Telecom enfrenta una demanda en la Justicia entrerriana

En la Justicia entrerriana se dirime una demanda de una organización que vela por los derechos de los consumidores contra la empresa Telecom Argentina SA, en la que se exige que se la obligue a instalar una oficina para atender a sus usuarios en el departamento La Paz.

La demanda fue iniciada en 2020 por el Centro de Orientación, Defensa y Educación del Consumidor (Codec), que sostiene que la firma de telecomunciaciones incumple la Ley de Defensa del Consumidor y Ley Provincial 10.518 por violación del derecho de trato digno y equitativo a los consumidores del servicio de telefonía fija domiciliaria por falta de atención personalizada para con sus usuarios debido a la inexistencia de oficinas instaladas en el departamento La Paz. El proceso fue enmarcado dentro del Reglamento de Actuación en Procesos Colectivos.

Codec solicita que la empresa sea condenada a abrir una oficina de atención personalizada en el departamento La Paz y a abonar una multa civil que prevé el artículo 52 bis de la Ley N° 24.240, cuyo monto será destinado a la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de la ciudad de La Paz.

«El objeto de la acción es garantizar la atención personalizada (último párrafo del art. 27 de la Ley de Defensa del Consumidor), a través de la instalación de un oficina comercial, conforme lo prevé la Ley Provincial N° 10.518 en beneficio de todos los usuarios del servicio de telefonía fija del departamento La Paz brindado por Telecom Argentina SA, obligación que entienden derivada directamente del artículo 42 de la Constitución Nacional y de la Ley de Defensa del Consumidor, diferenciando esta cuestión consumeril circunscripta el departamento La Paz, de la provincia de Entre Ríos, del marco jurídico relativo a la regulación de las telecomunicaciones en general en la República Argentina», señaló Codec en el proceso.

Finalmente, la entidad indicó que «adebe aplicarse una solución siguiendo el ‘principio in dubio pro consumidor’ de manera tal que cualquier interpretación de las normas relativas a la regulación de las telecomunicaciones deberá realizarse en armonía con las normativas constitucionales de defensa de los usuarios y consumidores».

Se trata de una causa relevante en esta materia, ya que si se hace lugar al reclamo de CODEC se podría dar un efecto dominó si otras organizaciones reclaman que la firma -u otras de su tipo- instale oficinas en sus jurisdicciones.

La posición de Telecom

Telecom se opone a la demanda planteando que la competencia exclusiva para regular la actividad ha sido delegada por las provincias a la Nación y, consecuentemente corresponde que la Justicia Federal entienda en el caso. Asimismo, pide se declare la inconstitucionalidad de la Ley Provincial Nº 10.518, por entender que es violatoria de las competencias exclusivas del Gobierno Nacional delegadas por las provincias.

La firma también pide que se declare nula la notificación de demanda fechada el 11 de junio de 2020, porque la misma fue enviada a un local comercial que tiene en calle Italia N° 100, en Paraná; y que el domicilio social de la firma se encuentra en Avenida Alicia Moreau de Justo 50, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

En un fallo de primera instancia, el 3 de diciembre de 2020, el juez Civil y Comercial N° 1 de La Paz, Diego Rodríguez, rechazó todos los planteos de Telecom.

No obstante, hizo lugar a la apelación de ambas partes por las costas -gastos del proceso- que las reguló para cada uno.

Codec apeló afirmando que no debe hacerse cargo de las costas, ya que como organización tiene el beneficio de litigar sin gastos. La Cámara Civil y Comercial de Paraná revocó ese punto del fallo de primera instancia.

Sin embargo, Telecom llevó esa discusión hasta el STJ.

La Fiscalía apoyó la postura de Codec

El 8 de junio de 2021, el Ministerio Público Fiscal se expidió y propició la confirmación de la resolución de primera instancia, en sintonía con Codec. La Fiscalía abogó que el proceso se sustancie en el ámbito común local bajo el Protocolo de Procesos Colectivos «por ser reglamentario de la manda constitucional consagrada en el artículo 30 de la Constitución de Entre Ríos».

Y agregó que «el tema nuclear en cuestión es el derecho constitucional a un trato digno, equitativo y no discriminatorio de los consumidores del servicio de telefonía fija domiciliaria».

La Sala Civil del STJ debe resolver

Telecom interpuso un recurso de inaplicabilidad de Ley contra la decisión del cobro de costas que fue concedido por la Cámara Segunda Civil y Comercial de Paraná, que el 17 de noviembre de 2021 elevó las actuaciones a la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia. Desde entonces, el expediente espera una resolución.

Mariela Panceri, abogada de Codec, explicó que «una vez que el STJ resuelva el tema de las costas, el juez de La Paz comenzará a analizar la cuestión de fondo, que es la aplicación de la Ley de Defensa del Consumidor y la Ley provincial 10.518».

(Entre Ríos Ahora)

 

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