La municipalidad adhirió al decreto provincial.
Este jueves 6 de agosto la Municipalidad, a través del decreto 2043/2020, adhirió al Decreto Nº 1160/2020 del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, sancionado en fecha 29/07/2020 y el “ANEXO de Pautas Mínimas Exigibles” que integra el mismo, y autoriza de esta manera las siguientes actividades físicas y deportivas en su modalidad no competitiva: a) Bochas, b) Tenis de mesa, c) Ajedrez, d) Atletismo, e) Patín artístico, f) Patín de Carrera, g) Motociclismo h) Automovilismo, i) Beach vóley, j) Padel (en cancha cerrada), k) Pelota Paleta (en cancha cerrada), l) Gimnasia deportiva, m) Natación n) Esgrima.
A la vez, la Municipalidad avanza ante el gobierno provincial en las gestiones por la apertura de las canchas de fútbol 5.
Determina que los establecimientos que dispongan la apertura de los espacios donde se pretendan desarrollar las disciplinas autorizadas en el artículo precedente, deberán comunicarlo de modo previo a la Dirección de Deportes de la Municipalidad de San José de Gualeguaychú, sita en calle Justo José de Urquiza Nº 1066 o vía correo electrónico a la dirección deportes@gualeguaychu.gov.ar.
Establece que las disciplinas de Natación (m), Atletismo (d) y Gimnasia Deportiva (l) se rigen por los Protocolos de las Federaciones respectivas, publicó Ahora.
Adhiere al Decreto Nº 1053/2020 del Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, sancionado en fecha 08/07/2020 y autorizar las actividades religiosas, con el cumplimiento del “Protocolo para la Práctica de Cultos” adjunto al Decreto Provincial.