El Banco Central flexibiliza límites al cepo cambiario para las empresas

Banco Central

El Banco Central flexibiliza límites al cepo cambiario para las empresas.

El directorio del Banco Central flexibilizó este jueves las restricciones cambiarias que rigen desde agosto del año pasado y que se endurecieron tras el resultado electoral de octubre en el que se impuso el Frente de Todos. A través de la comunicación A 6869, la autoridad monetaria habilitó a empresas a girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos.

En ese sentido, informó que “las entidades podrán dar acceso al mercado de cambios para girar divisas al exterior en concepto de utilidades y dividendos a accionistas no residentes, sin la conformidad previa del BCRA”, al tiempo que agregó que deberán cumplir ciertas condiciones.

Entre otros requisitos, el monto total de las transferencias por giro de dividendos desde el 17 de enero no podrá superar el 30% del valor de los nuevos aportes de inversión extranjera directa en empresas residentes ingresados y liquidados a través del mercado de cambios a partir de la fecha mencionada, sostuvo el Banco Central.

Las utilidades y dividendos deben corresponder a balances cerrados y auditados. Asimismo, el monto total abonado por este concepto a accionistas no residentes, incluido el pago cuyo curso se está solicitando, no puede supere el monto en moneda local que les corresponda según la distribución determinada por la asamblea de accionistas.

“La entidad deberá contar con una declaración jurada firmada por el representante legal de la empresa residente o un apoderado con facultades suficientes para asumir este compromiso en nombre de la misma”, aclaró el BCRA en la comunicación.

El BCRA detalló que el cliente deberá presentar la documentación que avale la capitalización definitiva del aporte. “En caso de no disponerla, deberá presentar constancia del inicio del trámite de inscripción ante el Registro Público de Comercio de la decisión de capitalización definitiva de los aportes de capital computados de acuerdo a los requisitos legales correspondientes y presentar la documentación de la capitalización definitiva del aporte dentro de los 365 días corridos desde el inicio del trámite”, señaló.

Cabe recordar que tras la implementación de las restricciones cambiarias, las compañías tenían prohibido el acceso al mercado de cambios para girar utilidades en moneda extranjera y una de las opciones que tenían era dolarizarse a través del dólar contado con liquidación.

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