Maynard fue condenado a 9 años de prisión por abusar de un chico con síndrome de Down.
(de ANÁLISIS)
Jorge Maynard está condenado a 9 años de prisión por el delito de abuso sexual con acceso carnal a una persona con síndrome de Down en Viale. La sentencia de primera instancia fue emitida en marzo de 2022.
Su defensor, el abogado Marciano Martínez, oralizó el recurso de Casación en contra de esa condena este martes. El fallo del tribunal de segunda instancia se conocerá el próximo 16 de marzo a las 12.30. En esa instancia se confirmará la condena o se dará curso al planteo defensivo.
“Entendemos que Maynard y su defensor no han manifestado nada nuevo en la audiencia de hoy. Ellos consideran que los fundamentos de la sentencia de primera instancia están equivocados y por eso Maynard debe ser absuelto. Pero no se plasmó nada nuevo”, subrayó el querellante, Jorge Gerard.
El abogado que representa los intereses del sobreviviente de abuso y sus familiares dijo a ANÁLISIS que “no existe mérito para revocar la sentencia condenatoria”. “Está muy bien fundamentada respecto del mérito de la prueba, además no se incorporó nada que agravie, movilice o ponga en duda algún fundamento de la sentencia. La disconformidad de la defensa no se puede basar en que creen que Maynard es inocente, porque la prueba dice otra cosa y eso no pudo ser contrarrestado con nada nuevo”.
Gerard remarcó que el delito de abuso sexual es “sumamente complejo”. “Mucho más en este caso donde mi representado es una persona con síndrome de Down y no tiene una capacidad discursiva directa. Siempre tuvimos que tratar de entender lo que él nos decía a través de otras formas de lenguaje que no es lenguaje oral, a través de gestos, dibujos, señas. Esto en su momento puso la lupa sobre cómo se probaba el hecho. Hubo distintas personas que hablaron con mi defendido y entendieron lo que él decía: su psicóloga, su hermano, su mamá. Se hizo una cámara Gesell y fue muy categórica porque él no lo pudo decir con palabras pero se hizo entender. El proceso develó que no era necesario un intermediario para comunicar lo que él quería decir, la cámara Gesell fue categórica a través de dibujos y expresiones con las que él contó que fue víctima de violación. Después hubo una rueda de reconocimiento que –recordemos- hubo una enorme oposición de la defensa. Mi defendido reconoció a su agresor entre otros. Después fue y se presentó ante el juez, con el derecho de toda víctima, con sus recursos dejó evidente lo que pasó y el juez pudo conocer qué quería decir. Eso es muy importante porque es el relato de una víctima. Acá no hay testigos, es un delito de abuso sexual y se comete en el ámbito privado”, describió el abogado.
El querellante agregó que esas pruebas se analizaron en un contexto que aportaron testigos. “Hubo dos empleadas de la Municipalidad de Viale que contaron cómo Maynard le hacía bullying a la víctima todas las veces que iba a marcar en el reloj; que Maynard le tocaba la cola, que lo apoyaba y lo rozaba; que le pegaba en la cabeza. Si bien eso no formó parte del hecho investigado, dio cuenta de un contexto. Cuando se analiza una sentencia no hay una prueba sin la cual la sentencia se cae, se analizan las interrelaciones, vinculaciones y contextos que convencen sobre la existencia del hecho investigado”.
Continuidad
Tras el fallo de la Cámara de Casación que se conocerá el 16 de marzo, si se confirma la condena, la defensa de Maynard puede presentar un recurso de impugnación extraordinaria.
“Ya no se puede plantear lo mismo que en Casación. Hasta esta instancia se hace un análisis completo de toda la sentencia condenatoria y el juicio, se evalúan no sólo las cuestiones de derecho sino también cuestiones de prueba. Después se discuten posibles contradicciones con la Constitución nacional o con antecedentes pero ya no la prueba”, completó el abogado.
En 2017, ANÁLISIS dio a conocer la apertura de una investigación judicial tras una denuncia de violación contra una persona con síndrome de Down en Viale. Tanto el apuntado como el denunciante eran empleados de la Municipalidad y la agresión ocurrió en un galpón municipal donde se hacían trabajos de herrería.
En principio, el abuso fue detectado por la psicóloga particular del denunciante, a partir de dibujos que hizo en el marco de la terapia. La condición del síndrome de Down implicó una dificultad dificultad enorme en ámbitos judiciales para demostrar el delito. Hubo testimoniales, inspecciones judiciales, una cámara Gesell, informes psicológicos y médicos, y hasta una rueda de reconocimiento -una medida de prueba inédita en una investigación de este tipo- que el denunciante superó airosamente.
Finalmente, la causa llegó a juicio oral a principio de 2022, se produjo la prueba, el denunciante pudo sentarse frente al juez -Alejandro Cánepa- y relatar, con sus recursos, las agresiones sufridas. Maynard fue condenado a 9 años de prisión. La audiencia de este martes fue para discutir, en una instancia superior, esa condena.