El Instituto Nacional del Teatro (INT) relanza una convocatoria destinada a brindar apoyo económico a proyectos teatrales y musicales independientes. La iniciativa se enmarca dentro de los artículos 4 y 21 de la Ley Nacional del Teatro N° 24.800 y los artículos 3, 4 y 6 de su Decreto Reglamentario N° 991/97, y está orientada a respaldar tanto la producción material de las obras como el pago de honorarios a actrices, actores y directoras.
Este programa representa una herramienta central para el fomento de la actividad teatral en las provincias, ya que permite a los elencos locales obtener financiamiento concreto para desarrollar sus propuestas escénicas. A través de estos aportes, el INT busca garantizar condiciones de trabajo más justas, impulsar la profesionalización del sector y estimular la diversidad cultural.
Para acceder al beneficio, elencos y responsables de los proyectos deben cumplir con una serie de requisitos establecidos. En primer lugar, es condición indispensable que tanto los grupos como las personas físicas o jurídicas que los integran estén inscriptos en el Registro Nacional del Teatro Independiente, disponible en la plataforma oficial del Instituto. Esta base de datos permite un control riguroso de las solicitudes y garantiza la trazabilidad de los proyectos que reciben fondos públicos. El elenco debe mantener una coherencia entre los datos declarados en el Registro y los integrantes reales de la producción. En caso de cambios en la conformación, es obligatorio actualizar la información antes de avanzar con la inscripción. Asimismo, no se aceptarán solicitudes de elencos que tengan producciones pendientes de estreno previamente subsidiadas por el INT, salvo que haya una diferenciación clara de más del 60% entre los integrantes de cada proyecto. Esta medida busca evitar la superposición de subsidios y promover una distribución equitativa de los recursos.
Otro aspecto clave de la convocatoria es la exigencia de territorialidad. Al menos el 50 % de las personas involucradas en el proyecto, incluyendo a la persona responsable del cobro del subsidio, deben acreditar una residencia mínima de dos años en la provincia desde la cual se presenta la solicitud. Además, el estreno del espectáculo deberá realizarse en esa misma jurisdicción, para mantener el carácter federal del programa y fortalecer las escenas culturales locales.
Las solicitudes que no cumplan con estos criterios serán automáticamente desestimadas por las representaciones provinciales del Instituto o archivadas en su sede central. Para facilitar el seguimiento administrativo de cada trámite, todas las personas que formen parte del elenco deberán tener su CUIT habilitado en la plataforma TAD (Trámite a Distancia), medio a través del cual se notificarán los actos administrativos vinculados a la convocatoria.
La inscripción estará disponible hasta el 31 de julio.
Inscripción en: https://inteatro.ar/convocatorias/produccion-de-espectaculo-teatral/#form
Reglamento: reglamento_-_solicitud_de_aporte_para_produccion_de_espectaculo_de_teatro_musical.pdf