarri y los exfuncionarios de su Gobierno, Carlos Haidar y Miguel Ulrich. La discusión se dio ante el vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Elvio Garzón. Está motivada en la decisión del juez de Garantías Mauricio Mayer, los primeros días de mayo, en el marco de la investigación por coimas que involucra, entre otros, al empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros.

El debate que comenzó después de las 9 de la mañana hasta pasadas las 13.30, pasó a un cuarto intermedio. Continuará el lunes cuando se rediscuta la denegatoria al ofrecimiento de probation, es decir, suspensión de juicio a prueba en el marco del mismo legajo para los imputados Alfonso Campitelli y Jorge Zanabone. Cabe recordar que hubo otra audiencia sobre este punto, en la que Fiscalía y defensa ofrecieron el acuerdo de suspensión de juicio a prueba que fue rechazado por Mayer, en base los sobreseimientos dictados previamente.


Mauricio Mayer, juez de Garantías número 4 de Paraná, (Foto: ANÁLISIS)

Por parte del Ministerio Público Fiscal (MPF), este viernes estuvieron Matilde Federik y Gonzalo Badano. En tanto, una serie de abogados defensores se presentó en el Salón 1 de audiencias de Tribunales, donde también estuvieron numerosas personas que vienen protestando por la destitución de la fiscal Anticorrupción, Cecilia Goyeneche.

En efecto, los abogados que contestaron la apelación de los fiscales son Juan Méndez, Candelario Pérez, Miguel Cullen y Raúl Barrandeguy. Justamente quienes pidieron el sobreseimiento de Urribarri, Ulrich y Haidar. Sin embargo, este viernes también se presentaron a la audiencia, previo escrito, los abogados de Cardona Herreros y Guillermo Smaldone (exministro de Trabajo de la provincia): Ignacio Díaz y José Velázquez; y Cristian Panceri, respectivamente. Pretendieron alegar rechazando la apelación de sobreseimiento que presentó Fiscalía; argumentaron que la decisión de sobreseimiento es “extensiva” a sus pupilos. Pese a eso, el juez Garzón no se los permitió, dado que el sobreseimiento se hace expansivo si la sentencia de Mayer adquiere firmeza.

Al finalizar el debate y cuando el juez Garzón se retiró, los manifestantes que asistieron como público emprendieron un ruidoso escrache dentro de la sala, posteriormente en los pasillos y por último en la calle, donde siguieron a los abogados Raúl Barrandeguy, Candelario Pérez y Juan Méndez, quienes se retiraron en dirección al estudio ubicado a una cuadra de Tribunales. Llevaron carteles con consignas. Gritaron “Urribarri preso” una y otra vez, incluso a transeúntes y vehículos que pasaban por el lugar.

“Seguiremos buscando jueces probos”

Así lo prometió la fiscal Federik durante su alegato de apelación al sobreseimiento del exgobernador y dos exfuncionarios. Cuestionó de ese modo el enfoque del juez Mauricio Mayer que revaloró el polémico “fallo Cozzi” y lo utilizó como jurisprudencia para decretar la extinción de la acción penal y sobreseimiento de los tres investigados (Urribarri, Ulrich y Haidar). Justamente esa frase de la fiscal, valió la queja de varios defensores que pidieron reivindicación y la calificaron de “desafortunada”.

“Vamos a mantener la apelación que interpusimos por el sobreseimiento que se dictó respecto los tres imputados. Entendiendo el juez de Garantías, aplicando el ‘fallo Cozzi’, sancionó a los fiscales con la declaración de insubsistencia de acción penal y extinción de acción penal. Entendemos que esta sentencia, al aplicar el criterio ‘Cozzi’, realiza una interpretación equivocada e inadmisible. Esta materia debe ser resguardada al legislador nacional, es contraria a la Constitución Nacional, contraria a la propia jurisprudencia de la Corte que ha sido invariable en este tema”, consideró Federik y apuntó que la sentencia de sobreseimiento “tampoco respeta la interpretación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

“El límite de las cortes provinciales es no alterar el límite constitucional, si es que se entienden en una República”, dijo después la fiscal, dado que el polémico “fallo Cozzi” transformó en perentorios los plazos que establece el Código Procesal Penal de la provincia para investigar cuando siempre fueron ordenatorios, tal como lo establece la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en su jurisprudencia. Quiso decir de ese modo que la letra última a respetar, más allá de la potestad federal de las provincias, es la Constitución Nacional y que ninguna norma inferior puede estar por encima.  

