D. E.
Está claro que para algunos privilegiados del Estado entrerriano no existe la incompatibilidad laboral. Ese es el caso del ex médico militar del Ejército Argentino -durante la última dictadura, con roles en Paraná, pero también en Capital Federal-, Ricardo Oscar Rizzo, quien ostenta tres cargos públicos. El conocido traumatólogo tiene un cargo en el Hospital San Martín de esta capital; otro como auditor en la Caja de Jubilaciones y un tercero en la Comisión Fiscalizadora creada por la última administración bustista, para monitorear el funcionamiento del Instituto de la Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER), que en el 2006 fuera una de las tantas y reiteradas exigencias de José Ángel Allende, el legislador justicialista de abultado patrimonio, después de perder las elecciones del organismo. Nadie sabe muy bien las actividades de Rizzo, la ex secretaria de Salud, Graciela Traverso y el abogado Ernesto Denis, en torno al IOSPER, pero a todos los que, medianamente conocen de sus movimientos, les queda claro que es un trabajo “pasivo” e “inexistente”. Hay quienes sostienen que “no tiene carga horaria” y “se ocupan de no más de un tema por mes”.
Lo cierto es que perciben una suma demasiado importante para lo que hacen; inicialmente cobraban lo mismo que un fiscal del Tribunal de Cuentas (o sea, unos 13 mil pesos mensuales), pero desde mayo la cifra bajó a un poco más de 9 mil, según lo dispuesto en un decreto por el ministro de Economía de la provincia, Diego Valiero. El traumatólogo se molestó por la restricción impuesta desde Economía y por ende presentó otro recurso ante la justicia, buscando la marcha atrás en lo dispuesto. Pese al recorte, Rizzo siempre mantuvo un importante ingreso desde el Estado y jamás le importaron los cuestionamientos por su “escasa presencia” simultánea. Obviamente, a ello había que sumarle una tarea de auditor en una empresa privada de Paraná.
No obstante, no deja de demostrar que no está dispuesto a permitir que le metan la mano en los bolsillos. Prueba de ello es el juicio que acaba de ganar en la causa “Rizzo, Ricardo Oscar c/Estado provincial y Caja de Jubilaciones y Pensiones de la provincia de Entre Ríos s/demanda contencioso administrativa”, aunque con voto mayoritario, en el propio seno del Superior Tribunal de Justicia (STJ) que integra su esposa Susana Medina, pero, vale aclarar, la magistrada se excusó de actuar en el tema.
Rizzo planteó que desde 1996 tenía un contrato de locación de obra en la junta médica de la Caja de Jubilaciones y ello fue interrumpido de manera “arbitraria” el 29 de diciembre de 1999, a poco de asumir Sergio Montiel en la provincia. Sostuvo el médico que cuando se presentó ante la Comisión Evaluadora el Estado “reconoció la torpeza” y obtuvo dictamen favorable, pero recién fue reincorporado en febrero de 2002, en un contrato que se extendió hasta el 29 de julio de 2005. Fue allí que indicó que “el desempleo entre enero de 2000 hasta febrero de 2002 le acarreó “innumerables perjuicios materiales y morales”.
Rechazo estatal y votos favorables
La Fiscalía de Estado de la provincia rechazó cada uno de los argumentos de Rizzo. En los argumentos, esbozados por el fiscal Julio Rodríguez Signes, se indicó que Rizzo no tenía “derecho subjetivo a la estabilidad” y que fue “ajustado a derecho, dentro del marco de las atribuciones de la Constitución, respecto a nombramiento y contratación de personal”. Sostuvo también que el contrato entre el Estado provincial y Rizzo finalizaba, efectivamente, el 31 de diciembre de 1999, por lo cual “no podría existir ningún tipo de cuestionamiento” y que “ninguna norma” –ya sea del Poder Ejecutivo ni Legislativo- “dispuso ni reconoció la obligación de abonar salarios por períodos cuya prestación laboral no se cumpliera.
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