Moya: fiscalía y defensa irán a la Corte tras fallo de prescripción de la acción penal

El caso del cura Marcelino Moya, condenado en 2019 a 17 años de cárcel por abuso y corrupción de menores, llegará a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El fallo había sido confirmado por la Cámara de Casación de Concordia pero fue finalmente anulado por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ), que dispuso la prescripción de la acción penal, decisión que se conoció este viernes.

La Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche confirmó que tras la prescripción dictada por la Sala Penal del STJ, que dispuso sobreseer al cura Moya, irán a la Corte con un recurso extraordinario federal para revisar ese fallo. El mismo camino seguirá el abogado Florencio Montiel, que representa a Pablo Huck, denunciante y principal impulsor de la causa contra el cura, consignó Entre Ríos Ahora.

El lunes 14 de diciembre de 2020, la Casación de Concordia confirmó la condena impuesta en 2019 al cura Moya por abuso y corrupción de menores, hechos producidos cuando fue sacerdote en la parroquia Santa Rosa de Lima, de Villaguay, y docente en el Colegio La Inmaculada. El voto del camarista Darío Perroud planteó al rechazar la apelación de la defensa del cura: «Es que así como se habla hoy día del juzgamiento con perspectiva de género, lo cual obviamente comparto, casos como el que nos ocupa deben juzgarse con perspectiva de niñez, esto es teniendo en cuenta especialmente la situación de vulnerabilidad en que se encontraban sumidas las víctimas, que lo fueron de abusos sexuales siendo niños y en un ámbito donde debían estar protegidos, no más expuestos».

«Es necesario que los jueces tomemos decisiones demostrando que se ha respetado y considerado el interés superior del niño, y en este sentido cabe resaltar que el término ´niño´ implica el derecho a que se atienda debidamente a su interés superior y no solo se aplique a los niños con carácter individual, sino también general o como grupo. El interés superior del niño, como principio jurídico interpretativo fundamental implica que si una disposición jurídica admite más de una interpretación, se elegirá la interpretación que satisfaga de manera más efectiva el interés superior del niño», señala el fallo de Perroud.

El viernes 5 de abril de 2019, el Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay dio a conocer condenó en primera instancia a Moya, que supo pavonearse por todo el país como el «cuya payador» pero que escondía una historia de abusos perpetrados en la casa de Dios.

Dos datos clave contiene la sentencia: se apoyó fuertemente en el testimonio de las víctimas, Pablo Huck y Ernesto Frutos, cuyos relatos dieron por cierto los jueces, y reprochó el grosero encubrimiento que llevaron adelante los sucesivos jefes de la Iglesia de Paraná en los últimos años: Estanislao Karlic -de 1983 a 2003-, Mario Maulión -que ejerció 2003 a 2010– y Juan Alberto Puiggari -que sucedió a Maulión y sigue actualmente-, que aún sabiendo de los hechos no los denunciaron en la Justicia.

Pero tras ese primer fallo del tribunal uruguayense y la confirmación por parte de la Cámara de Casación de Concordia, el cura Moya siguió dando pelea en la Justicia, y acudió con una impugnación extraordinaria y llegó al STJ, que le dio la razón.

¿Qué argumento utilizó la defensa del sacerdote para alcanzar la máxima instancia judicial en Entre Ríos?

En la resolución que le concede la impugnación extraordinaria señala que el defensor de Moya «centra su agravio en la contradicción en que habría incurrido este Tribunal de Casación con la doctrina de la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos en la causa caratulada «Ríos, Carlos Antonio – Abuso sexual gravemente ultrajante agravado en concurso real S/ impugnación extraordinaria» (…), exponiendo que en dicho fallo el Órgano Superior al resolver valora e interpreta correctamente el instituto de la Prescripción».

En abril de 2018, la Sala Penal STJ dictó el sobreseimiento del bioquímico concordiense Carlos Antonio Ríos, y declaró prescripta la acción penal, en una causa que iniciaron en 2015 dos sobrinas del profesional, y en la que lo denunciaron por graves abusos cuando fueron niñas.

Con el voto de los vocales Daniel Carubia y Miguel Giorgio y la abstención de Claudia Mizawak, el máximo cuerpo hizo lugar a la impugnación extraordinaria presentada por el defensor de Ríos, Jorge Esteban Romero, contra la sentencia dictada por la Cámara de Casación Penal, y declaró la prescripción de la acción penal y dictó en consecuencia el sobreseimiento del bioquímico a quien se le habían imputado los delitos de corrupción de menores, abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda del menor y abuso sexual con acceso carnal agravado por la guarda del menor.

El caso llegó a la Corte a partir de un recurso de queja presentado por la Procuración General de la Provincia.

Ahora también el caso Moya llegará a la Corte.

 

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