Como miembro informante, Guastavino explicó que el proyecto de ley proveniente de la Cámara Baja, incurría en un error grave ya que otorgaba beneficios de libertad condicional o transitoria a quienes hayan cometido el delito de violación seguida de muerte. Lo que se contrapone con el artículo 124 del Código Penal, que establece su prohibición expresa.
Por ello, estimó que “se ha deslizado lo que consideramos un gravísimo error; un error absolutamente involuntario”. De esta manera, informó que la iniciativa regresará a Diputados.
Con la media sanción se daba lugar a que los condenados por “violación seguida de muerte”, podrían beneficiarse por el régimen de salidas transitorias lo que “Me parece importante resaltar que los condenados por estos delitos tiene expresamente prohibido este beneficio por el artículo 14 del Código Penal” explicó Guastavino.
Además, en declaraciones enviadas a ANALISIS DIGITAL, detalló que “con esta modificación, antes de conceder algún beneficio, como pueden ser salidas transitorias, libertad condicional, prisión discontinua o libertad asistida, se deberá requerir de manera previa, un informe del equipo interdisciplinario creado por esta misma ley”.
Asimismo, el senador entrerriano sostuvo que “el juez deberá tomar conocimiento directo del condenado, y también deberá notificar y escuchar a las víctimas. En caso de serle concedido algún beneficio como los enunciados, se exigirá el acompañamiento de un empleado o la colocación de un dispositivo electrónico de control”.
Por último, advirtió que “este recinto empezó derogando la arcaica figura del Avenimiento, posteriormente consideramos la tipificación del femicidio y propusimos la creación del registro nacional de violadores”. Y agregó que “más allá de las reformas que podemos hacer a la legislación vigente esto no va a funcionar en la medida en que los jueces no actúen de la manera en que la sociedad les reclama”.