Basta es basta: “Las víctimas no tienen que demostrar que los agrotóxicos envenenan, el Estado debe demostrar lo contrario ya que autoriza su uso”

Por JCB de ANALISIS
juan_cruz_butvilofsky@hotmail.com

La Justicia volvió a marcarle la cancha al agronegocio y a los representantes políticos que operan para defender la rentabilidad de los productores que utilizan agrotóxicos. La Sala Penal del STJ resolvió declarar nulo el decreto Nº4407/18 a través del cual el gobierno de Gustavo Bordet pretendía llenar el vacío legal a la hora de regular el uso de los venenos para la producción agropecuaria. De este modo, quedó vigente la prohibición de fumigar a tres mil metros vía aérea y mil metros vía terrestre en inmediaciones de escuelas rurales.

Esta decisión del máximo órgano judicial fue bien recibida por quienes integran la coordinadora Basta es Basta, de intensa militancia contra el uso de venenos en la producción de alimentos y en resguardo de las poblaciones rurales que están constantemente expuestas a las fumigaciones del agro. "Es nulo el decreto que permite fumigar cerca de las escuelas rurales sentenció el STJ de Entre Ríos. Teléfono para el gobernador Gustavo Bordet y para el Presidente de la Nación, Mauricio Macri quien también opinó sin fundamento a favor de las empresas de agroquímicos", expresó en un documento la coordinadora que tiene en sus filas al gremio docente AGMER y el Foro Ecologista.

Justamente estas dos organizaciones intermedias fueron las que presentaron el amparo que originó la restricción. Cabe recordar que tras suceder varios hechos de productores fumigando encima a alumnos de escuelas rurales, el gremio docente y el Foro Ecologista resolvieron presentar un amparo que proteja el interés superior del niño. El expediente que se inició con ese amparo tuvo varios capítulos favorables para los integrantes de la coordinadora que fueron superando las apelaciones dispuestas por el gobierno provincial que siempre actuó a favor de los productores del agronegocio. El fallo de ayer fue un poroto más que se anotaron los militantes ambientalistas y en defensa de la vida, contra los intereses del agronegocio que defienden los niveles de rentabilidad.

En el documento, Basta es Basta citó al propio fallo de la Sala Penal: "No se requiere, como sugiere la defensa estadual, que exista un perjudicado concreto, justamente por el cambio de paradigma que el derecho ambiental supone, que busca prevenir el daño a la salud de las personas. No parece razonable invocar la necesidad de un proceso de 'mayor amplitud de debate y conocimiento', cuando las constancias arrimadas por el Estado son suficientes para tener por acreditado que no se han asegurado 'por las áreas estatales específicas que se obtendrán idénticos efectos preventivos para la salud de alumnado y personal' que se tienen con las distancias preventivas dispuestas judicialmente. No porque el juzgador sea un conocedor de la ciencia que – obviamente- le es ajena, sino porque la lógica jurídica dejó al descubierto la falta de rigor científico en la toma de esa decisión”.

En esa línea, el fallo agregó que "no debía el Foro Ecologista demostrar que las distancias dispuestas en el Decreto son perjudiciales para la salud (mucho menos esperar que exista un perjudicado concreto como sugiere la defensa), sino que, puesto ello en duda, el Estado debía poner a disposición los documentos que revelaran qué tipo de intervención tuvieron el Ministerio de Salud a través de la Dirección de Epidemiología y la Secretaría de Ambiente del Ministerio de Producción de la Provincia de Entre Ríos, y/o 'qué estudios científicos y académicos' avalan las distancias fijadas en el decreto".

El polémico decreto de Bordet tenía el objetivo de cumplir con una manda judicial de llenar el vacío legal sobre agrotóxicos. Pero el problema surgió cuando el gobierno, sin mayor rigor científico, disminuía considerablemente las distancias establecidas por el fallo de primera instancia: el gobierno habilitaba las fumigaciones aéreas a una distancia de 500 metros y vía terrestre a cien metros de las escuelas rurales. Es decir, el decreto pretendía pasar por encima un fallo judicial sin argumentos científicos.

El fallo agregó: "La insolvencia técnica del trabajo interministerial (…) no dejan lugar a una duda que amerite mayor amplitud probatoria y debate. El rigor científico, está – simplemente - ausente, más no controvertido. De allí que no pueda esperarse 'mayor debate y prueba'".

"El escenario del cual debe partirse desde el dictado de la sentencia anterior (donde la justicia ordenó una distancia de protección de 1000 metros terrestres y 3000 aéreos ante pulverizaciones con agrotóxicos) es el de la falta de certeza respecto de las medidas adecuadas que deben tomarse para garantizar la inocuidad de la actividad fumigatoria con agrotóxicos, sin que el Estado haya podido acreditar con los expedientes arrimados que las distancias dispuestas en el decreto garantizan los efectos preventivos para la salud de alumnado y personal que asiste a los colegios rurales, como lo exige el fallo que está obligado a cumplir", se amplió.

En esa línea, desde Basta es Basta aseguraron: "El fallo del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos es muy insistente respecto a que el Decreto n° 4407/ 2018 del Gobierno provincial nunca demostró mediante ningún tipo de estudio ni dictamen oficial de ninguna entidad que reducir las distancias de fumigaciones de las escuelas rurales era inocuo para la salud de las y los entrerrianos".

Para finalizar, el comunicado caracterizó lo ocurrido como "el mundo del revés" y criticó el rol adoptado por el gobierno de Gustavo Bordet: "El Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos que debe asegurar medidas expeditivas y eficaces para garantizar el cumplimiento de los derechos de los niños, apela en su contra, a favor de la agroindustria en base a químicos tóxicos".

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