Causa coimas: rechazaron el pedido de sobreseimiento de Urribarri y Cardona Herreros

El juez de Garantías Julián Vergara rechazó el pedido de sobreseimiento formulado por el exgobernador Sergio Urribarri y el empresario Diego Armando Cardona Herreros en la causa que investiga supuesto cobro de coimas durante el urribarrismo, investigación remitada a juicio el último jueves 5 del actual y en la que el extitular del Poder Ejecutivo tiene pedido de condena a 10 años de cárcel.

En la resolución, el magistrado planteó que “no resulta procedente el recurso de apelación interpuesto por los señores defensores de los encartados Sergio D. Urribarri, Diego A. Cardona Herreros, Miguel A. Ulrich, Carlos M. Haidar, Luis A. Erbes y Guillermo Smaldone contra la resolución que le denegó el sobreseimiento puesto que esta no se encuentra incluida dentro de los supuestos expresamente previstos por el ritual para la procedencia del recurso ni se encuentra dentro decisiones que se declaran apelables”.

El juez recordó que la ley “habilita el recurso de apelación pero respecto del sobreseimiento ´concedido´ y ´no el denegado´. Dicha postura fue la adoptada por la Cámara de Apelaciones de Concepción del Uruguay en los autos ´Cuesta, Hugo Tomás s/ Abuso de Autoridad ´ (…), en donde se dijo: ´En esa faena, con la simple lectura del artículo 399 del CPP queda claro que sólo resulta apelable por parte del  fiscal y el querellante  la resolución que dicta el sobreseimiento, en tanto el imputado podría apelar cuando no se hubiera observado el orden que establece el artículo 397 o se le hubiere impuesto al sobreseído una  medida de seguridad  o no se hubiere  aclarado, ante su dictado, de que el proceso no afecta  el buen nombre y honor’ del sospechado”.

Vergara sostuvo que “el Código Procesal local establece de modo enfático que la denegatoria del pedido de sobreseimiento no es apelable”.  Por otra parte, “tampoco resulta apelable el dictado de la resolución que deniega el sobreseimiento dado que ella no causa un gravamen irreparable puesto que la decisión de que el imputado siga sometido a la investigación forma parte de la garantía constitucional de juicio previo”.

Los defensores también apelaron la resolución dictada el 5 de junio al considerar que dicha decisión les causa un «gravamen irreparable» al no hacerse lugar a la nulidad y exclusión de la evidencia obtenida por el Ministerio Público Fiscal ya que, según su criterio, la agregación al legajo lo fue en violación a las leyes, especialmente, cuestionan la admisión de la prueba digital y/o electrónica y la incorporación de testimoniales claramente condicionadas, ambas ofrecidas por Fiscalía.

“En este sentido –dijo el juez-, adelanto que el recurso de apelación también debe rechazarse por inadmisible en atención a que lo resuelto en fecha 05/06/25 y admitir como válida la evidencia probatoria ofrecida por el Ministerio Público Fiscal y fuera cuestionada por los señores defensores no causa gravamen irreparable que habilite la admisión del recurso de apelación”.

En cambio, el juez sí hizo lugar a un recurso de apelación interpuesto por el exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, que ejerce su propia defensa, que puso en crisis la resolución de Vergara que dispuso no admitir una serie de evidencias probatorias propuestas por el mencionado letrado en ejercicio de su defensa propia ya sea en el escrito de contestación ( oposición ) del requerimiento fiscal de elevación a juicio”.

Qué se investiga

 

La causa investiga el supuesto pago de coimas por parte del empresario Diego Armando Cardona Herreros, dueño de Relevamientos Catastrales SA, a funcionarios del gobierno de Urribarri.

En un audiencia que se realizó en marzo de 2024, los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano expusieron  cuánto se pagó en dádivas por cada contratación entre el Estado entrerriano y las empresas que manejaba Diego Cardona Herreros.

