
Celis, en uno de los días del extenso juicio que terminó en su condena.
El Tribunal Oral Federal de Paraná rechazó el pedido de libertad condicional para Daniel Andrés “Tavi” Celis, condenado a una pena unificada de 15 años y 6 meses de prisión por las casas Narcomunicipio y Narcoavioneta, así como por robo agravado. A pesar de la negativa, la jueza Noemí Berros decidió ampliar su régimen de salidas socio-familiares: podrá egresar todos los domingos.
El defensor Augusto Lafferriere solicitó la incorporación de Celis al régimen de libertad condicional argumentando que ya había cumplido los dos tercios de su pena, gracias a una reducción de 17 meses por estímulo educativo. Según el cómputo, Celis estaba en condiciones de solicitar el beneficio desde el 16 de julio de 2025.
La defensa destacó que su cliente ha mantenido una conducta "ejemplar" y un concepto "muy bueno" durante los últimos ocho trimestres. Además, subrayó que Celis ha cumplido adecuadamente con sus salidas socio-familiares desde mayo de 2024, las cuales ya habían sido ampliadas previamente.
Finalmente, Lafferriere mencionó que la libertad le permitiría a Celis reforzar los vínculos con todos sus hijos y que contaría con la tutela de su hijo, Teuco Rolar Celis, en su domicilio del barrio San Agustín para su reinserción.
La postura del fiscal
El fiscal general José Ignacio Candioti se opuso firmemente a la solicitud, basando su dictamen en los informes desfavorables emitidos por el Servicio Penitenciario. Resaltó que tanto el Informe Técnico Criminológico como el Consejo Correccional desestimaron la petición.
Argumentó que, si bien Celis cumple el requisito temporal, no se vislumbra el "elevado grado de confianza" necesario para acceder a la etapa final del régimen de progresividad. Entre los aspectos negativos, señaló la “escasa implicancia de la pena en el plano subjetivo” y el registro de ocho sanciones disciplinarias durante su encierro.
Además, el fiscal consideró razonable la sugerencia de los profesionales de la unidad penal de afianzar primero los vínculos socio-familiares y aprovechar las capacitaciones laborales y educativas antes de otorgar un beneficio mayor.
Los fundamentos del Tribunal
Berros, al resolver la solicitud, coincidió con la postura del fiscal y los informes penitenciarios, rechazando la libertad condicional.
Entre los fundamentos de su decisión, la magistrada destacó que, si bien Celis ha mostrado calificaciones positivas de conducta recientemente, el tiempo de evaluación de su autogobierno en libertad ha sido "escaso", ya que sus salidas comenzaron en mayo de 2024. El tribunal consideró que Celis no ha transitado "en plenitud las instancias superiores del tratamiento penitenciario".
Además, se mencionaron como aspectos negativos el "limitado compromiso por el área educativa" y la falta de actividades concretas recientes que demuestren un avance significativo en su resocialización. Por ello, concluyó que su pronóstico de reinserción social es, por ahora, desfavorable.
No obstante, el tribunal resolvió ampliar el beneficio de salidas socio-familiares a una salida semanal de 12 horas (de 8 a 20), con el objetivo de continuar evaluando su evolución. A Celis se le impusieron reglas estrictas durante sus salidas, como la prohibición de consumir alcohol o estupefacientes, conducir vehículos y utilizar redes sociales para exhibir su persona.
Cabe recordar que tenía además salidas socio laborales durante la semana en la carnicería que funciona en el local que él mismo le alquila a un hombre, en el predio de su vivienda, en calle República de Siria y Segundo Sombra.