Sin embargo, según El Diario, Entre Ríos es uno de los distritos más atrasados en materia de reparación judicial por los crímenes de la última dictadura cívico-militar. Se han dictado solo dos sentencias (en 2011 y 2012) y ninguna se encuentra firme. Apenas nueve represores fueron condenados y cuatro resultaron absueltos. Actualmente se encuentra en curso un plenario escrito, que tramita por el viejo Código de Procedimientos en Materia Penal, que tiene a siete represores esperando sentencia.
De los nueve represores que han sido condenados, solo tres cumplen su pena en la cárcel (Jorge Fariña, Juan Daniel Amelong y Walter Pagano), cinco tienen arresto domiciliario (Naldo Miguel Dasso, Juan Miguel Valentino, Francisco Crescenzo, Julio César Rodríguez y Pascual Oscar Guerrieri) y el otro falleció (Juan Antonio Zaccaría).
Hace algunos días, el fiscal José Ignacio Candioti solicitó que aquellos que cumplen prisión domiciliaria sean incorporados al sistema de control electrónico, es decir, a través de pulseras satelitales que permiten rastrear la ubicación de quien la posee.
La jueza de ejecución, Noemí Berros, hizo lugar al planteo respecto de Naldo Miguel Dasso, condenado en diciembre de 2012 a prisión perpetua por secuestros y desapariciones forzadas en Concordia durante la última dictadura.
La medida de la jueza Berros consiste en la incorporación de Dasso a un "Programa de asistencia de personas bajo vigilancia electrónica", previsto en la Ley de Ejecución de Penas, y destacó que "el sistema o mecanismo de vigilancia electrónica del arresto domiciliario constituye una 'herramienta de auxilio para la función judicial', reafirmó que se trata de un "instrumento tecnológico ?sin la intervención de una persona? de control y supervisión a distancia" de que el imputado cumpla con su obligación de permanecer dentro de su domicilio.
Para esto, Dasso llevará colocado un aparato electrónico que efectúa un control a distancia y haga las respectivas advertencias a un monitor central. El sistema "detecta la localización de un sujeto en la comunidad en determinados lugares y horas sin la supervisión de una persona y transmite estos datos de forma electrónica a una estación central de monitorización", sostuvo la jueza.
En este caso, se trata de una monitorización activa mediante radio-frecuencia, que permite conocer el lugar donde una persona se encuentra en todo momento. "Para su concreto funcionamiento, el mecanismo de vigilancia electrónica supone que la persona monitorizada lleve siempre un pequeño transmisor atado a su muñeca o tobillo ('pulsera' o 'brazalete') que envía señales a un receptor instalado en su domicilio el que, a su vez, las comunica a un ordenador central desde el cual se detectan -en tiempo real- esas transmisiones. Ello permite comprobar si la persona se encuentra o no en su domicilio, como también las fallas de funcionamiento, manipulaciones o daños de los dispositivos", detalló la jueza Berros.
A la vez, consideró que la instrumentación de un monitoreo a través de una pulsera electrónica resulta "menos invasivo" que el control tradicional por teléfono en el domicilio del detenido, a la vez que "asegura un control ininterrumpido o continuo".
Además, la magistrada dejó en claro que el sistema de control electrónico "no constriñe la libertad de movimientos, no afecta la intimidad del sujeto ni de su familia, no revela ninguna información personal o familiar, pues se limita a facilitar la detección del incumplimiento del arresto domiciliario en el mismo momento en que se produce".
Es de esperar que la jueza tome idéntica determinación respecto de los otros represores que cumplen arresto domiciliario. La única salvedad sería Julio César Rodríguez, alias El Moscardón Verde, quien cumple prisión domiciliaria en Concepción del Uruguay, ya que el sistema de control electrónico solo se ha implementado con aquellas personas detenidas en Capital Federal y en algunos distritos de la provincia de Buenos Aires.