“Nosotros tenemos sentencias memorables del Superior Tribunal de Justicia -apuntó la fiscal-. Pero esto está alterando el sistema de distribución de competencias nacionales, es materia delegada a Nación. No vamos a discutir las distintas opiniones. El tema es que la Corte ya lo dijo, podemos seguir discutiendo y escuchar la opinión de Eugenio Zaffaroni, que demostró un interés especial en Urribarri. Pero la corte dijo otra cosa”.

“Las provincias no pueden alterar la ley de fondo. Cada vez que la Corte advirtió que alguna provincia alteró la norma de fondo, fulminó la sentencia. Lo hizo en Córdoba, Chaco, Chubut, Neuquén y recientemente, tres meses antes del fallo Cozzi, la Corte había reiterado nuevamente que las provincias no pueden meterse a regular cuestiones que tienen que ver con la extinción de la acción penal”, subrayó Federik. “No significa que no puedan legislar acerca de cómo hacer efectiva la garantía del plazo razonable, sino que no pueden decir cuándo debe extinguir la ley penal”, acotó.

Más adelante, la fiscal preguntó: “¿No estamos preocupados por la celeridad y estamos haciendo lo contrario? Los plazos ordenatorios tienen por fin organizar el proceso y hay sanción al fiscal perezoso. Esa es la interpretación tradicional. En base a esto, la Corte confirmó decenas de fallos que supuestamente estaban vencidos. La cuestión de plazo razonable se trató en varios precedentes”, remarcó y citó, entre numerosa, jurisprudencia la causa que condenó por abusos a Javier Broggi, de Urdinarrain. “En Broggi, año 2019, nos rechazaron la impugnación extraordinaria en el STJ y tuvimos que ir en queja a la Corte. (Daniel) Carubia nos relativizó los argumentos, nos denegó la impugnación porque supuestamente no había cuestión federal, dijo que no estaba probado en qué fecha inició la IPP”, recordó.

“En 2019 hicimos una jornada para festejar los diez años de CPP y no se debatió la cuestión de los plazos razonables, no era una preocupación. ¿Cuándo se vuelve preocupación de la Sala Penal el plazo razonable? ¿Cuándo? Decimos que el ‘fallo Cozzi’ que repite y reproduce Mayer en su sentencia, se opone abiertamente a la doctrina de la Corte y lo que dice nuestra norma procesal. Este tema es grave”, resaltó.

Fiscales. (Foto: ANÁLISIS)

“Cruzamos a Mayer en un pasillo y le dijimos que remitimos la causa, él sabía”

Badano, por su parte, leyó al juez aquella “minuta” que le mandó a realizar Mayer antes de decidir el sobreseimiento. Cabe recordar que el juez le pidió al fiscal un punteo de todas las acciones producidas en el marco de la investigación y las fechas, con el objetivo de detectar inactividad en la causa. “La causa tuvo actividad, hubo declaraciones espontáneas de imputados y también se llamó a declaración de imputado hasta marzo de 2020”, dijo.

El fiscal aseguró que Mayer sabía que la causa se había remitido a juicio cuando tomó la decisión de sobreseer a los imputados. “El juez sabía que la causa estaba remitida a juicio, tiene más de 500 páginas. Nos comunicamos con la secretaria de OGA, nos pidió que la presentemos en CD, nos dijo que ya se había comunicado con Mayer y le había dicho, además lo cruzamos al juez en un pasillo y se lo dijimos”, expuso Badano. “Sin embargo, Mayer omitió el tratamiento de esta cuestión”.

Lo que ocurrió es que los abogados pidieron el sobreseimiento. Mayer se tomó una semana para dar a conocer su resolución y en el medio, Fiscalía remitió a juicio la causa. Pese a eso, el juez aseguró que no sabía nada del requerimiento y decidió sobreseer a los tres imputados, tal como lo habían pedido los defensores, en base a la jurisprudencia del “fallo Cozzi”.

