Gualeguaychú: el Concejo Deliberante sancionó el cupo laboral travesti trans

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Gualeguaychú se sumó al lote de ciudades que sancionaron ordenanzas de cupo laboral travesti trans.

Gualeguaychú se sumó al lote de ciudades que sancionaron ordenanzas de cupo laboral travesti trans. En la sesión de este viernes, el Concejo Deliberante de la ciudad aprobó la ordenanza que establece la inserción laboral y su fomento para personas travestis, transexuales y transgénero.

La Legislatura provincial acaba de dar un maco a nivel de la Administración Pública y empresas del Estado, y antes han sancionado ordenanzas de cupo laboral trans Paraná, Victoria y Rosario del Tala. Gualeguaychú es la cuarta ciudad con cupo laboral, publicó Entre Ríos Ahora.

A nivel provincial, la ley establece que “el Estado provincial, sus organismos descentralizados y las empresas del Estado están obligados a ocupar personas travestis, transexuales y transgénero, que reúnan condiciones de idoneidad para el cargo, en una proporción no menor al 1% de la totalidad de su personal”.

En Gualeguaychú, en cambio, se estableció un “cupo laboral trans” para el sector público de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, sus organismos descentralizados, las empresas subsidiadas por el Estado Municipal y las empresas privadas concesionarias de servicios públicos, las que “estarán obligados a ocupar personas travestis, transexuales y transgénero en una proporción no inferior al 1,5% de la totalidad de su personal, sin distinción del tipo de contratación, ya sea planta permanente, transitoria y/o personal contratado, cualquiera sea la modalidad de contratación, hayan o no accedido al cambio registral establecido en la ley N° 26.743”

“El cupo laboral se irá ocupando a medida que se generen vacantes, debiéndose garantizar la incorporación anual de la menos 1 (una) persona, hasta completar el máximo obligatorio. A los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia en el empleo en los términos del articulo 4° de la presente ordenanza”, explicaron desde el Concejo Deliberante de Gualeguaychú.

“Si las personas aspirantes a los puestos de trabajo no completaron su educación, en los términos del artículo 16 de la Ley N° 26.206 de Educación Nacional, se permitirá su ingreso con la condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos”, según informó el sitio Reporte 2820.

Asimismo informaron que mediante la ordenanza se crea el Registro Único voluntario de Aspirantes Trans (RUAT) que tiene como objetivo facilitar la incorporación de las personas travestis, transexuales y transgénero de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la nueva normativa aprobada por el Legislativo local.

Por otra parte, “se otorgará un descuento en la Tasa Municipal para los privados que garanticen la contratación de personas travestis, transexuales o transgénero en un mínimo del 1% de la totalidad de su personal podrá solicitar descuento en la tasa previa firma de convenio con el Municipio de San José de Gualeguaychú. En tanto, se dará prioridad para la contratación a las cooperativas que garanticen el 1% de cupo trans en sus contrataciones, siempre que las obras a realizarse no estén sujetas a licitaciones públicas”.

 

 

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