La Justicia Electoral Nacional asignó los colores para las boletas de los partidos y alianzas

Esta será la primera vez que se utilicen boletas de colores, a partir de la reglamentación de la ley de reforma política votada el año pasado.

El azul y el rojo fueron los colores más disputados. Sin embargo, casi todos los partidos que los requirieron podrán utilizarlos, aunque con distintos matices. Durante las reuniones previas, el Frente Popular de Eduardo Duhalde, la Alianza Compromiso Federal de Alberto Rodríguez Saá y el Frente para la Victoria peleaban por la utilización del color azul, informó El Diario.

Servini de Cubría resolvió, a través de un fallo publicado en el Centro de Información Judicial, otorgar el azul al kirchnerismo, el celeste al puntano y al partido del ex presidente de la Nación una combinación de verde y fucsia, luego de que desistiera de utilizar el tono pedido.

A su vez, la magistrada concedió la utilización del rojo al Frente de Izquierda, alianza conformada por el Partido Obrero, el Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS) e Izquierda Socialista. Ninguno de ellos, sin embargo, podrá utilizar el color para presentar listas con su propio nombre, sino que deberán usar el blanco. Esto se debe a que las agrupaciones no consiguieron llegar a un acuerdo respecto a la tonalidad a utilizar.

La Unión para el Desarrollo Social de Ricardo Alfonsín y Francisco de Narváez era la otra alianza que pugnaba por la utilización del matiz rojo. Sin embargo, accedieron a concurrir a las urnas con una mezcla de colorado y blanco.

Por su parte, el Frente Amplio Progresista, que llevará a Hermes Binner como candidato presidencial, se presentará bajo la combinación de naranja y azul.

La parte dispositiva de la resolución

ASIGNAR al Partido Humanista –Orden Nacional-, el derecho a la utilización del color naranja -código Pantone Orange 021.-

Al Partido Pro -Propuesta Republicana- -Orden Nacional-, el derecho a la utilización del color -código Pantone Amarillo 116 C, y la combinación de colores: 124 C; 158 C; 1795 C; 383 C; 631 C Y 2728 C, no pudiendo ser utilizados, estos últimos en forma individual, conforme lo expresado en las consideraciones de la presente.

Al Partido Coalición Cívica-Afirmación para una República Igualitaria -Orden Nacional-, el derecho a la utilización de la combinación de los colores Azul 308 U y Verde 369 U, no pudiendo ser utilizados en forma individual, conforme lo expresado en las consideraciones de la presente.

A la Alianza Frente de Izquierda y de los Trabajadores el derecho a la utilización del color Rojo 032 U.

Al Partido Unión Celeste y Blanco –Orden Nacional-, el derecho a la utilización de la combinación de los colores Rojo 1797 C y Celeste 297 U, no pudiendo ser utilizados en forma individual, conforme lo expresado en las consideraciones de la presente.

Al Partido Solidario -Orden Nacional-, el derecho a la utilización del color Cian 7467 U.

A la Alianza Unión para el Desarrollo Social UDESO, y al partido Unión Cívica Radical -Orden Nacional- (que la integra), el derecho a la utilización de la combinación de los colores Rojo 485 U y Blanco, no pudiendo ser utilizados en forma individual, conforme lo expresado en las consideraciones de la presente.

A la Alianza Frente para la Victoria y al Partido Justicialista -Orden Nacional-, que la integra, el derecho a la utilización del color: Azul 3005U.

A la Alianza Compromiso Federal, y al Partido Es Posible (que la integra) el derecho a la utilización del color Celeste 635 U.

A la Alianza Frente Popular y al Partido Unión Popular -Orden Nacional (que la integra), el derecho a la utilización de la combinación de los colores Fucsia 246 U y Verde 367, no pudiendo ser utilizados en forma individual, conforme lo expresado en las consideraciones de la presente.

A la Alianza Proyecto Sur y al Partido Socialista Auténtico -Orden Nacional- (que la integra), el derecho a la utilización del color Verde 368 U.

A la Alianza Frente Amplio Progresista, el derecho a la utilización de la combinación de los colores Azul 661 C y Naranja 1645 C no pudiendo ser utilizados en forma individual, conforme lo expresado en las consideraciones de la presente.

Al Partido Movimiento de Acción Vecinal-Orden Nacional-, el derecho a la utilización del color Verde 371 U.

Al Partido Del Campo Popular, el derecho a la utilización del color Naranja 137.

Al Partido Demócrata Cristiano -Orden Nacional, el derecho a la utilización de los colores Rojo Pantone 185 C y Azul Reflect Blue, no pudiendo ser utilizados en forma individual, conforme lo expresado en las consideraciones de la presente.

Foto: Infobae

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