La justicia volvió a fallar a favor de la Ley de Emergencia Solidaria

Rodríguez Signes.

Jubilados del Poder Judicial interpusieron una acción de amparo contra la ley de emergencia.

La Sala Primera de la Cámara Segunda de Paraná, a través del Juez Emanuel Capatto, rechazó la medida cautelar de prohibición de no innovar, en el marco de una acción de amparo y de ejecución contra el gobierno de Entre Ríos que interpuso un grupo de jubilados por el aporte temporal que establece la ley de emergencia solidaria.

 

La otra demanda de amparo y acción de ejecución también fue interpuesta por otro grupo de jubilados del Poder Judicial que fue rechazada por la jueza de Gualeguay, Eliana Guerscovich, por considerar que "no resulta procedente". Agrega que, tal como lo señala la jurisprudencia, "los actos de los Poderes públicos, por intermedio de sus órganos, en uso de facultades regladas, gozan de presunción de legalidad y su ejecutoriedad no puede ser detenida por la justicia, sino mediando graves circunstancias".

 

En ese marco, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, notificado de ambas resoluciones, explicó que "los actores, todos jubilados del Poder Judicial, interpusieron una acción de amparo contra la ley de emergencia, planteando que era inconstitucional la contribución solidaria que establece esa norma y contemporáneamente con el amparo presentaron lo que se denomina una medida cautelar, es decir que mientras se discute la constitucionalidad de la ley no se le practique el descuento de la contribución solidaria", precisó el funcionario.

 

Finalmente, recordó que "ya tenemos contra la ley de emergencia tres acciones: una es la causa Rombolá y estas dos cautelares. En la primera el juez de primera instancia rechazó la acción de amparo porque la declaró inadmisible a la vía y en estas dos de hoy se rechaza una medida cautelar".

 

La ley de emergencia solidaria establece por un año una contribución extra sobre entidades financieras, grandes campos y la venta mayorista de medicamentos, y aumenta aportes en forma progresiva al sistema previsional - que registra un déficit histórico -  a activos y pasivos de los tres Poderes con sueldos de más de 75.000 pesos.

 

 

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