Susana Medina de Rizzo, vocal del STJ.
Luis Leissa
El juicio político está instaurado como un mecanismo para juzgar a altos funcionarios que deben someterse a una “rendición de cuentas” y que están sujetos al “control”. Ese objetivo fundamental es el que inspira los mecanismos de la Constitución de Entre Ríos: ejercer un control y de esa forma, activar un mecanismo de determinación de responsabilidades. Mas exigible aún cuando se trata de evaluar el comportamiento de quien ocupa uno de los mas altos cargos del Poder Judicial y por ende está obligado a actuar y obrar con el mayor nivel de exigencias.
Quien se ha alejado de su cargo de Vocal del Superior Tribunal durante mas de seiscientos días. Ha hecho uso de personal sin fines justificados como ha sido el hecho de recurrir a choferes a quienes cubrió el erario público y eso por razones meramente personales -entre otras cosas prima facie injustificables- naturalmente está obligado moral y jurídicamente a rendir cuentas.
Lo que ha resultado objetivamente de informes emanados del propio Poder Judicial, son hechos que tienen un peso y una trascendencia pública que habilitan a que el proceso de juicio político se impulse, con el máximo de tranquilidad espiritual y a la espera que la persona involucrada pueda dar las explicaciones pertinentes, que desvirtúen los episodios graves que el propio Superior Tribunal –nada mas ni nada menos- ha hecho públicos.
El enjuiciamiento está dirigido a fortalecer las instituciones, brindarles credibilidad y en simultáneo velar por una democracia en plenitud, en la cual debemos confiar.
En definitiva: se sabrá por esta vía si hay responsabilidad jurídica y política, de manera de despejar las dudas que de mantenerse solo generarán mayor descreimiento, inseguridad y probablemente impunidad.
Si en nuestras respectivas esferas de actuación, en cualquier parte de la sociedad civil, debemos a diario someternos al control, explicar y rendir cuentas, cuanto mas corresponde que lo hagan aquellos funcionarios que deben ser en serio, servidores públicos y no servirse de lo público. Es la única forma de salir de este situación “predemocrática” o “preconstitucional” que hoy atravesamos, donde la “idoneidad” parece a algunos mas una posibilidad o una sugerencia, que una obligación.
(*): abogado, oriundo de Gualeguaychú.


