Según informó Diario Río Uruguay, la audiencia Nº 42 estuvo marcada por por la resolución del tribunal compuesto por los jueces Jorge Barbagelata, Silvina Gallo y Darío Perroud. Así, como se señaló que ante el pedido del abogado Alejandro Giorgio y con el acompañamiento de sus colegas defensores, el tribunal entendía que debía primar la presunción de inocencia hacia los acusados, indicando que permanecerán en libertad durante el tiempo que dure el proceso judicial.
A pesar de la oposición de la fiscalía, el tribunal hizo énfasis en que el juicio lleva ya tres meses y que aún restan producir “abundantes pruebas y alegatos”, y que los acusados llevan 16 meses impedidos de su libertad, entendiendo que “se excederían los 18 meses, contemplando la recusación tras la sentencia”, tiempo que supera lo fijado por el código penal.
A entender Barbagelata -presidente del tribunal- “ninguno de los testigos ha manifestado de forma alguna que se haya sentido amedrentamiento. Todos declararon libremente. Basta ver la extensión de las testimoniales”, indicando luego que “el pronóstico de entorpecimiento no se evidenció”.
Además se remarcó que los imputados llevan cerca de un año con prisión domiciliaria y que el tribunal en este tiempo no ha detectado su incumplimiento efectivo, “por lo que es un elemento positivo” a considerar. En esa misma línea dijeron: “Hemos notado que han obedecido las directivas dispuestas por el tribunal. No hubo interrupciones del orden” y tomaron como ejemplo que el imputado Sendra “compareció todas las veces aún estando en libertad, sin entorpecer el debate, ni a los testigos, llegando siempre a horario”.
Los acusados son el ex oficial de policía Carlos Zaragoza, y los policías Daniel Chávez, Hugo Troncoso, José Orlando Troncoso, José María Biderbos, Andrés Paredes, Ricardo Paredes, Gómez Luis Alberto, Luis Alberto Paredes, Luis Roberto Carlino, Esteban Cendra, Diego Diferding, Manuel Coutiño, Juan Manuel Rosas, Carlos Rosas, Juan Pedro Lacuadra, Romeo Valdez, Alfredo Imaz. La causa contra éstos fue caratulada como "Zaragoza, Carlos Daniel y otros s/ sedición, privación ilegítima de la libertad, daño calificado, robo agravado por la calidad de funcionario público e instigación pública".
Foto: gentileza Nerio Quiñones.