Agresión a Varisco: Barbagelata explicó que “se busca darle tranquilidad a los testigos”

jueza de Garantías, Marina Barbagelata

"Un ataque contra el intendente es una cosa muy amplia y uno tiene que valorar la conducta individual, específica y personal de cada una de las personas que está siendo acusada", afirmó Barbagelata.

La jueza de Garantías, Marina Barbagelata, dio detalles de lo decidido en la audiencia de prisión preventiva contra los tres acusados por el ataque al intendente Sergio Varisco.

En declaraciones realizadas al programa A Quien Corresponda (Radio De la Plaza), Barbagelata sostuvo que lo decidido en la audiencia “fue por los fundamentos que se dieron en la audiencia, se valoró lo dicho por cada una de las partes y en función de lo que se pudo investigar hasta el momento de la audiencia no era posible establecer estrictamente certezas respecto de quien lo había empujado, porque había tres personas pero en la imputación dice que una de las personas lo empujó y en la caída se quebró el intendente”.

Confirmó que “también hubo un video que tuvo difusión en las redes y que vi durante la audiencia a través del celular” y explicó que no lo hizo mediante el televisor de la sala “porque no estaba previsto y para no perder tiempo, porque fue una audiencia muy larga, con dos representantes de la Fiscalía, dos representantes de la querella y tres defensores”.


Los tres acusados de agredir al intendente Sergio Varisco en la audiencia de prisión preventiva. 

“Lo vi tres veces al video en el momento de la audiencia; en una de ellas me centré a primera oportunidad miré a uno de los imputados, en la segunda oportunidad miré todo el proceso de a otra persona y en la tercera vez del siguiente, para no perderme ninguna intervención de cada una de las personas”, describió.

“Es importante que la gente entienda que el rol del magistrado, ya sea en garantía o en juicio, es una irada rigurosa y minuciosa del accionar. Un ataque contra el intendente es una cosa muy amplia y uno tiene que valorar la conducta individual, específica y personal de cada una de las personas que está siendo acusada, por eso lo miré tres veces al video donde se ve claramente diferenciada la actitud de cada uno y eso debía ser reflejado en la medida cautelar durante el proceso”, explicó.

Acotó que “hay testigos e incluso se ve en el propio video que hay gente” y “en la audiencia Fiscalía hizo referencia a que hay testigos que todavía les resta identificar pero que ya tiene testigos que presenciaron el hecho, uno de ellos con identidad reservada porque se manifestó temeroso, y todo esto se tuvo en cuenta para darle tranquilidad a los testigos de que las personas tienen restricciones y cualquier acto que viole las mismas puede tener efecto en el agravamiento de la medida”.

Sobre los objetivos de la prisión domiciliaria, la magistrada señaló que “se pretende no solamente proteger sino también hacer el ámbito propicio para que la identificación sea más fácil y haya menor resistencia de las personas que eventualmente se identifiquen como testigos, y que el trabajo de la Fiscalía en colectar estas entrevistas se haga más sencillo”.

“Frente a una respuesta del Estado que demuestra que está interesada en proteger el proceso, facilitando la investigación que garantiza que las personas que sean testigos se sientan tranquilas, se toman medidas para asegurar que la carga de ser testigos y de prestar su testimonio es valiosa y se ve atravesado por lo que van a declarar sino porque interesa que porque lleguen indemne al juicio”, sentenció.

Respecto de los delitos atribuidos a los imputados, Barbagelata explicó que “el delito en abstracto tiene cinco años de prisión de mínima porque Fiscalía atribuye lesiones graves ya que al caerse y generarse la fractura impide trabajar por más de 30 días, y le atribuyen el delito de coacciones agravadas”. “El Código prevé que cuando a alguien lo amenazan para que haga algo, que no es una amenaza simple; pero cuando lo que se pide a cambio es la obtención de una concesión por cualquier miembro del poder público tiene un agravante. El tema es si eso que pasó allí puede ser calificado como esto, o por el contrario no es así y esto será lo que investigará la Fiscalía”, agregó.  

Consultada respecto del momento en que abordan al intendente, teniendo en cuenta que no concurre todos los días a ese domicilio, sostuvo: “Lo único que sé es lo que fue dicho en el juicio, no sé absolutamente más nada, ni sé qué incidencia podría tener ese dato concretamente, la única información que tengo de los hechos es lo que me fue provisto en la audiencia y como la investigación está a cargo de la Fiscalía desconozco absolutamente esto”.

“Los imputados no hablaron en la audiencia, y solo me fue referido en la audiencia que la señora Gauna fue la única que prestó declaración de imputada y el resto no hizo uso de su derecho”, refirió.

“Tanto la prisión domiciliaria para Musuruana como las restricciones para los otros dos se determinaron por 30 días, y en ese momento se revisarán en una nueva audiencia si Fiscalía entiende que esos 30 días son suficientes”, especificó.

Sobre la postura de Miguel Cullen que desde la querella solicitó la prisión preventiva en la Unidad Penal, cuando históricamente como defensor se opone a esa medida, Barbagelata analizó: “Celebro que generalmente los defensores se opongan a las prisiones preventivas porque es el rol; es difícil en la profesión representar los intereses de la parte cuando tiene otra ubicación en el proceso: una cosa es representar a una persona que está imputada y otra es representar a una persona que fue agredida. Es difícil porque el profesional tiene sus convicciones y por otro lado debe representar intereses, atravesado por lo técnico, pero eso puede significar un plus de lo que al abogado como persona le parece necesario o suficiente”.

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