El Día de la Resocialización

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694
27 de febrero, después de la condena a Mori, Morard y Sola

José Carlos Elinson

Si es cierto que la ley pareja no es rigurosa, el lunes 27 de febrero hemos inaugurado, a partir del adelanto del fallo del tribunal que juzgó a los implicados en el caso de los ATN de ACISER, el Día de la Resocialización. Veamos parte del informe de la periodista Marcela Pautaso en la edición del martes 28 del corriente en El Diario de Paraná.

Para el tribunal, Mori fue co-autor del fraude en la obtención ilegal de los ATN. En ese sentido, dijo que Mori, Morard y Sola idearon una maniobra fraudulenta para obtener en forma ilegal los fondos nacionales. “Pergeñaron desde el inicio, la obtención ilegal de los Aportes del Tesoro Nacional, haciendo aparentar que estos fondos iban a una obra que se estaba ejecutando”.

Para cometer el ilícito, los autores utilizaron “una sigla prácticamente inexistente como lo era ACISER” y “quebrantaron posteriormente el deber positivo de rendir cuentas”, dijo.

En cuanto al segundo ATN, García consideró que en realidad el primer aporte operó como “pantalla para obtener el segundo”, que al no poder justificar la inversión, los condenados debieron falsear recibos, falsificar firmas y declaraciones testimoniales.

Al referirse a Morard y Sola que obtuvieron una pena menor a la de Mori, el magistrado explicó que no por eso “dejan de ser co-autores” del delito. Dijo que la ex concejal como el ex tesorero de ACISER “tuvieron el co-dominio permanente del hecho. Este hecho no se hubiese podido llevar a cabo si ustedes, Morard y Sola, no solicitaban el ATN y no prestaban ACISER para ello. Eventualmente, pudieron desistir de lo que era una tentativa, hasta el momento de la apropiación del segundo ATN, pero no sólo que lo hicieron, sino que presentaron una rendición de cuentas fraudulenta. Por este motivo, son co-autores”.

En cuanto al aspecto de las penas aplicadas a Mori, Morard y Sola, el presidente de la Sala I de la Cámara del Crimen de Paraná, Jorge García, dijo que tal como lo establece la Constitución Nacional, las penas que se aplican son por el quebranto de la norma y no porque “sean enemigos”.

Asimismo, consideró que los condenados al quebrantar la norma hicieron “una comunicación defectuosa del orden jurídico. Para ustedes las normas no regían, por lo que el orden jurídico les contesta que las normas están vigentes”.

“Se les reconoce la calidad de ciudadanos, por eso nuestra Constitución proscribe todo criterio de represalia o de venganza en la pena, al decir que la pena no es para castigo, sino para resocialización o seguridad jurídica”.

Razonemos: si aquellos a los que la propia Justicia reconoce como quienes “pergeñaron desde el inicio, la obtención ilegal de los Aportes del Tesoro Nacional, haciendo aparentar que estos fondos iban a una obra que se estaba ejecutando”, se les aplica una pena que “…no es para castigo, sino para resocialización o seguridad jurídica”, sería de suponer que hacer desaparecer una suma de dinero del Estado, que hoy equivaldría a unos 3 millones de pesos, no configura un delito (¿Será apenas una distracción?), tampoco deberían considerarse como tales -delincuentes y delitos- todos aquellos hombres y mujeres que súper pueblan los establecimientos carcelarios por haber protagonizado distracciones de infinitamente menor cuantía, muchas veces impulsados por la necesidad, el hambre o la distracción de aquellos que deben estar atentos a las necesidades de la gente.

Ellos, los distraídos que cumplen condena, no hacen más que estar presos por haber robado, y no tenemos noticias de que se los deje en libertad para su resocialización o seguridad jurídica.

Sigamos razonando: si unos están presos -condición que nos han enseñado es la que deben encontrarse los que delinquen-, y otros, con la carga de prueba suficiente según los jueces, de haber hecho desaparecer casi un millón de dólares -suma de la que hasta ahora no ha sido exigida su devolución-, deberán cumplir tareas comunitarias en el Hospital San Roque y en Ángeles Custodios a razón de una hora diaria por todo el tiempo que duren sus respectivas condenas de prisión condicional, es decir, libertad, ¿se le habrá aflojado algún resorte a la balanza de la Justicia?, ¿se le habrá perdido alguna pesa?

La primera respuesta que aparece para quienes seguimos atentamente el discurso del señor presidente del Tribunal, doctor Jorge García, es que los encontrados culpables del delito de “defraudación reiterada a la administración pública”, al carecer de antecedentes por otros delitos pueden delinquir tranquilos aunque las pruebas en su contra sean apabullantes porque se les concederá el beneficio de la prisión condicional para su resocialización.

No podemos decir lo mismo del tipo que pasa por una carnicería y se roba un costeleta si un año antes se había robado dos chorizos y una morcilla. Ese delincuente debe cumplir prisión efectiva.

No, lector, no sea elemental ¿cómo se le ocurre calcular cuántas costeletas, chorizos y morcillas pueden comprarse con unos 3 millones de pesos? Lo suyo es infantil, lector, y seguramente le pasa lo mismo que a mí: tener que dejar lo que está haciendo -yo tratando de escribir, como puede imaginarse- porque una sensación de asco e impotencia puede más que todas las palabras y que todas las razones más allá de códigos e interpretaciones.

Por último: no se olvide el próximo 27 de febrero espero encontrarlo frente al Palacio de Tribunales, bañadito y perfumadito, con una escarapela en la solapa celebrando el primer aniversario del Día de la Resocialización.

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