Los cálculos son en base a un informe contable elaborado en el marco de la investigación que quieren ventilar en un juicio oral. A continuación, se transcriben parte de los «PLM» registrados en la causa, referente a cada licitación. Cabe recordar que con esa sigla quedaron asentadas las coimas en planillas, documentación y correos electrónicos, según la profusa evidencia analizada por los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF).

Licitación 1/08, la primera. Se pagó un PLM total por $3.062.000 (tres millones sesenta y dos mil pesos). En este caso, esta suma está distribuida de la siguiente manera:

36,47% para SDU (NdR: se advierte que las siglas corresponden al exgobernador Sergio Daniel Urribarri) lo que arroja una suma total de $1.000.007 (un millón siete pesos)

36,47% para equipo, que arroja la misma suma. Como equipo identificamos a quienes eran empresarios de Relevamientos Catastrales.

5,46% para JGLapo, iniciales con las cuales identificamos a José Gervasio Laporte que arroja un total de $149.713.

7,29% a una persona que no identificamos.

7% para Zurdo Ruso (NdR: en distintos pasajes de la investigación, las menciones “Ruso” hacen referencia a Luis Alfonso Erbes), que arrojó $141.940

Además del cálculo de estos pagos, había un PLM fijo de $280.000 “destinados al jefe”. “Según la evidencia que tenemos así se lo sindicaba a Urribarri y un porcentaje adicional de $40.000 otorgados por instrucciones del señor Cardona Herreros”, plasmó Yedro.

Ampliación de la Licitación 1/08: se pagó un PLM total de $1.038.000 y se distribuyó del siguiente modo:

$30.000 mensuales para Lemon que sumó $240.000.

$106.000 mensuales PLM Entre Ríos arrojando un total de $848.000

“En el marco de la contratación directa de aquella continuidad de la 1/08, el PLM ascendió a $800.000, $30.000 mensuales destinados a Entre Ríos, $50.000 mensuales para Lemon distribuidos entre tres miembros de la sociedad (Alfonso Campitelli, Diego Cardona Herreros y Jorge Zanabone) que hacen un total de $500.000 distribuidos entre los tres integrantes”, leyó la fiscal este jueves.

Y agregó: “La Licitación 48/11 arrojó un PLM total de $3.762.000 distribuidos así:

$7000 PLM uno

$7000 al Ruso que dio un total de $252.000

PLM dos $50.000 que arroja $1.800.000

PLM tres $10.000 para la Casa de Entre Ríos lo que arrojó $360.000

“En este PLM hubo una distribución interna entre los integrantes de la sociedad y cada uno cobró $180.000. Hubo otra distribución interna de $45.000 para Cardona Herreros, Campitelli y Zanabone, lo que arrojó un total de $270.000 para cada uno”, acotó la fiscal.

Licitación 84/13 del Ministerio de Trabajo tuvo un PLM total de $6.876.000. La distribución fue entre:

Guillermo Smaldone $50.000 y en total $1.800.000

MU (identificado como Mauro Urribarri) $40.000 y un total de $1.440.000

DAC $40.000 que arrojó $1.440.00

Ruso $20.000 y arrojó un total de $720.000

Turco (en referencia a Carlos Haidar) $5.000 que arrojó un total de $180.000

También hubo distribución interna.

Licitación 2/15 arrojó un PLM total de $1.836.000

Ruso $7000 arrojó un total de $126.000

Equipo $40.000. “La estimación contable va entre $540.000 y 720.000. la distribución fue reducida por lo cual los PLM dos y tres pudieron haberse visto reducidos”, dijo la fiscal.

Miguel Ulrich $5.000 mensuales que arrojaron un total de $90.000

Y una distribución entre Cardona Herreros y Campitelli de $15.000 lo cual arrojó $270.000 para cada uno.

“Estos PLM refieren concretamente a las licitaciones pero también se corroboraron otros conceptos registrados como PLM Entre Ríos”, diferenció la fiscal.

