Córdoba: la Justicia falló contra el aborto no punible

Este fallo de la Cámara se da al día siguiente de que un hombre de 63 años fuera condenado en Villa María a 12 años de prisión tras ser encontrado autor de abuso sexuales reiterados contra una nena de 13 años que padece una discapacidad y a la que embarazó en una localidad del sudeste cordobés. Precisamente, este caso fue uno de los primeros en la provincia para el que se solicitó la aplicación de Ley de Aborto no Punible. La interrupción del embarazo se realizó en marzo de 2012 en un hospital de la ciudad de Córdoba, antes de que la Justicia suspendiera la guía de abortos no punibles.

Ayer, los magistrados Guillermo Barrera Buteler, Julio Fontaine y Beatriz Mansilla de Mosquera ordenaron al Gobierno cordobés que se abstenga de aplicar el protocolo, que íntegramente fue declarado inconstitucional.

Ni bien se aprobó la guía provincial, el Portal de Belén interpuso una medida cautelar y desde ese día sólo pudieron abortar las víctimas de abusos sexuales en los hospitales dependientes de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), que se rigen por la guía redactada por la Nación: Maternidad y Hospital de Clínicas.

Para el juez Barrera Buteler, “la guía se aparta abiertamente del mandato de los artículos. 4, 19, inc. 1° y 59 de la Constitución Provincial, que ordenan respetar y proteger la vida de los niños por nacer”. Y agregó: “Como la incompatibilidad con la Constitución y la vigencia de los derechos fundamentales salta a la vista sin necesidad de mayor debate o prueba, estamos frente a un supuesto de ilegitimidad manifiesta del acto lesivo, que torna procedente sustancialmente la acción de amparo intentada”.

La guía para los abortos no punibles de Córdoba se ajustaba parcialmente a un fallo de la Corte Suprema de la Nación de marzo de 2012. El máximo tribunal del país había determinado que no se puede castigar la práctica del aborto a las víctimas de violación, publicó Clarín.

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