Jury: por qué rechazaron planteo del Procurador

El Jurado de Enjuiciamiento volvió a rechazar un planteo presentado por el Procurador General Jorge García, que recusó a 4 de los 7 miembros del cuerpo, y objetó la decisión de apartar a todo el Ministerio Público Fiscal del proceso de jury a la Procuradora Adjunta y Fiscal Anticorrupción Cecilia Goyeneche, la que se encuentra suspendida en su cargo. El caso ahora podría derivar a la Corte.

 

El Procurador General había introducido un recurso de revocatoria contra la resolución dictada por el Jurado de Enjuiciamiento el 6 de diciembre. García planteó que la recusación que patrocinó contra los tres vocales del Superior Tribunal de Justicia (STJ), Martín Carbonell, Claudia Mizawak , integrantes del Jurado, y la abogada Sonia Rondoni, representante del Colegio de la Abogacía.

 

Dijo que los recusó no en su condición de “denunciado” sino en su rol de Procurador General de la Provincia, es decir titular del Ministerio Público Fical, órgano constitucionalmente erigido como acusador en los procesos de jury, “toda vez que la Constitución Provincial reformada en 2008 estableció al Ministerio Publio Fiscal como órgano autónomo dentro del Poder Judicial” como titular de la acción pública. También citó la Ley de creación de la Procuración N° 10.407,  que le otorga facultad de “formular la acusación ante el Jurado de Enjuiciamiento.

 

“El doctor García –dice la resolución del Jurado de Enjuiciamiento- fue denunciado en estas actuaciones por mal desempeño de su cargo de Procurador General de la Provincia, y planteó la incompetencia de este Jurado de Enjuiciamiento , que por mayoría hizo lugar  tal pretensión, se declaró incompetente para entender en su enjuiciamiento y remitió las piezas pertinentes  a la H. Cámara de Diputados,  a sus efectos.  A su vez, dispuso formar acusación respecto de la señora Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche, suspender a ésta en sus funciones y separar –fundadamente- a  los integrantes del Ministerio Público Fiscal para integrar el órgano de acusación ante el Jury, acudiendo en su reemplazo al orden de turno de la lista de Conjueces del STJ designados por el Gobernador con acuerdo del Senado”.

 

El Jurado entendió que “el Procurador General no tiene legitimación para plantear las recusaciones señaladas”. Señala además que García “carece de legitimación para recusar, en la medida que la totalidad de los integrantes de dicho Ministerio Público Fiscal han sido separados de la causa en resolución de fecha 30 de noviembre del corriente, la cual pareciera intentar revertir  través de las argumentadas ´recusaciones´ que, en realidad, reconocen otra motivación y finalidad”.

 

De igual modo, el Procurador pretende que el caso se resuelto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y no a nivel local.

 

Según informó Entre Ríos Ahora, García presentó un recurso de inconstitucionalidad local ante el Jurado de Enjuiciamiento, que antes rechazó un planteo de recusación, ilegalidad y nulidad por el desplazamiento del Ministerio Público Fiscal de su rol de acusador en el jury a la suspendida Procuradora Adjunta Cecilia Goyeneche.

 

El mandamás de la Procuración entendió que este es el único modo de llegar por vía del recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación «ante lo que entendemos una flagrante y grosera ilicitud que configura un caso de gravedad institucional insubsanable». También, hizo reserva de acudir ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

En un extenso escrito de más de 30 páginas, el Jefe de los Fiscales sostuvo que el Jurado «carece de potestad de desplazar a un órgano esencial de la estructura del enjuiciamiento Constitucional, y menos aún de tomar decisiones que usurpan la competencia legislativa para modificar a puro arbitrio discrecional las Normas aludidas que establecen la acusación por el Ministerio Públicio Fiscal».

 

(Entre Ríos Ahora)

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