Tras conocerse horas atrás la confirmación de Casación de la condena a la expresidenta en la causa Vialidad, el vocero Manuel Adorni dio a conocer la resolución de Anses: “La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal en la Causa Vialidad como autora del delito de administración fraudulenta, por lo que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”.
El Gobierno le dio de baja a la asignación de privilegios que la exvicepresidenta Cristina Kirchner venía percibiendo por orden del presidente Javier Milei.
Así lo informó el vocero presidencial Manuel Adorni, a la vez que indicó que se le quita “tanto la personal como la derivada por pensión” por el fallecido Néstor Kirchner y que esto significa “un ahorro de $21.827.000 mil pesos”.
De acuerdo al portavoz, “el beneficio previsto por la Ley 24.018 para expresidentes y exvicepresidente de la Nación es una asignación que no tiene carácter contributivo y se otorga con carácter excepcional y extraordinario, como contraprestación al honor, el mérito y el buen desempeño en el cargo. La señora Cristina Kirchner fue condenada por la Cámara de Casación Penal en la Causa vialidad como autora del delito de administración fraudulenta, por lo que representa lo contrario al honor, al mérito y al buen desempeño”, argumentó Adorni la decisión de la administración libertaria, en relación a la confirmación este miércoles de la sentencia por parte de la Cámara Federal de Casación por la causa Vialidad.
Y agregó: “La jubilación a exmandatarios es un privilegio que no debería existir en la Argentina, más aún si quien la percibe está condenada por estafar desde las más altas esferas del poder a millones de argentinos que vieron esfumarse sus esperanzas a manos de la política”.
Más tarde, confirmó en redes sociales que la asignación de privilegio “que cobran otras personas en similares condiciones se darán también de baja”.
Además, el vocero consideró que la medida adoptada por el ministerio de Capital Humano y comunicada por ANSES “es nada más ni nada menos que otorgar un manto de sentido común y cordura a la gestión pública. Durante el mandato del presidente Milei, la Argentina no va a destinar fondos a ninguna persona que esté condenada por corrupción y que haya más mancillado el honor y la dignidad de los argentinos”, concluyó.
Este miércoles, la Cámara Federal de Casación, máximo tribunal penal del país, confirmó la sentencia contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner (2007-2015) en el caso Vialidad. El fallo llegó casi dos años después de que la exmandataria fuera condenada a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la Administración pública. Ahora, la defensa de la expresidenta tiene diez días para apelar ante la Corte Suprema de Justicia, que deberá entonces resolver si la condena queda firme.
El texto del comunicado
Frente a la reciente confirmación por la Cámara de Casación Penal de la condena a Cristina FERNANDEZ de KIRCHNER a la pena de seis (6) años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, el gobierno del Presidente Milei, a través del Ministerio de Capital Humano, resolvió dar de baja los beneficios de privilegio que la ex Presidente venía percibiendo, tanto la asignación personal como la derivada por pensión.
La baja dispuesta por Resolución de la ANSES no constituye una sanción accesoria a la condena penal que le fuera impuesta por la justicia, sino una necesaria consecuencia por la indignidad que implica haber sido considerada autora penalmente responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
En efecto, el beneficio previsto por la Ley N° 24.018 para ex presidentes y ex vicepresidentes de la Nación, es una asignación graciable, sin carácter previsional, que se otorga como contraprestación al honor, mérito y el buen desempeño del cargo.
No tiene carácter contributivo -esto es, no está sustentada en aportes equivalentes realizados por el propio beneficiario- sino que constituye una gracia otorgada en reconocimiento del mérito y del honor.
La condena confirmada por la segunda y última instancia judicial ordinaria, afecta el presupuesto legal que tiene en miras este privilegio, de por sí discutible. Haber sido encontrada culpable de un delito contra la administración pública en el ejercicio de su función como Presidente de la Nación, torna inadmisible que pueda seguir percibiendo asignaciones de privilegio que le fueron otorgadas con carácter excepcional y extraordinario por un supuesto buen desempeño y por el honor del cumplimiento de su función presidencial. Tales premisas no pueden ser sostenidas frente a la sentencia de Casación Penal.
Por todo ello, un elemental respeto a la coherencia de la gestión de gobierno y de las consecuencias que debe tener la comisión de esta clase de delitos que atentan contra el sistema democrático (art. 36 CN) por quien tuviera a su cargo los destinos y administración de la Nación, justifica la medida adoptada.
Por último, es preciso destacar la ejemplaridad que la pérdida de estos privilegios tiene para la sociedad entera y para la clase política que debe recuperar los valores éticos e institucionales que supieron cultivar nuestros próceres y padres fundadores.