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Ventanilla abierta a Préstamos Generales del FNA

Préstamos Generales

La amortización es mediante sistema francés y liquidación de cuotas en forma mensual y consecutiva.

El Fondo Nacional de las Artes sostiene la abierta la ventanilla para Prestamos Generales, destinada a cubrir gastos relacionados proyectos culturales. Los mismos están orientados a financiar cualquier etapa del proceso creativo y de la realización de la obra artística, ya sea el inicio o el desarrollo de actividades específicas tales como viajes de estudio, edición de libros o CDs, montaje de obras.

Asimismo, pueden ser utilizados para financiar la compra de equipamiento y materiales artísticos, entre otros y/o ser solicitado para la mano de obra y la compra de materiales de construcción para la refacción de un inmueble destinado al desarrollo artístico.

En caso de solicitar un préstamo para la edición de libros el/la solicitante del préstamo tanto como persona física o bien como miembro de una sociedad, debe estar al día con su obligación de cumplir con el registro y depósito de toda obra que haya editado (sea de dominio privado o público) conforme lo determina la Ley N° 11.723.

Amortización: mediante sistema francés y liquidación de cuotas en forma mensual y consecutiva.

Cotitularidad: esta línea permite la solicitud de un préstamo por más de una persona, por ejemplo, una pareja o sociedad. En ese caso, todos deberán cumplir con las condiciones artísticas y/ o culturales definidas por el FNA y se deberá designar a uno de los cotitulares como representante ante la institución.

Codeudor: en esta línea también se puede presentar un codeudor a fin de sumar ingresos netos para determinar la capacidad de pago del solicitante. Estos pueden ser padres, hermanos, hijos, convivientes de los solicitantes y/o cualquier otra persona, quienes asumirán el carácter de codeudor solidario, liso, llano y principal pagador del préstamo y sin beneficio de excusión y división del crédito.

Garantía: para esta línea de préstamos es indispensable la presentación de un garante. Es la persona que responderá por el total de la deuda contraída por el solicitante ante el incumplimiento del pago, quien asumirá el carácter de codeudor solidario, liso, llano y principal pagador del préstamo y sin beneficio de excusión y división del crédito. Los cónyuges no pueden ser garantes del préstamo, pero sí pueden ser codeudores.

El préstamo es hasta $800.000

Tasa fija del 12% anual

Se puede presentar codeudor

Toda la información en: https://fnartes.gob.ar/prestamos/generales

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