Tras la denuncia de Femer, Salud intensificará el control de la matricula de profesionales médicos

Durante la reunión de trabajo, el ministro de Salud, subrayó la importancia del control de la matriculación en la provincia de los profesionales médicos que prestan servicios tanto en efectores públicos como privados.

“La matrícula nacional es otorgada por el Ministerio de Salud de la Nación y tiene validez solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) y los establecimientos dependientes de ese organismo” indicó Giano.

En ese sentido, agregó algo fundamental que la población necesita saber. De acuerdo a lo establecido en la Ley 3818, “el ejercicio ilegal de la medicina comprende a los profesionales que no están inscriptos en los registros del Ministerio de Salud Pública de la provincia o en el Colegio de Profesionales respectivos aún teniendo título habilitante. Además es un derecho de los pacientes que los profesionales de la medicina que los atiendan estén matriculados en Entre Ríos”.

Por su parte el subsecretario de Gestión y Servicios Asistenciales, Alberto Duarte, comentó a APF: “Permanentemente estamos haciendo el reempadronamiento de matriculas porque es esencial tener un padrón actualizado de los médicos y especialidades que tenemos en la órbita provincial”.

Cabe citar que el Ministerio de Salud recibió por parte de la Federación Médica de Entre Ríos (FEMER) una denuncia formal por lo que también se actuará en consecuencia.

Del encuentro participaron además el coordinador general del Ministerio, José Luis Rodríguez; el coordinador de Recursos Humanos y Liquidaciones, Leandro Agasse; los directores de Atención Médica y Asuntos Jurídicos, Roberto del Valle Lares y Gaspar Recca, respectivamente; y las jefas del Departamento Integral del Medicamento, Cristina Collino; Contralor Profesional, Valeria Chávez Gabas y la médica auditora, Liliana Bustos.

Especificaciones
La Ley 3818 establece que ejercen ilegalmente la medicina:

- Los que no tengan títulos habilitantes.

- Los que teniendo títulos habilitantes se extralimiten en el ejercicio de su profesión, o anunciaren o realizaren pretendidos recursos de curas secretas, misteriosas, supuestamente sobrenaturales infalibles.

- Los que no estén inscriptos en los Registros del Ministerio de Salud Pública de la Provincia o en el Colegio Profesional respectivo aún teniendo título habilitante.

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