Antonio Tardelli
El Artículo 217 de la Constitución de Entre Ríos, reformada en el año 2008, durante el primer turno del gobernador Sergio Urribarri, sobre la que el primer mandatario juró, establece con absoluta claridad que el nombramiento de los funcionarios del Tribunal de Cuentas, y de otros órganos considerados “autónomos”, se realizará “previo concurso público”.
Son cinco los miembros del Tribunal de Cuentas. El Presidente debe ser abogado. Otros dos vocales, contadores. Los tres, al igual que los fiscales del organismo, tienen que ser designados mediante el procedimiento del concurso. Los otros dos deben ser nombrados por la mayoría y la primera minoría, respectivamente, de la Cámara de Diputados.
Las remuneraciones de los vocales del Tribunal de Cuentas están equiparadas a las de los jueces y los fiscales de las cámaras de apelaciones del Poder Judicial.
La letra de la Constitución no ofrece dudas.
Su espíritu, mucho menos. La designación mediante concurso procuró darle una autonomía mayor a una institución cuya eficacia ha estado históricamente en tela de juicio. Más: siempre dejó la sensación de que su primera línea funcionaba como escudo protector del poder político.
Pero letra y espíritu están a punto de ser violados.
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Ante la vacante en la presidencia del Tribunal de Cuentas que genera el alejamiento por jubilación de Hugo Molina, hermano del funcionario peronista Carlos Molina y cuñado de la intendenta de Paraná, Blanca Osuna, el Poder Ejecutivo resolvió cubrir el lugar con un hombre propio. Propuso al Senado, sin convocar a concurso, el nombre del ministro de Trabajo, Guillermo Smaldone.
(más información en la edición gráfica de ANALISIS del miércoles 30 de abril de 2014)