Presentarán un proyecto en el Congreso para eliminar del Código Penal la figura de “avenimiento”

El documento que ingresará al Senado propone quitar del artículo 132 del Código Penal toda mención al indulto de la pena otorgada por un abuso sexual, que actualmente sostiene que el tribunal podrá dar lugar “excepcionalmente” al pedido de avenimiento de la mujer, cuando considere que ella lo pide libremente y “en condiciones de plena igualdad”, entendiendo que es el “modo más equitativo de armonizar el conflicto con mejor resguardo del interés de la víctima”.

Para Filmus, los “peros” de la actual norma están errados de base: “No existe igualdad ni al momento de la violación ni cuando se pide el avenimiento”, explicó en declaraciones reproducidas por Página 12.

El autor de la iniciativa que busca eliminar esta figura del Código Penal alertó: “Cerca del 80 por ciento de las violaciones se producen en la propia familia, con situaciones de relación amorosa. Al momento de pedir el avenimiento, pesan presiones culturales, familiares o que tienen que ver con una situación de desigualdad de la pareja. Formas que no son necesariamente la violencia física, por ejemplo, la manutención propia y de los hijos o las consecuencias psicológicas del abuso”.

Un caso reciente

En el caso de Carla Figueroa, el Tribunal de Impugnación de La Pampa otorgó el 2 de diciembre el avenimiento a Marcelo Tomaselli, que la mataría al sexto día de libertad. En el fallo emitido por el juzgado se apuntaba que la joven no había recibido ningún tratamiento psicológico y se encontraba “prácticamente desamparada a nivel emocional, sin ningún tipo de protección o resguardo por parte de su círculo familiar y social”.

Figueroa sufrió a los ocho meses de vida el asesinato de su mamá por parte de su padre, por lo que fue criada por su hermana y su abuela materna. A los 15 años quedó embarazada de Tomaselli. Mantuvieron una relación hasta que en marzo se separaron. Meses después, él la pasó a buscar por el trabajo con la excusa de que quería conversar, la llevó a un descampado y la violó mientras la amenazaba con un cuchillo.

“Desde el sentido común, la decisión de los jueces (de otorgar el avenimiento a Tomaselli) parece una locura. Pero ellos actuaron en base al atraso legislativo que permite que esto suceda”, consideró Filmus.

La norma vigente

La norma data de 1921, cuando se sancionó el Código Penal actual, que establecía que en los casos de violación de una mujer soltera el hombre quedaría “exento de pena si el delincuente se casare con la ofendida, prestando ella su consentimiento”. A través de esa norma, sostiene el proyecto de Filmus, el Estado “estaba protegiendo el honor de la familia” acorde con la sociedad “de características eminentemente machistas y patriarcales” de principios de siglo XX.

En 1999, el artículo fue modificado: “Una simple lavada de maquillaje”, define la diputada Marcela Rodríguez, autora de dos proyectos de ley que van en el mismo sentido que el de Filmus, presentados en 2008 y 2010, y que actualmente están en la Comisión de Legislación Penal, presidida por el diputado Juan Carlos Vega, de la Coalición Cívica.

“Que no se derogue el artículo 132 viola la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, entre otros acuerdos internacionales”, explicó la diputada. Por lo tanto, para Filmus, “si uno va al fondo de la cuestión, es inconstitucional”.

“La cantidad de casos que hemos tenido en los últimos tiempos, muchos de ellos que terminaron en muerte y otros que no llegan a los medios, demuestran que la desigualdad de género no es cosa del pasado”, señaló el legislador. “Me parece que está claro que hay que profundizar los programas de apoyo a las víctimas y de difusión sobre la problemática. Los cambios de los comportamientos sociales llevan años, pero la legislación no puede ser anacrónica”, concluyó.

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