El proyecto de ley establece un marco regulatorio de protección integral de los derechos de los consumidores y pretende -entre otros objetivos-, garantizar la transparencia entre usuarios y proveedores.
En pleno auge de las plataformas de venta electrónica, los diputados nacionales Guillermo Michel y Kelly Olmos presentaron un proyecto de ley para establecer un marco regulatorio de protección integral de los derechos de los consumidores. La propuesta tiene por objetivo, entre varios puntos, garantizar la transparencia entre usuarios y proveedores y es presentada como complemento de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor.
El propio Michel explicó a través de la red social X que se trata de una iniciativa para “defender la industria local, el empleo argentino y combatir la competencia desleal generada por la mercadería ingresada de manera irregular a nuestro país y luego comercializada por plataformas virtuales”. Del mismo, contextualizó que “en los últimos años el comercio electrónico ha adquirido una importancia creciente en la comercialización de bienes y servicios”.
En el mismo anuncio, Michel explicó que “las leyes de Defensa del Consumidor y de Lealtad Comercial no han sido objeto de las actualizaciones que permitan defender adecuadamente los derechos de los consumidores e identificar la trazabilidad de los proveedores”. Agregó, en ese sentido, que “es necesario actualizar la ley a los efectos de evitar que la mercadería que ingresa de contrabando a nuestro país se comercialice a través de plataformas digitales bajo apariencia de legalidad”, consignó el portal Parlamentario.
De todos modos, Michel dejó en claro que “esto no le va a generar ningún costo adicional al consumidor, pero sí le va a asegurar que la mercadería que compra sea genuina y haya ingresado al país en forma regular”.
Los puntos del texto
El proyecto de ley impulsado por los diputados de Unión por la Patria tiene por objeto garantizar la protección integral de los derechos de los consumidores y usuarios que adquieran bienes o servicios a través de plataformas de comercio electrónico o cualquier otro medio digital de intermediación, garantizando condiciones de transparencia, información, trazabilidad y la responsabilidad solidaria entre proveedores y plataformas.
El alcance de la norma, en caso de prosperar, será de aplicación a toda plataforma digital que intermedie o sea utilizada para transacciones comerciales electrónicas dirigidas a consumidores situados en el territorio de la República Argentina, independientemente del lugar de radicación de la plataforma o de los proveedores que la utilicen.
La iniciativa que impulsan Michel y Olmos exige que las plataformas deberán asegurar que toda publicación indique descripción y especificación del bien, manuales de uso cuando resulte aplicable; razón social, domicilio, CUIT, cuenta bancaria y dato de contacto del proveedor y del fabricante o distribuidor; y la documentación que acredite el origen y procedencia de los bienes objeto de oferta y publicación, publicó el portal Parlamentario.
También exige que estén indicados la mención de las características de la garantía; los plazos y condiciones de entrega; el precio y condiciones de pago; los costos adicionales, especificando precio final a pagar por el adquirente; y la declaración Jurada de cumplimiento de la normativa aplicable.
Finalmente, define como autoridad de aplicación a la Secretaría de Industria y Comercio, y establece que incumplimiento dará lugar a las sanciones previstas en la ley 24.240 de Defensa del Consumidor y en el marco legal vigente de Lealtad Comercial, incluyendo multas, suspensión y bloqueo de operaciones, sin perjuicio de las ya aquí dispuestas.




