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Salto Grande tiene que rendir cuentas a la sociedad

Francisco Uranga

Las autoridades de Salto Grande dicen que la ley de acceso a la información pública les es ajena. Que no les alcanza ni les incumbe. Por eso se negaron a responder una consulta de la Revista Análisis que pedía información básica. Tan básica que podría estar publicada en el sitio web de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande sin necesidad de pedido alguno.

El argumento de la CTM es un antecedente preocupante y muestra una cultura política arraigada de funcionarios que se consideran por encima de los ciudadanos, que no entienden que la información pública pertenece a la sociedad y no al gobierno.

El rechazo del pedido se apoyó en un formalismo sobre el carácter binacional del ente, una excusa injustificada que viola no sólo los principios de la ley de acceso a la información pública sino el más básico sentido común.

Supongamos, por un momento, que fuera cierto que la delegación argentina en un ente que administra una represa estatal no debe responder a un pedido de acceso a la información pública. Aun así, sería absurdo creer que ningún organismo del Estado tenga esa información. Y para ese caso la ley obliga, en su artículo 10, al que recibe una solicitud de información a remitir a quien sí la posea.

La Comisión Técnica Mixta es un ente alejado del ojo público, que mucha gente no sabe bien qué hace ni quiénes la integran pero que ha recibido críticas tanto en Entre Ríos como en Uruguay. Por ser un organismo menos expuesto al escrutinio cotidiano, debería extremarse la transparencia y el compromiso con la rendición de cuentas para evitar que lo cubra un manto de sospechas.

Como señaló Daniel Enz en su artículo sobre este tema, la consulta de Análisis no era nada exótica. Pedía información administrativa sobre un ente que produce energía desde territorio argentino, recibe transferencias del Tesoro Nacional y reparte regalías. Información como cuántos funcionarios trabajan, cuánto cobran, qué contratos firma, a quién contrata. Nada reservado, nada estratégico. Lo que cualquier vecino de Concordia o de Chajarí podría preguntar, como dice Enz.

En un mundo ideal, no haría falta una ley de acceso a la información pública porque los organismos proactivamente publicarían esa información y responderían a las consultas por un simple email o llamado telefónico. Esto no pasa, porque existe una tensión natural entre lo que los funcionarios quieren ocultar y lo que los ciudadanos —y la prensa— quieren hacer público.

Aunque no es una ley sólo para la prensa, es una herramienta importante para los periodistas, porque en muchos casos son los únicos que están pendientes de ciertos organismos. Ese es el servicio del periodismo a los ciudadanos que no tienen tiempo de contarle las costillas al gobierno.

La tensión entre la ley y los funcionarios no es algo exclusivo de Argentina, como pude ver en mi propia experiencia. Usé la ley de acceso a la información de Connecticut (EEUU) para investigar organismos estatales y municipales, vi cómo se resistían a revelar información comprometedora —o directamente vergonzosa— y gané casos para forzar a que la publicaran. También vi la caída de funcionarios con un poder fenomenal como consecuencia de pedidos de información impulsados por colegas.

Otro caso es el de Reino Unido, donde la ley de acceso a la información aprobada en 2000 también generó dolores de cabeza a la política. El ex primer ministro Tony Blair la consideró uno de los mayores errores de su gobierno. Y no es casualidad: fue justamente esa ley la que permitió destapar el escándalo de los gastos que los diputados le pasaban al Parlamento.

Tanto en EEUU como en el Reino Unido las leyes de acceso a la información terminaron siendo intensamente usadas y valoradas por quienes se toman en serio la rendición de cuentas, pero además cambiaron la forma en que la política se relaciona con la sociedad. Crearon un sistema más participativo, abierto y democrático, en el que los funcionarios saben que están siendo observados y que sus decisiones tienen consecuencias. Incluso las más pequeñas.

La ley argentina es más reciente, de 2016, y debido a eso quizás tiene previsiones más exigentes que las de EEUU y el Reino Unido. En Connecticut, por ejemplo, las empresas privadas que prestan servicios públicos no están sujetas directamente a la ley (aunque sí lo están sus reguladores estatales). La ley argentina, en cambio, abarca de manera expresa a empresas, sindicatos, organizaciones empresariales y ONG que reciben fondos del Estado, al menos lo relacionado con esos fondos. Por eso, el argumento de que la CTM no está abarcada suena todavía más extravagante.

La no-respuesta de la CTM viola todos los principios de la ley, pero en especial el de buena fe, que establece que la norma debe interpretarse para cumplir con sus fines y no para evitarlo.

Sería saludable, para la transparencia del sector público, que la decisión de la CTM fuera revertida. Y que sirviera como un primer paso para cambiar la cultura del funcionario que se considera propietario de la información y por encima de la ley por una cultura de gobierno abierto, que sirva a la ciudadanía.

(*) Francisco Uranga es vicepresidente de la Fundación para el Desarrollo Entrerriano Raúl Lucio Uranga.

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