La pesadilla de Urribarri y Cardona

Edición: 
1115
Los negociados con dineros públicos en indagatoria judicial

 

Sergio Urribarri y el empresario paraguayo Diego Armando Cardona Herreros se presentaron esta semana en instancia indagatoria, en la causa por los negociados con dineros del Estado, a través de la firma Relevamientos Catastrales, que fuera beneficiada con varias licitaciones millonarias, entre 2008 y 2015. ANALISIS accedió a la acusación de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano, que dejaron al descubierto tales maniobras, como así también a los escritos presentados por los imputados, denunciados por negociaciones incompatibles, fraude a la administración pública, cohecho pasivo y peculado.

 

D.E.

 

--Hecho 1. Según los fiscales, Sergio Daniel Urribarri, en su calidad de ministro de Gobierno primero, y luego como gobernador de la Provincia de Entre Ríos, desde el mes de enero de 2007 aproximadamente, “con el fin de generar un lucro ilícito para sí mismo y para Diego Armando Cardona Herreros, accionista y presidente de la firma Relevamientos Catastrales S.A., con quien lo unían una estrecha relación de amistad”, se interesó en “favorecer a esta última propiciando su contratación” a fin de desarrollar e implementar software para la Administración Pública Provincial de Entre Ríos. En tal cometido, “vinculó a Cardona Herreros con funcionarios del gobierno de Entre Ríos”. En ese lote, involucró a Carlos M. Haidar, director de Informática de la Provincia; Miguel Angel Ulrich, director General de Ajustes y Liquidaciones; José Gervasio Laporte, secretario Legal y Técnico de la Provincia; Luis Alfonso Erbes, subsecretario de Presupuesto y Finanzas de la Provincia y Humberto Flores, secretario de Hacienda de Entre Ríos. Según los investigadores, Urribarri “instruyó a estos para que aportaran información anticipada y gestionaran dichas contrataciones a favor de Cardona y su empresa, que se vio económicamente favorecida, pagando la Provincia sobreprecios en cada contratación, que fueron utilizados para realizar pagos a los funcionarios intervinientes, en contraprestación por la realización por gestiones pertinentes y actos relativos a sus funciones”.

 

En particular, el trámite de la Licitación Pública 01/08, comenzó a través del expediente administrativo N° 757.998, de fecha 31/01/07 mediante nota suscripta por Haidar. En ese contexto, “llevaron adelante las gestiones del trámite con conocimiento de las negociaciones entabladas entre Urribarri y Cardona Herreros, los funcionarios” Laporte, Flores y Erbes, “quienes conformaban, a instancias de Urribarri, el grupo que representaban a la Provincia con quienes la firma favorecida, Relevamiento Catastrales S.A., debían gestionar las negociaciones”. Según los fiscales, en representación de la firma Relevamientos Catastrales S.A. “también tomaron parte los directivos y empleados Alfonso Campitelli, Jorge Adrián Zanabone, Guillermo Linares y Miriam Fessia, quienes intervinieron en la gestión de la contratación desde antes del inicio del trámite administrativo, pues contaban con información anticipada, que les posibilitó confeccionar los pliegos y ajustar el precio final que iba abonar el Estado provincial por el servicio, dentro del cual estaba contemplado el porcentaje de sobreprecios, que se iba a distribuir entre funcionarios y la empresa beneficiaria, de conformidad a lo acordado entre Urribarri, Cardona Herreros y los funcionarios que integraban el grupo designado para la negociación”.

 

