El gobierno provincial realizó cambio en nominaciones Ministeriales y reasignó funciones a varias dependencias oficiales.
Con la publicación de hoy del Boletín Oficial del DTO-2026-68-E–GER-GOB titulado “Refuncionalización de la Organización Ministerial”; el Ejecutivo provincial ejecutó lo cambios en distintas carteras de gestión dispuestas por el gobernador Rogelio Frigerio, tal como lo había publicado ANÁLISIS el miércoles 21 de enero.
La decisión fue adoptada teniendo en cuenta que ha transcurrido “una primera etapa de gestión”, por la cual 2se considera conveniente y oportuno efectuar nuevas adecuaciones en la organización ministerial, a fin de optimizar la asignación de funciones, fortalecer la coherencia funcional entre las políticas públicas y mejorar la eficiencia en la gestión administrativa”, tal como se lee en el decreto de marras.
De acuerdo al artículo 1°, los Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, pasarán a llamarse “Ministerio de Economía y Servicios Públicos y Ministerio de Planeamiento e Infraestructura”, respectivamente.
En el artículo 2 se ubica a la Secretaría de Transporte y la Secretaria de Energía bajo la órbita del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
El artículo 3 establece que la Secretaría de Modernización -dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, pasará a denominarse Secretaría de Modernización, Ciencia, Tecnología e Innovación, absorbiendo las competencias y estructura de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación. Y se suprime el cargo de Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación.
A través del artículo 4 se escinde la Secretaría de Industria, Comercio y Minería del Ministerio de Desarrollo Económico, y quedará conformadas como Secretaría de Industria y Secretaría de Comercio, Minería y Desarrollo Emprendedor.
El artículo 5 suprime la Secretaría de Desarrollo Productivo y Emprendedor del Ministerio de Desarrollo Económico, cuyas competencias ahora serán ejercidas por la Secretaría de Comercio, Minería y Desarrollo Emprendedor, que depende del Ministerio de Desarrollo Económico.
A su vez, a través del artículo 6 se convierte la Dirección General de Mantenimiento de Casa de Gobierno -que dependiente de la Secretaría General de la Gobernación- en Coordinación de Mantenimiento de Casa de Gobierno, a la vez que se la hace depende de la Dirección General Intendencia y Servicios, que pertenece al Ministerio de Planeamiento e Infraestructura.
El artículo 7 crea en el ámbito de la Gobernación la “Coordinación Operativa de la Oficina del Gobernador”, y se aclara que “tendrá como misión, asistir de manera directa al Gobernador de la Provincia, garantizando el adecuado funcionamiento de su agenda institucional y la articulación operativa de sus actividades”.
El artículo 8 unifica la Dirección General de Economía Social y la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales -dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano-, la que pasará a denominarse Dirección General de Economía Social y Políticas Comunitarias.
El artículo 9 dispone que Compañía Entrerriana de Gas SA (CEGSA) y la empresa Energía se Entre Ríos SA (ENERSA), se relacionarán con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
El artículo 10 confirma que “los organismos reubicados o modificados por el presente Decreto mantendrán, en sus respectivas jurisdicciones, las Direcciones, Coordinaciones, Áreas y demás estructuras orgánicas inferiores actualmente dependientes, las que se considerarán automáticamente transferidas”.
El decreto




