
El Tribunal Oral Federal (TOF) de Paraná otorgó la libertad condicional al abogado Roberto Mario Izaguirre Ibáñez y al contador Salvador Luis Morelli , ambos condenados en 2023 por el delito de asociación ilícita fiscal en perjuicio de la ex AFIP (actual ARCA).
Izaguirre Ibáñez fue condenado como autor material de la asociación ilícita fiscal a cinco años y tres meses de prisión y multa de $90.000, aunque la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal redujo luego la pena a tres años y seis meses. Estaba bajo prisión domiciliaria.
Morelli, en tanto, recibió la misma pena inicial de cinco años y tres meses de prisión y multa de $90.000. Al igual que Izaguirre Ibáñez, la Cámara Federal de Casación Penal le redujo la cuantía de la pena a tres años y seis meses de prisión. También cumplía el arresto en su casa.
En el mismo juicio fue condenado el contador Sergio Oscar Araquistain a seis años y tres meses de prisión y multa de $90.000, mientras que la abogada Alicia Ibáñez –madre de Izaguirre– resultó absuelta.
Otorgan libertad condicional
En la resolución fechada este martes, el TOF hizo lugar al pedido del defensor Miguel Ángel Cullen y consideró que Izaguirre Ibáñez ya cumplió los dos tercios de la pena, que los informes de control durante su prisión domiciliaria fueron favorables y que no tuvo inconvenientes en ese período. Entre las condiciones fijadas figuran: prohibición de salir del país sin autorización judicial, residencia obligatoria en Paraná y solicitud previa de permiso para ausentarse de la ciudad.
En el caso de Morelli, su defensor, Damián Petenatti, presentó once certificados de cursos realizados durante el encierro domiciliario (entre ellos inglés, organización de eventos, primeros auxilios, nutrición, creatividad y administración de consorcios), además de la capacitación en la Ley Micaela. Estos antecedentes educativos fueron tenidos en cuenta en el marco de la ley de estímulo educativo (art. 140 de la Ley 24.660), lo que permitió un adelantamiento de 15 días en el cómputo de la condena y habilitó su acceso a la libertad condicional a partir de este 26 de agosto.
En ambos casos, el fiscal federal José Ignacio Candioti entendió que no existen razones para oponerse a la concesión del beneficio de la libertad condicional del nombrado en tanto se encuentran reunidos los requisitos legales para la procedencia del instituto previsto en el artículo 13 del Código Penal.
Las condiciones impuestas a ambos incluyen: residir en Paraná sin cambiar de domicilio sin autorización del TOF, no cometer nuevos delitos, abstenerse de consumir en exceso alcohol o estupefacientes, no vincularse con personas relacionadas a ellos, someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, prohibición de salir del país y obligación de pedir autorización al Tribunal para ausentarse de la ciudad.
Ambos deberán cumplir con estas reglas de conducta hasta octubre de 2026, cuando vencerán sus condenas. Los jueces que firmaron la resolución fueron Lilia Carnero (Berro), Roberto López Arango y Noemí Berros Rojas.
El caso
Los condenados llegaron al TOF en 2023 investigados por delitos de cuello blanco, simulaciones de pago a la entidad recaudatoria ofrecidas a distintas empresas y una defraudación que superó los 10 millones de pesos durante 2011, cuyo cálculo a la actualidad equivaldría al millón de dólares. Las firmas contactadas por los abogados y contadores son todas del rubro de la construcción y hubo compensaciones para Caballi SA de Miguel Marizza; Constructora del Norte (actualmente disuelta) de Guillermo Galeazzo; T&H Construcciones de Héctor Ricardo Turco Salé.
En la sentencia, el TOF señaló que “cuenta de modo irrebatible de que, aunque De Araquistain, Morelli e Izaguirre cumplieron roles diversos y brindaron aportes diferenciados a la consecución de su objeto, esta organización delictiva y en lo que aquí concierne –como dije-, los excedía y ella funcionaba básicamente sobre dos ejes centrales. Un eje –que resultó dirimente para la operatoria ilícita encarada- con epicentro en la CABA, que explica y se halla estrechamente ligado a los dos domicilios en los que, sucesivamente, fijó sus domicilios fiscales CAEL, y en el segundo también Morelli, Izaguirre y Pack SA”.
Sobre la maniobra, el Tribunal Federal dijo: "Se reclutaban los contribuyentes-clientes con deudas fiscales a quienes les proporcionaban el ‘servicio’; tales, Constructora del Norte –Galeazzo-; Construcciones Caballi –Marizza-; T&H –Sale- y la propia cooperativa CAEL, que funcionaba en esta ciudad, donde tenía su sede real social; lugar éste, además, de residencia y desempeño ocupacional de Morelli e Izaguirre”.
Así, entendieron que “no cabe hesitar en que De Araquistain, Morelli e Izaguirre sabían y querían integrar una organización o asociación de tres o más personas (sabiendo que personalmente los excedía en ese número mínimo de miembros); que esa organización tenía por finalidad cometer una pluralidad de delitos tributarios indeterminados; que habitualmente ejecutaba conductas que perseguían ese objetivo y que ellos estaban dotados del conocimiento específico (expertise) y de la voluntad de realizar aportes personales no banales o circunstanciales a esa organización para la finalidad y designio criminal a que estaba destinada”.