Con una denuncia, la Agrupación Patronato Siglo XXI pidió postergar las elecciones

La agrupación Patronato Siglo XXI, que postula a Osvaldo Tarzia como candidato a presidente de Patronato de la Juventud Católica para las próximas elecciones, pidió la postergación de las elecciones programadas para el 1 de octubre. A través de un documento presentado en la oficina de la entidad, solicitó reprogramar el acto eleccionario para el 5 de noviembre.

Los apoderados legales de una de la lista que se presenta como opción a la conducción institucional del club denunció irregularidades en el proceso electoral. En este punto denuncian al candidato por el oficialismo, Dante Molina, de oficiar de juez y parte de las elecciones.

El comunicado presentado por la Agrupación Patronato siglo XXI, dirigido al presidente Oscar Lenzi, el actual titular de la institución, que reproduce Uno Entre Ríos es el siguiente:

Los abajo firmantes con domicilio real constituido en calle Presbítero Bartolomé Grella Nº 768, de la Ciudad de Paraná, Provincia de Entre Ríos; venimos por este acto en calidad de Apoderados de la LISTA de la AGRUPACION PATRONATO SIGLO XXI, a observar y a solicitar a Uds.: la Postergación del Acto Electoral para la renovación de autoridades de la entidad, requiriendo se realice el día 05 de noviembre de 2023. El pedido se fundamenta en virtud de que se han observado irregularidades en el proceso electoral a saber:

  1. Acto de presentación de listas, no habiendo corrido vista de las mismas, a los apoderados de las listas presentadas.

     2-  No se han expuesto previo a la Oficialización, las listas presentadas por las distintas agrupaciones.

  1. Posteriormente no se ha realizado el Acto de Oficialización de las Listas a las 48hs. conforme lo establece el estatuto de la entidad, el Código Nacional Electoral y la normativa vigente.
  2. No se ha podido verificar por parte de los apoderados de lista las correspondientes “Aceptaciones de postulación de socio/a a integrar las listas presentadas”; con rubrica, número de documento y número de socio/a.
  3. Irregularidades en el Padrón: presunto faltante de socios y socias vitalicios corroborados con el último padrón definitivo por esta agrupación.
  4. Falta de exhibición, en un lugar visible para los socios y socias, del padrón provisorio y definitivo en la sede la entidad; para conocimiento y observación de los socios y socias de la entidad deportiva.
  5. Padrón ordenado alfabéticamente, para facilitar al socio y socia su participación.
  6. Publicacion de la cantidad de Urnas y de Mesas para el conocimiento de socios y socias que concurran a sufragar. Con sus respectivos números y desglose de Padrón alfabéticamente ordenado.
  7. Diseño de Boletas de Sufragio.
  8. No se ha notificado de lugar de ingreso de socios y socias para la votación. Notificar lugar de ingreso de socios/as para el sufragio, siendo una sola la entrada habilitada para tal fin; las demás deberán ser cerradas con precintos.
  9. Falta de notificación fehaciente a los Apoderados de Listas de las Resoluciones efectuadas en referencia a los comicios.

Por otra parte, sostenemos que al momento de sufragar el socio y la socia deberá acreditar su identidad con su DNI, no siendo válido ningún otro documento para corroborar su identidad.

Todas estas observaciones determinan la violación del Estatuto de la entidad, el Código Civil y el Código Nacional Electoral que determinan la falta de transparencia y violación de los derechos de elegir y ser electo de los socios y las socias en un acto democrático para la entidad. Tornando a estos, con el proceder por parte de la Comisión Directiva del Club Atlético Patronato de la JC de obstaculizar la democracia interna de la institución, a realizar actos administrativos nulos de nulidad absoluta.

En este mismo acto, requerimos a Ud. Copia del Balance a considerar en la Asamblea General Ordinaria a celebrarse el día 14 de septiembre del corriente año, en el término de 24 horas a partir de la entrega de la presente.

Para el caso de no ser considerado nuestro requerimiento, reservamos el derecho de ocurrir ante la Dirección Provincial de Personería Jurídicas, reservando derecho a acciones legales correspondientes.

A la espera de vuestra respuesta, Saludamos a Uds. Atte.

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