Atentado a la AMIA: se empieza a definir si se aplica juicio en ausencia a los acusados

El atentado a la AMIA ocurrió en julio de 1994 y mató a 85 personas.

El martes vence el plazo para que den su opinión las querellas que representan a las víctimas. La Fiscalía ya dictaminó que sean juzgados por la nueva norma. Luego el juez Daniel Rafecas quedará en condiciones de resolver.

La causa por el atentado terrorista a la AMIA entra en etapa de definiciones ya que se resolverá si se aplica la nueva ley de juicio en ausencia para los acusados. Eso fue lo que solicitó el titular de UFI AMIA, Sebastián Basso, y ahora deben opinar las querellas que representan a los familiares de las víctimas. Tienen plazo hasta el próximo martes. Cuando esas opiniones estén incorporadas a la causa el juez federal Daniel Rafecas quedará en condiciones de resolver.

En caso de aplicarse, será la primera vez que se lleve adelante un juicio en ausencia en Argentina y sería el cuarto proceso oral para el caso del atentado a la AMIA, ocurrido el 18 de julio de 1994 y que mató a 85 personas e hirió a otras 151.

La ley 27.784 de juicio en ausencia rige desde principio de mes cuando fue publicada en el Boletín Oficial tras la aprobación del Senado de la Nación a fines de febrero. La ley modifica una serie de artículos del Código Procesal Penal que ahora permiten juzgar en el país a acusados de delitos graves que no estén en el territorio. Desde que el proyecto se discutió siempre se puso como ejemplo el caso del atentado a la AMIA.

Con la ley sancionada, dos familiares de víctimas del atentado se presentaron en la causa y con el abogado Tomás Farini Duggan pidieron que se aplique. Luego lo solicitó el fiscal Basso. “Un análisis, bajo el prisma del derecho constitucional y convencional referido al caso concreto, permite sostener que el novel instituto del juicio en ausencia es perfectamente aplicable a este proceso y por lo tanto es ineludible su inmediata operatividad”, sostuvo en su dictamen de principio de mes.

La Fiscalía solicitó que se aplique el juicio en ausencia para Alí Fallahijan, Alí Akbar Velayati, Mohsen Rezai, Ahmad Vahidi, Hadi Soleimanpour, Mohsen Rabbani, Ahmad Reza Asghari, Salman Raouf Salman, Abdallah Salman y Hussein Mounir Mouzannar. Muchos son actualmente funcionarios del gobierno de Irán y otros lo fueron cuando ocurrió el atentado. El fiscal también solicitó la captura nacional e internacional del líder supremo de Irán, Ali Hosseini Khamenei.

Los acusados del atentado

Se trata de los 10 acusados con alerta roja de Interpol y pedido de captura internacional desde 2006 pero que nunca fueron detenidos. Irán, el país de la mayoría de los imputados, no extradita a sus ciudadanos y cuando viajan por el mundo no son detenidos por razones geopolíticas o porque las alertas no se activan.

La acusación de la UFI AMIA es que el atentado fue ejecutado por la organización terrorista de origen libanés Hezbollah y que fue planeado y financiado por el gobierno de Irán y por funcionarios de su representación diplomática en Argentina.

El fiscal sostuvo en su dictamen que la ley de juicio en ausencia es para, entre otros, delitos de terrorismo. Además, los acusados fueron declarados en rebeldía en 2006 cuando se ordenó su detención y la ley de juicio en ausencia establece que deben estar en esa condición por lo menos desde los últimos cuatro meses.

Con el dictamen del fiscal, el juez Rafecas le pidió opinión a las seis querellas del caso. Son, entre otras, AMIA, DAIA y Memoria Activa. El magistrado les dio un plazo de cinco días hábiles para que expresen su posición. Ese plazo vence el martes próximo. Todavía también están en plazo de pedir una prórroga para presentar sus dictámenes.

Cuando eso ocurra, Rafecas quedará en condiciones de resolver si acepta o no que el juicio en ausencia se aplica para los acusados del caso AMIA. En rigor no es la primera vez que se pide que ese instituto se aplica a una causa en Argentina. A principios de marzo se solicitó en una causa en la que se investigan delitos de lesa humanidad ocurridos en Venezuela y en la que el presidente de ese país, Nicolás Maduro, tiene un pedido de captura internacional. Otro de los acusados en el caso -el ex comandante de la Guardia Nacional Bolivariana Justo José Noguera Pietri- se presentó en la causa con el abogado Fernando Sicilia que pidió que se le aplique el juicio en ausencia. El planteo todavía no fue resuelto.

La ley establece inclusive que los acusados pueden presentarse para ponerse a derecho y someterse a un juicio presencial, inclusive una vez que haya terminado el proceso en ausencia.

El caso AMIA ya tuvo tres juicios orales. En el primero se juzgó la llamada “conexión local del atentado” en el que el reducidor de autos Carlos Telleldín y un grupo de oficiales de la Policía Bonaerense llegaron a juicio. Pero allí se demostró que la acusación fue inventada. Telleldín cobró 400 mil dólares para involucrar falsamente a los policías. Todo fue declarado nulo.

De esa decisión se desprendió el segundo juicio oral. Fue por las irregularidades en la investigación judicial del atentado y por el que están condenados los responsables de tener que dilucidar el caso: el ex juez federal Juan José Galeano, los ex fiscales federales Eamon Mullen y Jose Barbaccia, el ex jefe de la ex SIDE Hugo Anzorreguy y el propio Telleldín, entre otros.

El tercer juicio fue contra Telleldín porque se reflotó la acusación original en su contra de que había vendido la camioneta Traffic que se usó en el atentado a sabiendas que iba a tener ese fin. Telleldín fue absuelto.

La expectativa ahora es si habrá un cuarto juicio oral con la novedosa modalidad de que sea en ausencia de los imputados.

 

Fuente: Infobae, Martín Angulo.

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