Conforme al plan estipulado, Haidar “suscribió y presentó en el expediente, un pliego de condiciones técnicas que había sido elaborado por los directivos y empleados de la firma Relevamientos Catastrales S.A., y estimó el presupuesto oficial en la suma de U$s 3.218.000 o $10.201.060 (cotización del dólar U$s1 = $3.17). En el informe, los fiscales consignaron que “la suma consignada comprendía además del costo del servicio y la ganancia de la empresa, el importe previsto como sobreprecio estipulado en un aproximadamente 25% de la contratación, que sería destinado al pago de los funcionarios intervinientes y las ganancias extraordinarias a los miembros de la empresa​, ​más una suma fija adicional de veinte mil pesos, por cada etapa finalizada, destinada a Sergio Daniel Urribarri. La convocatoria a licitación fue aprobada por decreto N° 317/07 MEHF de fecha 27/12/2007, firmado por Sergio Urribarri como gobernador. Luego de que se presentaran 7 empresas, a principios de 2008 se decidió beneficiar a Relevamientos Catastrales, en más de 10 millones de pesos y a otras empresas, por montos menores: Percom (303.872 pesos) y Excelcom (70.533 pesos), ligadas a familiares directos del ex titular de Sidecreer, Juan José Canosa. “El procedimiento generó la observación de la Contaduría General de la Provincia a través de la elaboración del informe No 397 en el que cuestionaron distintos aspectos que hacen a la regularidad de la contratación”, indicaron los fiscales. ​A pesar de lo dictaminado, y sin volver a dar intervención a la Contaduría General, luego de efectuarse las consultas a los funcionarios respectivos, el 28 de abril de 2008, el gobernador Urribarri suscribió el decreto 2082/2008 MEHF, adjudicando la licitación a la empresa representada por Diego Armando Cardona Herreros, por 10.564.205 de pesos; o sea, superior al monto previsto como total en la licitación. De acuerdo al concepto de los fiscales, “a cambio de la adjudicación de la obra, por las distintas intervenciones descriptas a lo largo del desarrollo del procedimiento licitatorio 01/08, Sergio Daniel

 

Urribarri acordó con Cardona Herreros un sobreprecio identificado internamente por la empresa contratista con la sigla PLM que ascendió a la suma total 3.022.000 pesos. De este monto, para funcionarios de Entre Ríos se destinó la suma de 2.021.993 de pesos, distribuidos entre Sergio Daniel Urribarri, José Gervarsio Laporte, Luis Alfonso Erbes, José Humberto Flores y Carlos Marcelo Haidar. En tanto que, como ganancia extraordinaria para la empresa Relevamientos Catastrales S.A., se destinó la suma de 1.000.007 pesos, que se distribuyó entre Diego Armando Cardona Herreros, Jorge Zanabone y Alfonso Campitelli. En concreto Sergio Daniel Urribarri percibió el 36.47% del monto fijado como sobreprecio en la contratación, equivalente a la suma de 1.000.007 pesos, a lo que se adiciona, el importe de 280.000 (catorce cuotas de 20.000 pesos al vencimiento de cada etapa)”, sea acotó.

 

--Hecho 2. El entonces gobernador Urribarri dispuso una adenda al contrato que ya tenía Cardona Herreros, en enero de 2008. O sea, a menos de un mes de asumir en el cargo. Según la acusación fiscal, el funcionario Miguel Ulrich dirigió nota al director de Informática, Carlos Haidar, en la cual especificaba la necesidad de “prorrogar el plazo de cumplimiento del servicio”, en virtud de modificaciones en los requerimientos del servicio contratado. Cardona Herreros, en representación de la firma Relevamientos Catastrales, cotizó el trabajo en la suma mensual de 285.000 pesos, durante 8 meses. “Esta ampliación no tuvo el propósito de cubrir nuevas o distintas tareas, sino aquellas originalmente previstas en la licitación 01/08 por las cuales se había acordado un precio adicional injustificado. Dicho importe incluía el pago de las sumas a distribuir entre los funcionarios de la Provincia, y ganancias extraordinarias para los directivos de la firma”, se acotó. 

 

La cotización propuesta por Cardona Herreros obtuvo el dictamen favorable del director Haidar y concluyó con el dictado del decreto 5679/09 del Ministerio de Economía, estableciéndose la ampliación de las tareas por 2.280.000 pesos, pagaderos en 8 cuotas mensuales, por mes vencido, de 285.000 pesos. De acuerdo a los fiscales Badano y Yedro, “a fin de poder concretar la maniobra de favorecimiento a la empresa de Cardona Herreros, a dicho trámite se le colocó una fecha de inicio falsa -22/10/2009-, siendo también falsas las fechas de la documentación posterior, incluida la del decreto 5679/09 del MEHyF suscripto por Sergio Urribarri y el contrato que formalizó la Adenda (firmado entre Diego Armando Cardona Herreros (Relcat) y Carlos Marcelo Haidar) ambos fechados el 31/12/09. La falsificación de las fechas en los actos administrativos mencionados permitió que la prórroga de 8 meses, se compute a partir del mes de diciembre de 2009, cuando en realidad la prórroga de la contratación se había comenzado a gestionar en el mes de enero 2010, logrando así la empresa y los funcionarios intervinientes, percibir ganancias por meses que no implicaron contraprestación alguna”, se acotó.

 

(La nota completa en la edición 1115 de la revista ANALISIS del jueves 15 de octubre de 2020)

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