Mediante este sistema del nuevo código procesal penal (abreviado) Romero reconoció el delito evitando así la cárcel pues el fiscal Anibal Lafourcade probó el delito de extorsión que implica cárcel efectiva. En su condena el juez dice “Declarar Autor Material y Responsable del delito de Chantaje en Grado de Tentativa, previsto en el artículo 169 en función del art. 168 y 42 del Código Penal en grado Autor, al encartado Fabian Ricardo Romero”, quien se presentó a sí mismo como “comunicador social”. Entre los datos que aparece en el expediente figura que en “Romero no advierten dificultades económicas, de hecho cuenta con defensa privada”, dice el juez y que el conductor radial Juan José Cornú lo acompañaría en la difusión del brulote.
“En dicha presentación, el imputado presta su conformidad con el proceso de Juicio Abreviado, admitiendo la materialidad del hecho y la autoría que se le atribuye, y que se circunscribe al delito de Extorsión, previsto en el artículos 169 en función del art. 168 del Código Penal, y establecido de común acuerdo que la figura penal adecuada en Chantaje en grado de tentativa artículos 169 en función del art. 168 y 42 del Código Penal.
A su vez, las partes acordaron la prueba y pactaron la aplicación de una pena de tres años de condena condicional.
Al imputado Fabián Ricardo Romero, se le dieron amplias explicaciones respecto del procedimiento escogido, cuya aplicación se solicitara oportunamente requiriéndosele su conformidad sobre lo acordado por el Fiscal, y su Defensa, la que fue prestada sin objeciones por el encausado.
Quien manifestó entender el procedimiento, dijo reconocer la existencia del hecho, su autoría y responsabilidad en el mismo, manifestando estar de acuerdo con la pena pactada; prestando su conformidad a la aplicación del instituto del juicio abreviado en los términos acordado por las partes.-
Cómo fue la extorsión
Funes Palacios, dijo: Ingresando al tratamiento de esta primera cuestión, partiré del factum que se le atribuye a Romero, en el acuerdo presentado, esto es:
“El 5 de abril de 2014 Fabián Romero se presentó en el domicilio de Marcos Follonier, quien es asesor legislativo del diputado Luis Jakimchuk, sito en calle Prospero Bovino 1364 de esta ciudad , y le manifiesto que si el Jakimchuk no le daba diez mil pesos ($ 10.000) mensuales hasta la finalización del mandato como diputado, y un trabajo en el ANSES, le iba a pasar todas la conversaciones íntimas entre Jakimchuk y la señorita Carina Blanco a Cornu (Juan José), a Páginas Política y otros periodistas”.
Así, los elementos de convicción presentados son:
1. Denuncia de Luis E. Jakimchuk,
2. Testimonial de Marcos Pedro Follonier,
3. Copias de intercambio epistolar realizado entre Fabián Romero y la esposa de Luis E. Jakimchuk, en chat e impresos de la páginas de internet de Facebook (reconocidos por el imputado),
4. La entrevista mantenida con el Jakimchuk.
Las parte, expresaron en su acuerdo que “Con las constancias obrantes en el presente legajo, se encuentra debidamente acreditada la materialidad del hecho y la autoría por parte de Romero con denuncia de Jakimchuk, testimonial de Marcos Pedro Follonier, copias de intercambio epistolar realizado entre Romero y la esposa de Jakimchuk, en chat e impresos de la páginas de internet de Facebook, la declaración de imputado del día 29 de julio de 2014 y la entrevista mantenida con Jakimchuk …”.-
Dice el juez que “al relacionar, estos elementos aportados por la partes, destaco que el día 16 de abril de 2014, el Ministerio Fiscal mantiene entrevista con el Contador Marcos Pedro Follonier, el que manifestó que
En fecha 29 de julio de 2014, Romero presta declaración de imputado, el que ejerciendo su defensa material manifiesta, que reconoce que en el mes de abril fue a la cada de Marcos Follonier y le manifestó lo que se le acusa, que “fue una estupidez suya”, nunca quiso extorsionar a Pirula, que no tiene nada contra Jakinchuk, reconoce la conversación de chat con la señora de Jakimchuk en la cual le pide perdón, a quien conoce desde hace más de quince años, lamenta el daño que causó.