Casación avaló la extracción de ADN a Felipe y Marcela Noble

De esta manera, la Cámara Nacional de Casación Penal rechazó el recurso de casación formulado por los letrados apoderados de los hermanos Noble Herrera contra la decisión de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, que confirmó la decisión de la jueza de primera instancia Sandra Arroyo Salgado en cuanto dispuso hacer lugar a la medida de prueba solicitada por la querella Asociación Abuelas de Plaza de Mayo, disponiendo la extracción directa.

Sin embargo, los camaristas Raúl Madueño, Luis García y Guillermo Yacobucci, con la intervención de la secretaria Sol Deboli, decidieron limitar el cotejo del ADN con los del BNDG de acuerdo a las fechas que figuran en el expediente de adopción presentado por Ernestina de Noble.

"Se aferran a un expediente de adopción que está viciado", sentenció Pablo Llonto, abogado de una de las familias querellantes, en declaraciones a Página 12.

"Nos sorprendió escuchar la segunda parte del fallo. En esta caso existe una sospecha de apropiación sin saber cuál es la familia de los chicos por lo que debe hacerse la prueba con todas las muestras del banco genético", señaló Llonto.

Y resaltó que la Cámara "limita el cotejo a partir de un expediente de adopción que contiene fechas que no son creíbles. El juez (Roberto) Marquevich ya había señalado que las historias de cómo Ernestina de Noble encontró a Marcela y a Felipe eran falsas".

En ese contexto, Llonto anticipó una apelación "no esperada" por parte de la querella ante la Corte Suprema. Mientras que se espera un nuevo recurso por parte de la defensa de los hermanos Noble Herrera.

La resolución de primera instancia fue emitida en diciembre pasado por la jueza federal de San Isidro y ratificada por la Cámara Federal de San Martín, pero llegó a Casación ante la negativa de ambos hermanos de entregar las muestras para analizarlas en el BNDG.

Según ratificaron sus abogados el jueves pasado, Felipe y Marcela se niegan a que las muestras sean entrecruzadas con la totalidad de las almacenadas en el banco y sólo aceptan el testeo con las de dos familias querellantes en la causa desde su inicio.

Pero la Justicia determinó que debe ampliarse el objeto procesal con miras a determinar en general la posibilidad de que hayan sido apropiados, según requirió Abuelas de Plaza de Mayo, querellante en la causa. Decisión que el fallo de hoy limitó.

En la audiencia del jueves último, la medida de Arroyo Salgado fue respaldada por la fiscalía ante Casación, a cargo de Raúl Plee, quien sostuvo que debe rechazarse la apelación de los jóvenes.

La causa penal se abrió hace diez años con la denuncia de Estela de Carlotto ante el entonces juez federal de San Isidro, Roberto Marquevich.

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