Causa contratos: rechazaron la recusación contra Barbagelata

Los imputados Hugo Mena y Flavia Beckman, en Tribunales. (Foto de archivo - ANÁLISIS)

La decisión se conoció este miércoles, tal como se había adelantado. La vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Carolina Castagno, rechazó el planteo de recusación que hizo el abogado defensor José Velázquez contra la jueza natural de la causa “contratos truchos de la Legislatura”, Marina Barbagelata.

La resolución de Castagno, según se informó a ANÁLISIS, refutó el planteo de Velázquez, defensor de los imputados Hugo Mena y Flavia Beckman, al cual había adherido también el abogado Andrés Bacigalupo, representante legal del imputado Renato Jesús Mansilla.

La cuestión se oralizó el lunes pasado en una audiencia breve. En esa oportunidad, Velázquez sostuvo que Barbagelata debió inhibirse y no dar su posición, instada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) sobre el conflicto de competencia con la Justicia Federal. El abogado argumentó que debió responder otro juez y no Barbagelata. Además, sumó una serie de denuncias contra Barbagelata sobre supuesta falta de transparencia en la tramitación de la causa, vinculada a informaciones confusas o falta de notificaciones que lo afectaron como defensor.

A los planteos defensivos respondió la fiscal Patricia Yedro, que se encargó de la investigación junto a su colega Ignacio Aramberry. La representante del Ministerio Público Fiscal rechazó de plano el planteo de recusación contra Barbagelata y sostuvo que es la titular del Juzgado de Garantías N°1 de Paraná, jueza natural de la causa. ¿Quién más, sino ella, iba a responder al planteo de la CSJN? De la misma manera respondió el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes.


Marina Barbagelata, jueza de Garantías 1 de Paraná. (Foto: ANÁLISIS)

“Forzoso es concluir que los hechos expuestos por el Sr. Defensor fundantes de su planteo recusatorio, no pueden ser encuadrados en el supuesto por el invocado descripto en el inc. a) del art. 38 C.P.P., ni en el motivo no escrito de ‘temor de parcialidad’, al no advertir, que la postura asumida por la Sra. Jueza de Garantías en el trámite del incidente de competencia (informe de fecha 02.05.2023) haya implicado vulneración alguna de aquellas garantías que le asisten a los imputados derivadas del derecho de defensa en juicio y debido proceso, que ciertamente deben prevalecer.

Por el contrario, la magistrada ha cumplido con su deber funcional al haber dado respuesta oportuna al requerimiento que le fue efectuado en el marco del incidente citado, permitiendo así que avance su tramitación y el Máximo Tribunal pueda en definitiva dirimir el conflicto de competencia positiva trabado entre la Justicia Federal y la local; que redundará sin lugar a dudas en beneficio de los derechos de los imputados, en particular, el ser juzgado dentro de un plazo razonable, conforme la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, evaluó la vocal Castagno.  

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