Badano repasó actividad por actividad en la investigación. Le llevó alrededor de una hora mencionar todo lo realizado. Remarcó que el volumen documental que analizaron, superó varias veces la prueba colectada para el megajuicio que acumuló cinco causas. Alertó que algunos organismos públicos donde pidieron información no contestaban, ni siquiera reiterando los oficios. Que debieron recurrir a exhortos judiciales para tratar de conseguir información y aun así, los datos estuvieron incompletos en varias oportunidades.  

“El juez partió de dos premisas falsas para sobreseer: que a causa no estaba remitida a juicio y  que la causa no tenía movimiento”, apuntó el fiscal y pidió: “No debemos tapar esto con un sobreseimiento”.

“La fiscal Federik no respeta nada”

Una de las respuestas más encendidas las dio el abogado Candelario Pérez. Dijo que la fiscal no respeta nada, no respeta a la Corte, ni la Constitución, nada, ni lo que hizo su padre a quien respetamos mucho”, vociferó, en referencia al reconocido jurista Julio Federik, autor del Código Procesal Penal de Entre Ríos.

Para el abogado, uno de los defensores de Urribarri junto a Barrandeguy, la cantidad de archivos secuestrados en la investigación que fueron analizados por los fiscales “arrojaron resultado negativo”. “No tenemos la estructura que tiene Fiscalía. En un día nos dieron 5 millones de archivos”, se quejó y aseguró que como los defensores no tienen “laboratorios” ni las herramientas del Ministerio Público Fiscal, se vulnera el derecho de defensa de los imputados. “Parece que el MPF es una isla y estamos todos en peligro”, alertó.

Habló de “elongación injustificable” y criticó a los fiscales que “nunca le pidieron prórroga al juez de Garantías. Vienen a decir acá que la causa es compleja”, soltó después, cuando todas las audiencias previas que hubo ante Mayer, Badano siempre dijo que se trata de una causa compleja.

Cullen, por su parte, calificó de “valiente” al fallo Cozzi porque “respetó las garantías constitucionales y hace cumplir la ley”. Un sentido similar le otorgó a la sentencia de sobreseimiento de Mayer.

Acusó un “ataque desde la faz política”. “Generan impronta en la sociedad pensando que en Entre Ríos hay camaradería entre corruptos y jueces, esto no es así. Si tenemos que hablar de política, es el gobernador investigado el que dio las más amplias facultades al MPF”, dijo dirigiéndose al público en la sala. “Lo digo porque lo sabemos nosotros. El Código acusatorio se implementó durante la Gobernación de Urribarri”, acotó.

Más adelante, razonó: “Nuestra Corte Suprema muchas veces cambió los parámetros. Por ejemplo en la tenencia de estupefacientes para consumo, pasó de decir que era un acto delictual a decir que era para consumo personal, incluso con el voto de un mismo juez que argumentó que podía cambiar de opinión, porque cambiaba la visión sobre el narcotráfico”.

“No instalemos que hay un código que evita la investigación de causas complejas. La Corte Nacional protege la Constitución. Y en Entre Ríos, el ultimo intérprete y hasta que se declare la inconstitucionalidad del fallo Cozzi, la última instancia es la Sala Penal del STJ. No quiero adelantar conclusiones, pero la delegación de facultades a las provincias tampoco es una discusión que está tan zanjada. Esto es claro, cuando delegamos a Nación, no lo hacemos para que establezca un Código, no delegamos que haga una parte del Código, sino le delegamos delitos (electorales, trata y narcotráfico, entre otros). El legislador nacional invade las prerrogativas de las provincias, y habla de la acción, los términos de la acción. Pero es un tema muy discutido”, subrayó.

Por último, Barrandeguy habló del “veneno que destilan los medios de comunicación”. También se quejó de la calificación de Federik sobre “jueces probos” y del “interés especial de Zaffaroni, lo cual es una es una desmesura”. “No escuché de los fiscales una razón que fundamente la apelación. Lo que escuchamos son observaciones de estatura pequeña. Esto debilita la impugnación. Volvamos al Código provincial”, pidió.

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