La decisión fue documentada por Resolución 499/15 del Ministerio de Cultura y Comunicación y se ampara en el artículo 6º de la Ley 7823 que establece la realización del Premio Literario Fray Mocho, donde se autoriza a la Secretaría de Cultura a cambiar términos, fechas y plazos consignados en las bases, en beneficio de los autores y del propio certamen.
En este sentido se destaca que la enorme cantidad de trabajos presentados para el género novela, ha demandado mayor cantidad de tiempo a los miembros del jurado tanto para la lectura, como para el análisis y el posterior debate. Es por esto que se torna necesario proceder a una prórroga para que el jurado pueda expedirse.
El Ministerio de Cultura y Comunicación impulsa el Premio Literario Anual Fray Mocho, con el fin de poner en valor la producción literaria de autores entrerrianos cuyos trabajos involucran un pensamiento propio y representan valores vinculados a nuestra provincia.
El premio es la máxima distinción literaria otorgada por el Gobierno de Entre Ríos, accediendo la obra ganadora a una edición de 1.000 ejemplares por parte del Ministerio de Cultura y Comunicación, de los cuales 200 se entregan sin cargo al autor. Pueden participar autores entrerrianos nativos u oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados con una residencia mínima de cinco años en la provincia.
El Fray Mocho tiene continuidad mediante convocatorias anuales, con rotación de distintos géneros literarios y de acuerdo con el siguiente ordenamiento: teatro, poesía, cuento, novela y ensayo. Este criterio fue establecido según Ley Nº 7.823 y su Decreto Reglamentario Nº 2.967/87 GOB.