En un comunicado de prensa enviado a ANALISIS DIGITAL, explicaron que “la accesibilidad electoral incluye las medidas, procedimientos y normativas que tienen como finalidad promover el pleno e integral acceso de la población a los múltiples aspectos que constituyen el proceso electoral”.
Además, especificaron que también “se dirigen a adultos mayores, mujeres embarazadas, personas con cardiopatías, pacientes en diálisis o en tratamientos oncológicos, entre otras”.
“Es importante que sepan que ante cualquier inconveniente pueden solicitar asistencia al delegado judicial o al personal de seguridad que hay en cada establecimiento educativo, explicando claramente su necesidad, ya que ellos podrán orientar y facilitar la emisión de su voto”, manifestaron.
Cuarto Oscuro Accesible
El Cuatro Oscuro Accesible (COA), está destinado al sufragio de personas con movilidad reducida -entre ellos, adultos mayores y mujeres embarazadas-, personas ciegas o con disminución en su capacidad visual.
Cada establecimiento de votación contará con un COA que será habilitado en el espacio de más fácil acceso y más cercano al ingreso del establecimiento; contará con señalización para que pueda ser fácilmente identificado y podrá ser exclusivo o tratarse de un cuarto común.
Dispositivo para el voto de personas ciegas
Cada COA dispondrá de un Dispositivo para el Voto de Personas Ciegas o con disminución en su capacidad visual, el cual consiste en un portaboletas plástico con bolsillos que contienen las boletas de los candidatos.
Cada bolsillo contará con una etiqueta en relieve con el número que identifique a cada agrupación política, lo que permitirá al elector ubicar, mediante el tacto, la boleta que desee seleccionar. El recorrido para acceder al dispositivo deberá estar libre de obstáculos.
Personas con discapacidad motora o movilidad reducida
Si encuentra obstáculos para acceder a la mesa en la que está registrado (escaleras, ascensor descompuesto, entre otros) es necesario conocer que puede solicitar la utilización del COA disponible en el establecimiento de votación. En este caso, la autoridad de mesa deberá acompañarlo hasta el COA, cumpliendo los requisitos para el traslado de la urna, y retirarse del COA, para que pueda ejercer el sufragio autónoma y secretamente.
Personas con discapacidad visual
Las personas con discapacidad visual deberán solicitar apoyo u orientación y requerir a quien le preste asistencia que se identifique con claridad, haciéndole saber el rol que ejerce en el proceso eleccionario. Deben ingresar al cuarto oscuro acompañado por un perro guía; solicitar la utilización del Dispositivo para el Voto de Personas Ciegas que estará dispuesto en el COA de cada establecimiento de votación. En ese caso, la autoridad de mesa deberá acompañarlo hasta el COA, cumpliendo los requisitos para el traslado de la urna; transmitirle la ubicación y descripción del dispositivo portaboletas, orientándolo para que pueda identificar mediante el tacto las diferentes opciones.
Para facilitar la elección de la boleta en el interior del dispositivo, se sugiere informarse previamente al día de la elección del número de la agrupación que desea votar.
Si prefiere votar en el cuarto oscuro correspondiente a la mesa en la que está registrado, la autoridad de mesa deberá respetar su decisión y ofrecerle asistencia para ejercer su voto.
Personas con discapacidad auditiva
Si necesita apoyo, se sugiere que solicite que le hablen en forma directa y de frente. Si aún así, la persona no comprende lo que dice o viceversa, se recomienda la utilización de otros medios para hacerse entender: a través de la escritura, gestos o señas.
Personas con discapacidad intelectual o mental
Antes de los comicios, se le recomienda que se interiorice sobre las listas de candidatos que se presentan el día de la elección; que conozca cuál es el número y color de boleta de la agrupación política que desea votar; que se interiorice sobre cómo es el procedimiento de corte de boleta, si para los distintos cargos desea votar a diferentes agrupaciones políticas; que de resultar necesario, pida apoyo a conocidos o familiares.
Recuerde que para poder votar tienen que estar inscripto en el padrón y presentarse con el documento que figura allí o con una versión posterior.
Para consultar el padrón, debe acceder por Internet a www.padron.gob.ar; telefónicamente llamando al 0800-999 PADRON (7237); por mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palara “voto” (espacio) y el número de DNI seguido de la letra “M” o “F”, según el sexo del elector.
Para consultar las listas de candidatos debe ingresar a www.elecciones.gob.ar