La causa Yedro está por cumplir 10 años… y nada

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El STJ tiene a resolución el planteo de constitucionalidad desde hace ocho meses

Claudio Gastaldi

Falta poco para que la causa por enriquecimiento ilícito contra el dirigente justicialista Mario Yedro cumpla 10 años. A pesar del tiempo transcurrido, sigue detenida, ahora en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, a cargo de Daniel Carubia, Miguel Carlín y Carlos Chiara Díaz, y por ende no puede ser elevada a juicio. El caso había sido denunciado por ANALISIS en aquellos años tras advertir que el patrimonio del ex senador había crecido en forma desproporcionada a sus ingresos.

Pese al tiempo transcurrido, la causa por enriquecimiento ilícito contra el ex senador justicialista Mario Yedro sigue detenida, ahora en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, a cargo de los jueces Daniel Carubia, Miguel Carlín y Carlos Chiara Díaz, y por tal razón no puede ser elevada a juicio.

El hecho cobra trascendencia luego que la ex polifuncionaria María Julia Alzogaray se manifestó convencida de que su calidad de presa y rea de la Justicia está vinculada casi exclusivamente a su no pertenencia al justicialismo.

Datos para sospechar tal cosa no le faltan ni a ella ni a la sociedad. En este caso, para no ir tan lejos, a pesar de la presión social y la imponente acumulación de pruebas, la causa Yedro estuvo alrededor de cinco años en el Juzgado de Instrucción a cargo del juez Héctor Pessolani y del fiscal Jorge Suñer. Fue elevada a juicio recién después de que el gobierno cambió de signo político en la provincia (luego del triunfo de la Alianza). Desde allí hasta acá han pasado otros cuatro largos años en los que las “chicanas” legales, los favores de los amigos en la Justicia y el intento para que se declare la inconstitucionalidad del principio que, en el caso del delito de enriquecimiento ilícito, invierte la carga de la prueba, siguen dilatando los plazos para llevar finalmente a juicio oral y público al ex senador y actual empresario adinerado. En poco tiempo más se cumplirán 10 años desde que el dirigente justicialista fue denunciado por ANALISIS tras notar que su patrimonio había crecido en forma desproporcionada a sus ingresos, conocidos. Llamativamente también y apenas María Julia comenzó a hablar, quedó en libertad. ¿Querrán evitar algo parecido?

Desde el mes de octubre del año 2004 y luego de un recurso de casación (aceptado por la Cámara del Crimen de Concordia) que presentó Jorge Romero (abogado de Yedro), esta causa permanece en la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia.

A pesar de los ocho meses transcurridos, la Sala Penal (integrada por sólo tres miembros) aún no ha podido hacerse de tiempo para, simplemente, decidir si hace lugar o no a este planteo. Planteo que, por otra parte, ya rechazó en una oportunidad anterior por considerarlo fuera de tiempo, es decir, por una cuestión de forma.

Fue en la ocasión en que Yedro-Romero apelaron el dictado de procesamiento de Pessolani. El núcleo de esa apelación fue la supuesta inconstitucionalidad de la ley que invierte la carga de la prueba en el delito de enriquecimiento ilícito.

Tanta demora no se condice con la reciente acordada en la que el Superior Tribunal hace una explícita recomendación a las instancias judiciales inferiores a que agilicen las causas atrasadas. Podría decirse “haz lo que yo digo, no lo que yo hago”.

En el año 2001 Yedro apeló el procesamiento y la causa se remitió al tribunal (Cámara de Apelaciones) de Concepción del Uruguay (integrado por algunos compañeros), que hizo lugar a la apelación, aceptando, en voto dividido (2 a 1) la supuesta inconstitucionalidad de esa ley. Como era de suponer, tal decisión fue apelada por la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (que por aquellos días oficiaba de querellante) y la causa terminó en el STJ que, en un sencillo trámite, señaló el destiempo de ese planteo de supuesta inconstitucionalidad y mandó a formar un tribunal ad-hoc que tratara nuevamente la apelación. Otro tribunal de Uruguay, sin mayoría de “compañeros”, avaló el procesamiento y la causa regresó a manos del juez Pessolani, que decidió elevarla a juicio cuando promediaba el año 2003.

Una vez en la Cámara del Crimen local, ésta, luego de citar a las partes a juicio, definió la fecha del Oral y Público para el 20 de agosto de 2004.

El trámite del juicio se frustró luego de que Romero-Yedro volvieran a la carga por la supuesta inconstitucionalidad del principio de inversión de la carga de la prueba en este delito de enriquecimiento y presentaran un nuevo recurso en casación.

Aunque algunos sostienen que la Cámara del Crimen de Concordia debió rechazar tal pedido, los camaristas de entonces entendieron que el Tribunal recurrido debía efectuar un análisis de admisibilidad. Lo hicieron y consideraron que tal pedido resultaba admisible pues versaba sobre una cuestión de fondo, esto es la constitucionalidad, y porque si no lo hacían, corrían el riesgo del “recurso de queja” y de que el STJ ordenara la devolución del expediente. Así por lo menos lo hicieron saber a ANALISIS altas fuentes judiciales.

(Más información en la edición gráfica de ANALISIS de esta semana)

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