“Cada vez que se efectuaba el pago de la provincia, se ponían en marcha los PLM”

Así lo subrayó la fiscal Yedro. “Esa era la mecánica, cada vez que se efectuaba el pago de la provincia por una contratación, se ponía en marcha este sistema de distribución de PLM para funcionarios y empresarios”.

En la investigación desarrollada, los fiscales consiguieron reconstruir la ruta, los montos y los beneficiarios de los mismos, en base a las comunicaciones internas y los asientos contables. Las operatorias variaron: se libraron cheques a nombre de empresas asociadas que se registraron como “pagos de contraprestaciones ficticias o servicios simulados, facturados por terceras empresas a Relevamientos Catastrales”, también hubo dinero en efectivo, y las empresas compraron objetos y servicios para funcionarios políticos o familiares de los mismos.

“No solo tomamos en consideración mensajes de correos, anotaciones y registros hallados  sino también se cotejó con asientos contables, expedientes de cada licitación, expedientes de pago. A través de la documentación que Fiscalía se ocupó de recabar, la mecánica quedó plasmada ahí”, manifestó Yedro.

La fiscal manifestó que el dinero destinado al exgobernador “era almacenado en las oficinas de Cardona”. “También se hicieron depósitos bancarios para otros funcionarios. Esto surgió de las entrevistas con las secretarias de Cardona Herreros y otros testigos”.

Pasajes, objetos y un vínculo estrecho

La fiscal mencionó la compra de pasajes aéreos para la familia Urribarri y Smaldone por parte de las empresas que conducía Cardona Herreros u otras asociadas, también la adquisición de alfombras que se entregaron en un departamento de calle Lafinur de Capital Federal (uno de los domicilios del exgobernador) y que recibió Ana Lía Aguilera, esposa de Urribarri. Las alfombras no fueron el único objeto, Relevamientos Catastrales compró una heladera y una cinta para correr que fueron entregados en el mismo domicilio de Capital Federal y que recibió la esposa del exgobernador.

Las contrataciones del Estado provincial a las empresas, la huella de los sobreprecios y las coimas, la compra de objetos costosos y pasajes aéreos desde las empresas a los funcionarios políticos y familiares. Todo queda enmarcado en el estrechísimo vínculo amistoso entre Urribarri y Cardona Herreros.

Esa relación queda expuesta a partir de cientos de mensajes telefónicos y conversaciones entre los dos principales imputados en la investigación. “Sabido es que el exgobernador usaba líneas registradas a nombres de tercero para comunicarse con algunas personas. Por ejemplo, solía usar utilizar una línea a nombre de Rubén Ángel Martínez”, apuntó la fiscal.

A continuación se publican varios de los mensajes registrados en la causa.

  •  El Ministerio Público Fiscal, con la firma de los fiscales Patricia Yedro y Gonzalo Badano, remitieron a juicio la causa con un adelanto de la penas que solicitarán durante la realización de las audiencias orales y públicas.
    • Sergio Daniel Urribarri: la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
    • Diego Armando Cardona Herreros, la pena de 9 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de$540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
    •  
    • Al exministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, la pena de 5 años de prisión efectiva, inhabilitación especial perpetua, multa  de $90.000.
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    • Carlos Marcelo Haidar, la pena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $540.000, comprensiva de los seis hechos imputados, en concurso real.
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    • Luis Alfonso Erbes, a la pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación especial perpetua, multa de $360.000 comprensiva de los cuatro hechos imputados, en concurso real.
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    • Miguel Ángel Ulrich la pena de 4 años y 6 meses de prisión de cumplimiento efectivo, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $360.000, comprensiva de los cuatro hechos imputados, en concurso real.
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    • José Humberto Flores, la pena de 3 años de prisión de ejecución condicional, inhabilitación absoluta perpetua, multa de $90.000. Fuente: Entre Ríos Ahora

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