Condenaron a un joven por el robo al Tiro Federal de San José

El joven deberá cumplir una pena de 2 años y 9 meses de ejecución condicional.

Alexis Emanuel Schauman, de 20 años, oriundo de Concepción del Uruguay, se declaró autor y responsable del robo en las instalaciones del Tiro Federal de San José. El joven deberá cumplir una pena de 2 años y 9 meses de ejecución condicional.

 

La audiencia fue presidida por la jueza Natalia Céspedes, ejerció la defensa Mariano Miño y la fiscalía estuvo representada por Alejandro Perroud.

 

La investigación demostró que el 12 de junio de 2019, alrededor de las 2 de la madrugada, Schauman ingresó al edificio donde funciona el Tiro Federal Argentino, ubicado en calle Cettour 985.

 

En el interior se apoderó de un fusil Mauser modelo 1891 que estaba inutilizado, con el caño soldado y expuesto como un trofeo para la vista del público en la sala de armas largas. Luego, se dirigió a la sala de aires comprimidos, donde violentó los candados de dos armarios y sustrajo 12 rifles de aire de quebrar marca Slavia con sello en culata (logo del Tiro Federal Argentino - "TDF"-), dos de ellos con la numeración N° V125433 - N° V125432; dos carabinas de aire palanquera marca Feinwerkbau, modelo 602, con sello en culata "TFA" (con numeración no registrada en los libros); un rifle de aire de quebrar marca Baical, calibre 4 ½; un rifle de aire marca Diana, calibre 4 ½ con sello en culata de madera "TFA" (con numeración no registrada en los libros); una carabina neumática, marca Hammerli (con numeración no registrada en los libros); una carabina neumática, marca Anchus (con numeración no registrada en los libros); una carabina neumática, marca Walter, modelo LG200 (con numeración no registrada en los libros); como así también del interior de la secretaría, un catalejo de color negro y una moto guadaña marca Sthil.

 

Actuó en el lugar personal de la Sección Criminalística, procediendo al levantamiento de seis rastros papilares, los que fueron inmediatamente remitidos a la Dirección Criminalística de la Policía de Entre Ríos, a fin de que informe si resultaban o no aptos para su estudio y eventual cotejo, como así también para el caso de resultar aptos, la compulsa de base de datos existentes (AFIS) y que permitan identificar a quién pertenecían dichos vestigios papilares. La división elaboró un informe de búsqueda preliminar, determinando que dos de los rastros hallados eran técnicamente idóneos. Mediante el Sistema Federal de Identificación Biométrica para la Seguridad, se determinó que las huellas pertenecían al imputado, quien no tenía vinculación alguna con la entidad ni era concurrente a la misma.

 

En base a ello es que se solicitó a última hora del 14 de junio un allanamiento para el domicilio de Schauman, en calle Remedios de Escalada al 1400 de San José, con resultado negativo. No obstante, se pudo establecer que hacía pocos días que alquilaba el lugar, por lo cual también se allanó el domicilio de su progenitora en Concepción del Uruguay. Allí se secuestraron 13 de los rifles aire comprimidos que fueran sustraídos, como así también cortinas que pertenecían al Tiro y que habrían sido utilizadas para envolver las armas y transportarlas más fácilmente.

 

En relación al resto de los elementos, al momento de ampliar la declaración, el joven señaló el sitio en que había escondido el resto de los elementos, en un campo cercano al Tiro. Un rastrillaje en la zona indicada permitió hallar seis rifles de aire comprimido, un fusil Mauser modelo 1891 y la moto guadaña marca Sthil. Los elementos estaban envueltos con alfombras y cortinas sustraídas también del interior del Tiro, y cubiertas a la vez por carquejas.

 

Atenuantes y agravantes

 

La pena impuesta fue de 2 años y 9 meses de prisión condicional, más reglas de conducta que deberá cumplir por el mismo término de la condena.

 

Como circunstancias atenuantes, se tuvo en cuenta que el imputado carece de antecedentes penales, la admisión de la autoría y la actitud posterior al hecho, lo que posibilitó la recuperación del resto de los efectos sustraídos.

 

Como agravantes, se valoraron negativamente la nocturnidad, el evidente ánimo de lucro, la inexistencia de impedimentos físicos o intelectuales para ganarse el sustento mediante el trabajo, como así también la naturaleza de la acción, esto es el ingreso a una institución muy cara a los sentimientos de la comunidad.

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